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Documento BOE-A-2017-3170

Resolución de 15 de marzo de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio trilateral de colaboración con la Comunitat Valenciana y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para el desarrollo del Programa de Salud y Bienestar Social de la Agenda Digital para España en el ámbito del Sistema Nacional de Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2017, páginas 21263 a 21265 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-3170

TEXTO ORIGINAL

El Secretario General de Sanidad y Consumo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública de la Generalitat de la Comunidad Valenciana y el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es han suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2016, una Adenda al Convenio Trilateral de colaboración para el desarrollo del Programa de Salud y Bienestar Social de la Agenda Digital para España en el ámbito del Sistema Nacional de Salud.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación de la referida Adenda, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 15 de marzo de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO
Adenda al Convenio Trilateral de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Generalitat de la Comunitat Valenciana y la Entidad Pública Empresarial Red.es para el desarrollo del Programa de Salud y Bienestar Social de la Agenda Digital para España en el ámbito del Sistema Nacional de Salud

C149/13-SV AD1

En Madrid, a 30 de diciembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, don José Javier Castrodeza Sanz, Secretario General de Sanidad y Consumo, en el ejercicio de competencias que le otorga el artículo 10.1 del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en relación con el apartado sexto párrafo 2.b) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus Organismos Dependientes.

De otra parte, doña Carmen Montón Giménez, Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, conforme a lo dispuesto en los artículos 17, letra f), y 28 de la Ley del Consell, y de acuerdo con el Decreto 156/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública y especialmente facultada para este acto en virtud del Acuerdo del pleno del Consell de fecha 23 de diciembre de 2016.

Y de otra parte, don José Manuel Leceta García, mayor de edad y con DNI 03085869M, en nombre y representación de la Entidad Pública Empresarial Red.es, con domicilio en la Plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, 28020, Madrid, y C.I.F. Q-2891006-E, en su calidad de Director General, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1. k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (en adelante «MSSSI»), la Consellería de Sanidad, en la actualidad Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública, (en adelante, «la C.A») y la Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante, «Red.es») podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, de forma conjunta, «las Partes», reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente para la celebración del presente convenio,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 7 de noviembre de 2013, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y la Entidad Pública Empresarial Red.es suscribieron el Convenio Marco de Colaboración para el desarrollo del Programa de Salud y Bienestar Social de la Agenda Digital para España en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (en adelante «Convenio Marco»).

Segundo.

Que, de conformidad con lo estipulado en la Cláusula Quinta del Convenio Marco, con fecha 11 de febrero de 2015, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Generalitat de la Comunitat Valenciana y la Entidad Pública Empresarial Red.es suscribieron el Convenio Trilateral de Colaboración para el desarrollo del Programa de Salud y Bienestar Social de la Agenda Digital para España en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (en adelante «Convenio Trilateral»).

Tercero.

Que con fecha 23 de diciembre de 2016, se firmó una Adenda al Convenio Marco de Colaboración en la que se acordó la ampliación del plazo de vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2017.

Cuarto.

Que, en virtud de lo dispuesto en la Cláusula décima del Convenio Trilateral, el Convenio puede prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.

Quinto.

Que, la dilación temporal en el proceso de tramitación y suscripción del Convenio Trilateral, ha repercutido en retrasos que impiden la consecución de las actuaciones en el marco de vigencia actual del Convenio (31 de diciembre de 2016).

Sexto.

Que, reunida la Comisión de Seguimiento con fecha 18 de octubre de 2016, y a la vista de lo expuesto anteriormente, las partes acordaron la ampliación del plazo de vigencia del presente Convenio Trilateral, para posibilitar la ejecución completa de las actuaciones previstas, dada la relevancia de las mismas, que implican el impulso del despliegue de la Receta Electrónica interoperable, el desarrollo de servicios para ciudadanos y profesionales basados en la disponibilidad de la Historia Clínica Electrónica, y el acceso en línea de los ciudadanos a su historia clínica digital.

Séptimo.

Que la ampliación de vigencia del Convenio Trilateral no tiene impacto económico.

Octavo.

Que, como consecuencia de todo lo anterior, las Partes

ACUERDAN

Primero.

Modificar la Cláusula décima del Convenio Trilateral, ampliando la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2017.

Segundo.

Que, salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente Adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del Convenio Trilateral.

Y en prueba de cuanto antecede, las partes suscriben la presente Adenda, en tres ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, José Javier Castrodeza Sanz.–La Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Carmen Montón Giménez.–El Director General de Red.es, José Manuel Leceta García.

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