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Documento BOE-A-2017-15018

Resolución de 24 de noviembre de 2017, de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, por la que se publica el Convenio de colaboración entre la Organización Nacional de Trasplantes y el Consejo de Estudiantes de Medicina, para el desarrollo de actividades divulgativas y de formación destinadas a la mejora de la calidad de la formación de los médicos y estudiantes de medicina en España.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 18 de diciembre de 2017, páginas 125018 a 125020 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-15018

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 1 de septiembre de 2017, Convenio de colaboración entre la Organización Nacional de Trasplantes y el Consejo de Estudiantes de Medicina, para el desarrollo de actividades divulgativas y de formación destinadas a la mejora de la calidad de la formación de los médicos y estudiantes de medicina en España, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 24 de noviembre de 2017.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, José Javier Castrodeza Sanz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Organización Nacional de Trasplantes y el Consejo de Estudiantes de Medicina para el desarrollo de actividades divulgativas y de formación destinadas a la mejora de la calidad de la formación de los médicos y estudiantes de medicina en España

En Madrid, a 1 de septiembre de 2017.

SE REÚNEN

De una parte, doña Beatriz Domínguez-Gil González, en su condición de Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, conforme a lo dispuesto por Real Decreto 501/2017, de 12 de mayo, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 9.2 a) del Estatuto de la Organización, aprobado por Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre.

Y, de otra, doña Marina García Suárez, en su condición de Presidenta del Consejo de Estudiantes de Medicina, CIF G47565452, y domicilio social en plaza de las Cortes, número 11, 28014 de Madrid, en cuya representación interviene.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente plena capacidad para el otorgamiento del presente Convenio de colaboración, y

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Organización Nacional de Trasplantes (en adelante ONT) es un organismo público que tiene entre sus fines coordinar las actividades de donación, extracción, preservación, distribución, intercambio y trasplante de órganos, tejidos y células en el conjunto del sistema sanitario español, así como la docencia, la investigación, la gestión del conocimiento y la cooperación internacional en estas materias.

Segundo.

Que el Consejo de Estudiantes de Medicina (en adelante CEEM) es una asociación privada independiente y sin ánimo de lucro, que tiene como objetivo con carácter general, la representación exclusiva, ordenación y defensa del colectivo estudiantil de Medicina, en el ámbito de todo el Estado español, ostentando la representación oficial de los mismos ante la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y la coordinación del colectivo estudiantil de Medicina entre los distintos niveles organizativos, con la mejora de la calidad de la formación médica como elemento nuclear.

Tercero.

Que entre las prioridades de la ONT se encuentra una política proactiva de comunicación, como elemento imprescindible para fomentar entre los ciudadanos una cultura de donación y trasplante.

Cuarto.

Que la ONT y el CEEM vienen colaborando desde hace años en el ámbito de la donación y el trasplante mediante la organización de eventos informativos y formativos destinados a los estudiantes de medicina en España.

Quinto.

Que siendo concordantes en muchos aspectos los objetivos de ambas instituciones y dados los buenos resultados fruto de esta colaboración, las partes coinciden en que optimizar la donación y el trasplante de órganos, tejidos y células constituye un campo especialmente idóneo para desarrollar la cooperación y colaboración conjunta.

Por lo expuesto, las partes,

ACUERDAN

Primero. Objeto del Convenio de colaboración.

El objeto del presente convenio es establecer el marco de colaboración entre las partes para el desarrollo de distintas actividades de información y sensibilización entre estudiantes de medicina con el objeto de promover la donación de órganos, tejidos y células.

Segundo. Compromisos de las partes.

Las partes se comprometen a realizar el mayor esfuerzo para la realización del objeto al que se refiere la cláusula primera. Los compromisos específicos de cada parte en esta materia se podrán especificar en una adenda al presente documento.

Tercero. Exclusión del Convenio de colaboración de la Ley de Contratos del Sector Público.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes se comprometen a resolver de forma amistosa las controversias a que la ejecución del Convenio pudiera dar lugar. Sin perjuicio de lo anterior, corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo la resolución judicial de tales controversias.

Cuarto. Obligaciones económicas derivadas del Convenio.

El presente Convenio de colaboración no lleva aparejada obligación económico-financiera alguna.

Quinto. Comisión de seguimiento del Convenio.

Se constituirá una Comisión de seguimiento del convenio de colaboración integrada por dos representantes de la ONT, por un lado, y dos representantes de CEEM, por otro, para resolver cuantas cuestiones susciten las partes en torno a la interpretación y aplicación del mismo.

Actuará como Secretario de la Comisión, con voz pero sin voto, uno de los representantes de la ONT.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección Tercera, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexto. Efectos y vigencia extinción del Convenio de colaboración.

El presente Convenio producirá efectos en el momento de su firma por un periodo de cuatro años, renovándose de forma expresa por un periodo de cuatro años. En el caso de que se modificara el texto, las nuevas condiciones a aplicar deberán quedar reflejadas en adenda, suscrita por ambas partes firmantes, al presente Convenio de colaboración.

Séptimo. Extinción del Convenio de colaboración.

Serán causas de extinción del Convenio de colaboración:

Llegada del término de producción de sus efectos.

Mutuo acuerdo entre las partes.

Fuerza mayor.

Imposibilidad sobrevenida del incumplimiento de su objeto.

Denuncia de cualquiera de las partes, con anterioridad a la fecha de extinción de los efectos del Convenio o de cualquiera de sus prórrogas.

Octavo. Resolución del Convenio de colaboración.

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el Convenio de colaboración será resuelto cuando alguna de las partes intervinientes en el mismo incumpla sus obligaciones. En este supuesto, será necesaria la comunicación previa a la Parte de su incumplimiento y, de no resolver el mismo en el plazo de un mes, la Parte cumplidora estará facultada para resolver el convenio de colaboración.

Y para que conste y surta los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio de colaboración, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.–La Directora de la Organización Nacional de Trasplantes, Beatriz Dominguez-Gil González.–La Presidenta del Consejo de Estudiantes de Medicina, Marina García Suárez.

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