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Documento BOE-A-2017-1508

Resolución de 2 de febrero de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial de los años 2014, 2015 y 2016 del Convenio colectivo de industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2017, páginas 10181 a 10182 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-1508
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/02/02/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las revisiones salariales de los años 2014, 2015 y 2016 del Convenio colectivo de industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales (código de convenio n.º 99002045011981), que fue suscrito con fecha 18 de enero de 2017, de una parte por CONFEVICEX en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO.–Industria y FICA-UGT en representación de los trabajadores afectados y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas revisiones salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la citada comisión.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de febrero de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DE 18 DE ENERO DE 2017 DEL CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS EXTRACTIVAS, INDUSTRIAS DEL VIDRIO, INDUSTRIAS CERÁMICAS, Y PARA LAS DEL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES PARA 2014, 2015 Y 2016
Sesión 1/2017

Asistentes

Representacion empresarial

Representacion social

CONFEVICEX:

CCOO Industria:

Dª. Juliana Pizarro Blanco.

D. Rubén López Redondo.

D. Salvador Sánchez Pérez.

D. Gerardo Cortijo Rodríguez.

D. Pere Anrubia Gandía.

FICA-UGT:

D. Carlos Martí Gómez-Lechón.

D. José Carlos Ruiz Palacios.

D. Francisco Ballester Pérez.

En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 18 de enero de 2017, previa convocatoria al efecto, se reúnen en la sede de FICA-UGT sita en Avenida de América 25 de Madrid, los representantes empresariales y sindicales arriba relacionados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente

Orden del día

Único. Revisión salarial de valores de 2016.

Comienza la sesión eligiéndose al presidente, cargo que recae sobre D. Rubén López y al secretario, cargo que recae sobre D. Carlos Martí.

El artículo 8 del Convenio establece que al final del año 2016 se atenderá al exceso del IPC general español sobre el 2%, para determinar si procede la revisión de los valores del Convenio.

El IPC general de 2016 publicado por el Instituto Nacional de Estadística ha sido el 1,6%. En consecuencia, al no haber superado el 2%, no procede practicar revisión alguna a los valores de 2016.

A los efectos de gestión, se acuerda unánimemente que esta acta sea tramitada ante la autoridad laboral para su registro y publicación por D. Carlos Martí Gómez-Lechón o por D.ª Katherine Hernández Rivas, a quienes se autoriza igualmente a subsanar las deficiencias que fueran advertidas por la autoridad.

Y no quedando más asuntos de que tratar concluye la reunión a las 10:45 horas de la fecha indicada al comienzo procediéndose seguidamente a la redacción, lectura, aprobación y firma de esta acta por el Presidente, El Secretario y un representante de cada una de las representaciones.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/02/2017
  • Fecha de publicación: 14/02/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de mayo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-5922).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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