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Documento BOE-A-2017-13597

Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Agencia EFE, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 24 de noviembre de 2017, páginas 113914 a 113919 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2017-13597

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Instituto Cervantes y la Agencia EFE, S.A.U.

Madrid, 7 de noviembre de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA AGENCIA EFE, S.A.U.

De una parte, don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero de 2017 (BOE de 28 de enero), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I; en adelante, también el IC.

Y de otra parte, don José Antonio Vera Gil, Presidente de la Agencia EFE, S.A.U. (en adelante, la Agencia EFE) cuyo nombramiento y poderes constan en escritura de fecha 23 de marzo de 2012, elevada a pública ante el Notario de Madrid, don Enrique Franch Valverde con el n.º426 de su protocolo, actúa en nombre y representación de la citada entidad, con domicilio a los efectos del presente convenio en Avda. de Burgos, n.º 8 - B, 28003, Madrid, y NIF A-28028744; en adelante, la Agencia EFE.

Las partes, según intervienen, declaran y manifiestan que cuentan con la capacidad legal necesaria y la representación suficiente para formalizar el presente convenio de colaboración y, al efecto

EXPONEN

I. Que con fecha 2 de febrero de 2010, el IC y la Agencia EFE suscribieron un convenio marco, con el objeto de regular su colaboración para el desarrollo de cuantas acciones y actividades relacionadas con los fines que tienen encomendados pudieran realizarse conjuntamente.

II. Que en la cláusula tercera del citado convenio marco se establece que para el desarrollo de las actividades a que se refiere el convenio, ambas partes suscribirán convenios específicos, en los que se detallará el contenido de las actividades que tengan lugar en aplicación del mismo, y que se incorporarán al convenio marco progresivamente, a medida que se vayan formalizando, y constituirán parte inseparable del mismo.

III. Que la Agencia EFE es promotora, junto con el Consejo Superior de Deportes, de la exposición fotográfica «Héroes del Deporte», en adelante, también la exposición. Se trata de una colección de fotografías de deportistas españoles actuales de primer nivel, como Rafael Nadal, Pau Gasol o Fernando Alonso, sin olvidar a grandes deportistas del pasado como Joaquín Blume, Severiano Ballesteros, Miguel Induráin o Fermín Cacho.

IV. Que el Instituto Cervantes, en adelante, también el IC, cuenta con una red de centros en el exterior de España, entre los que se encuentran el situado en Belgrado, Serbia.

V. Que el Instituto Cervantes y la Agencia EFE desean, en primer lugar, que la exposición pueda ser expuesta al público en el centro del Instituto Cervantes en Belgrado durante el año 2018 ampliándola con fotografías de deportistas serbios que han participado en el deporte español, como Radomir Antić, Peđa Mijatović, Savo Milosevic o Darko Kovacevic. Para ello, las partes contarán con el asesoramiento y comisariado de Aleksandar Miletić, periodista y editor de la sección de deportes del diario Politika, el más prestigioso e importante de Serbia, y autor de varios libros sobre deporte serbio e internacional.

VI. Igualmente, el Instituto Cervantes y la Agencia EFE desean que esta exposición pueda ser exhibida en otros centros del IC en exterior, en cuyo caso será adaptada y completada con fotografías de deportistas locales que hubiesen participado en el deporte español.

VII. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.

VIII. Que su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, con fecha 21 de agosto de 2017.

IX. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes aprobó, en su sesión de 30 de septiembre de 2010, los criterios para la firma de convenios de colaboración con instituciones, tanto culturales como de carácter social, para la realización de actividades conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto Cervantes.

En virtud de lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de firmar el presente convenio específico de colaboración que se regirá con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración del Instituto Cervantes y la Agencia EFE para promover la exhibición de la exposición «Héroes del Deporte» en el centro del Instituto Cervantes en Belgrado durante el año 2018, así como en otros centros del Instituto Cervantes que puedan acordar las partes durante la vigencia del presente convenio.

Para la exhibición de la exposición en Belgrado, se sumarán al contenido de la exposición las fotografías de deportistas serbios que han participado en el deporte español pertenecientes al fondo de la Agencia EFE que determine el comisario Aleksandar Miletić, de acuerdo con las partes que, asimismo, decidirán las fechas finales de dicha exhibición durante el año 2018.

La exposición podrá exhibirse en otros centros del IC en el exterior, una vez haya sido adaptada, en su caso, para incluir deportistas del país correspondiente. La decisión final sobre la itinerancia a otros centros del IC en el exterior se realizará de mutuo acuerdo entre las partes.

Segunda. Compromisos de las partes.

Para realizar la colaboración objeto del presente convenio, el Instituto Cervantes asume los siguientes compromisos:

– Gestión y coordinación de la exposición en los centros por medio del gestor cultural, si lo hubiera, y del personal del centro, incluyendo las tareas de apoyo al comisario de la muestra.

– Honorarios de los comisarios, si los hubiera.

– Producción e impresión de las fotografías enviadas por la Agencia EFE, en alta calidad, tanto las de los deportistas españoles como las de los deportistas locales, en función de la selección del correspondiente comisario, de común acuerdo con la Agencia EFE y el Instituto Cervantes.

– Realización de las tareas de montaje y desmontaje de la exposición.

– Gestión y asunción de los costes derivados de la maquetación y producción de la gráfica del montaje y de la gráfica de difusión bilingüe (castellano-lengua local).

– Aportación de manera gratuita de los espacios expositivos en los centros del IC, que cuentan con los correspondientes seguros de responsabilidad civil. Igualmente, se encargará, en su caso, de la gestión con las autoridades locales de los permisos que sean necesarios para la exhibición de algunas fotografías en el exterior de las salas de exhibición.

– Asunción de los costes de seguridad, limpieza y mantenimiento de los espacios expositivos del centro del IC, durante el tiempo de la exhibición.

– Gestión y elaboración de las traducciones de los textos de la exposición a la lengua local.

– Diseño y producción a su cargo de los materiales de difusión, como invitaciones, información para prensa y web, material audiovisual, etc., así como los que, en su caso, se deriven de la edición de folletos o catálogos.

– Difusión de la celebración de la exposición, conforme a los medios habituales a su alcance, incluida la inauguración de la misma.

– Compromiso de incluir y difundir la colaboración de la Agencia EFE y del Consejo Superior de Deportes del Ministerio de Educación Cultura y Deporte en todo el material divulgativo y publicitario que edite.

Por su parte, la Agencia EFE asume los siguientes compromisos, para lo que realizará previamente las gestiones necesarias frente al Consejo Superior de Deportes del Ministerio de Educación Cultura y Deporte:

– Envío al Instituto Cervantes en formato digital de alta calidad de todas las fotografías que se incluyan en las correspondientes exhibiciones.

– Gestión de los derechos de explotación de la propiedad intelectual necesarios para llevar a cabo la exhibición de la exposición, correspondientes a las obras, textos, a sus autores o propietarios, y su pago, en el caso de que fuese necesario, así como la cesión gratuita al IC de los derechos de explotación de la exposición, todo ello en los términos que se especifican en la cláusula quinta siguiente. Dicha cesión tendrá una duración temporal de tres años a contar desde la fecha de la firma del presente convenio.

– Aportación gratuita al IC de los contenidos de la gráfica de la exposición en formato abierto (Pdf editable, Indesign, Adobe Illustrator o similar), para su traducción, edición y maquetación por parte del Instituto Cervantes, tanto la gráfica a emplear en el montaje como la utilizada en la difusión de la exposición.

Tercera. Garantía de confidencialidad y protección de datos.

Las partes se comprometen, en el marco del presente convenio, a garantizar todas las medidas necesarias al objeto de asegurar la confidencialidad de los datos e información relacionados con el contenido del mismo y a que el tratamiento automatizado de datos de carácter personal que pudiera ser necesario realizar como consecuencia de las acciones desempeñadas se regirá conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y toda la normativa de desarrollo de la misma.

Sin perjuicio de lo anterior, nada de lo contenido en el presente documento limitará en modo alguno la capacidad del Instituto Cervantes de cumplir las leyes o los procedimientos judiciales relativos a la divulgación por parte de entes públicos.

Cuarta. Difusión de la colaboración.

El Instituto Cervantes se compromete a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera del presente convenio.

El Instituto Cervantes reconoce a la Agencia EFE el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su aportación a la colaboración.

A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra parte.

La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la concesión a favor ni de la Agencia EFE, ni del Instituto Cervantes, de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte, y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las partes.

La Agencia EFE y el IC, de mutuo acuerdo, podrán promover la participación de otras instituciones que puedan contribuir a la realización y al desarrollo de las actividades que se realicen en ejecución del presente convenio. En estos casos, las partes podrán incorporar el logotipo o señas de identidad corporativa de cualquier otra entidad que colabore en el proyecto, permitiendo, en su caso, la señalización de los espacios expositivos.

En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.

A los efectos de la presente cláusula, las partes se comprometen a hacer constar la colaboración del Consejo Superior de Deportes del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, que figurará junto a ellas en las mismas condiciones determinadas para las mismas.

En todos los materiales que produzcan las partes con motivo de la exposición deberá incluirse la siguiente línea de créditos y representación:

«Organizan: La Agencia Efe, El Consejo Superior de Deportes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España y el Instituto Cervantes.»

Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra parte durante la vigencia del presente convenio.

Quinta. Propiedad intelectual.

Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda la Agencia EFE, durante el plazo de tres años a contar desde la fecha de la firma del presente convenio, pone a disposición del IC la exposición producida y ha gestionado y pagado a su cargo la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios para realizar el objeto del presente convenio.

La Agencia EFE dispone de la autorización de los autores o titulares de derechos para otorgar, a su vez, al IC la autorización para la exhibición e itinerancia, en su caso, de la exposición. Asimismo, garantiza al IC, durante el citado plazo de tres años a contar desde la fecha de la firma del presente convenio, la utilización pacífica de las obras entregadas en relación con los derechos de cualquier tipo sobre las mismas, necesarios para llevar a cabo las exhibiciones objeto del presente convenio y su difusión.

La Agencia EFE cede al IC los derechos de reproducción, distribución, transformación y comunicación pública (incluidas la exposición pública y la puesta disposición interactiva) sobre dichas obras, textos e imágenes que se hayan incorporado a la exposición. El derecho de transformación se refiere exclusivamente a las traducciones de los textos que se puedan realizar, en su caso, para la exhibición en el exterior.

La cesión de derechos se efectúa para los países en que se vaya a realizar la exhibición de la exposición y para el periodo de tiempo que dure la misma, hasta un máximo de tres años a contar desde la fecha de la firma del presente convenio. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de aquellas imágenes que las partes de común acuerdo decidan utilizar para la publicidad de la exposición a través de internet, la cesión de derechos se extenderá a todos los países del mundo y por el periodo de tiempo más amplio permitido por la legislación vigente.

Sexta. Financiación.

La Agencia EFE financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en la cláusula segunda del presente convenio con cargo a los presupuestos de cada año en que esté vigente el presente convenio, y estarán supeditados a sus disponibilidades presupuestarias.

Por su parte, el Instituto Cervantes financiará los gastos derivados de los compromisos que asume en la cláusula segunda del presente documento a través de sus propios medios y recursos materiales y humanos, y con cargo al presupuesto de 2018 y los de cada año en que esté vigente el presente convenio, y estarán supeditados a sus disponibilidades presupuestarias de esos ejercicios económicos.

Séptima. Seguimiento y control.

El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente convenio se realizará mediante el intercambio de la información entre las partes y la elaboración de informes de evaluación y de valoración de los resultados.

Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente convenio.

Octava. Vigencia y causas de resolución.

El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su vigencia se extenderá por un período de tres años (sin perjuicio de la cesión de derechos con fines publicitarios por internet prevista en el último párrafo de la cláusula quinta anterior).

Las partes podrán acordar la prorroga expresa del presente convenio, en cuyo caso, las condiciones de su realización y las obligaciones que asume cada una de las partes seguirán lo dispuesto en este convenio específico y estarán supeditadas, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias de las partes para el correspondiente ejercicio económico.

No obstante lo anterior, el presente convenio podrá extinguirse en cualquier momento por denuncia expresa de cualquiera de las partes con un preaviso mínimo de un mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.

Asimismo, las partes podrán rescindir este convenio en el caso de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de reparar dicho incumplimiento dentro de los quince (15) días siguientes al aviso, notificación o solicitud que la otra parte le haga en el sentido que proceda a cumplir la obligación motivo del requerimiento. En su caso, la parte incumplidora habrá de reparar los eventuales daños y perjuicios que por tal motivo hubiere causado a la otra parte.

La resolución anticipada del presente acuerdo no afectará a las actividades en curso.

Novena. Eficacia.

El Instituto Cervantes realizará la preceptiva comunicación de la firma del presente Convenio de colaboración al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, para su inscripción en el mismo.

Asimismo, el Instituto Cervantes realizará la tramitación de la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado», para su eficacia.

Décima. Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo IV del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Resolución de conflictos.

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por ellas de común acuerdo, a través de los representantes que designen para ello.

Lo que en prueba de conformidad firman por duplicado, en los lugares y fechas indicados.–En Madrid, el 10 de octubre de 2017, por el Instituto Cervantes, el Director, Juan Manuel Bonet Planes.–En Madrid, a 13 de octubre de 2017, por la Agencia EFE, el Presidente, José Antonio Vera Gil.

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