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Documento BOE-A-2017-10154

Resolución de 1 de septiembre de 2017, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Convenio de colaboración con BBVA, para el desarrollo del Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 2 de septiembre de 2017, páginas 86660 a 86664 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-10154

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 31 de agosto de 2017 se ha suscrito el Convenio de Colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), y la entidad BBVA, para el desarrollo de un concurso de pintura entre los mutualistas y empleados de la Mutualidad: «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE».

En virtud de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, de conformidad, con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que se incorpora como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de septiembre de 2017.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Antonio Sánchez Díaz.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y la entidad BBVA, para el desarrollo de un concurso de pintura entre los mutualistas y empleados de la Mutualidad: «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE»

En Madrid, a 31 de agosto de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Sánchez Díaz, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (en adelante MUFACE), nombrado para el cargo por Real Decreto 710/2016, de 23 de diciembre, actuando en nombre y representación de la citada Mutualidad, en uso de la competencia atribuida por el artículo 11.2 k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la Estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de MUFACE.

De otra parte, don Fernando Arnal Rubio, Director de Captación, Colectivos y Sinergias de BBVA con NIF 50.811.539 P, actuando en nombre y representación de la empresa Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., con Código de Identificación Fiscal n.º A-48-265169, según poder otorgado ante el Notario de Bilbao don Ramón Múgica Alcorta el día 12 de marzo de 2009, bajo el número 2009/329 de su Protocolo.

Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos, y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que tienen concedidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado es un organismo público con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión, cuya misión consiste en la gestión unitaria del Sistema de Mutualismo Administrativo en el que quedan encuadrados sus mutualistas y beneficiarios y que, entre otros objetivos, persigue la promoción social y cultural de estos.

Segundo.

MUFACE tiene interés en apoyar el ocio activo de los mutualistas jubilados, así como el fomento y el apoyo de la actividad extralaboral de sus mutualistas y empleados en activo, como complemento de su actividad ordinaria, y, concretamente, de las actividades artísticas. En este sentido, desde el año 2006 se vienen desarrollando distintas iniciativas en este ámbito, como son los premios de pintura o el premio «MUFART (artes plásticas para el siglo XXI)», con gran éxito y demanda entre este colectivo.

Tercero.

BBVA con el fin de impulsar el arte pictórico, quiere apoyar esta iniciativa con la que pretende fomentar y desarrollar la dedicación de los mutualistas, en activo y jubilados, y empleados de MUFACE a la pintura, en su ocio activo como complemento de su actividad laboral ordinaria, con el fin de reconocer la obra artística de los miembros de ese colectivo.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio consiste en la colaboración en el desarrollo del «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE» que tiene proyectado convocar esta entidad bancaria.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Con la firma del presente Convenio, las partes se comprometen a colaborar conjuntamente en el desarrollo del «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE», asumiendo cada una de ellas el cumplimiento de las obligaciones que a continuación se establecen:

A. La entidad BBVA se obliga a:

a) Convocar y organizar el «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE», aprobando las bases por las que se regirá el concurso.

b) Financiar y abonar a su cargo los gastos generados por la celebración del concurso, así como el importe de los premios, en los términos establecidos en la cláusula tercera el presente Convenio.

B. Por su parte, MUFACE se obliga a:

a) Dar la máxima difusión al concurso a través de la Revista MUFACE, en su página web, www.muface.es, y por cualquier otro medio de difusión que utilice habitualmente la Mutualidad para sus propios fines, en los términos y con la intensidad que se determinen. Toda acción de comunicación pública, tanto de la firma de este Convenio como de su desarrollo y/o resultados se realizará de común acuerdo por las partes.

b) Adscribir al concurso los medios humanos y técnicos necesarios para el adecuado desarrollo y buen fin del concurso. A tales efectos, MUFACE se obliga: a proporcionar el espacio físico necesario en los locales de su sede central al objeto de recibir y custodiar los cuadros, realizar la exposición temporal de las obras participantes, así como para la realización del acto de entrega de premios. Asimismo, MUFACE se obliga a realizar la devolución de todas aquellas obras que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases del concurso. MUFACE realizará dicha devolución de la obra junto con la documentación remitida, si bien conservará la fotografía de la obra y se la entregará a BBVA, quien la conservará como documentación de la edición del concurso.

c) MUFACE dará traslado y puntual información a BBVA sobre la totalidad de las actuaciones realizadas en relación con la recepción de los cuadros su custodia, exposición y devolución; la documentación remitida por los participantes al concurso (sobres cerrados), así como sobre el acto de la entrega de los premios.

d) Si MUFACE, tuviera conocimiento o detectara alguna anomalía o sospechara que un participante está impidiendo el normal desarrollo del concurso, alterando legalmente su registro, incumpliendo las condiciones para participar en el concurso, participando mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, lo pondrá en conocimiento de BBVA en el menor plazo de tiempo posible.

Tercera. Financiación.

Los gastos necesarios para la celebración y el desarrollo del premio de pintura serán asumidos exclusivamente por la entidad BBVA.

El presupuesto máximo total se estima en 28.000 euros, de los que 14.000 se imputarán a los premios y el resto se distribuirán entre los gastos necesarios para el desarrollo del mismo: diseño, impresión y distribución de los catálogos, los diplomas, los trípticos y carteles de la exposición y anunciadores; trabajos fotográficos; enmarcado; acto entrega de premios; indemnizaciones del jurado, etc.

MUFACE no abonará cantidad alguna para las actividades señaladas en el párrafo anterior, si bien facilitará sus instalaciones y servicios, así como su organización, para los actos a que se refiere el párrafo b) de la cláusula segunda.

Cuarta. Jurado.

Se nombrará un Jurado que estará encargado de seleccionar las obras premiadas y cuya composición será la siguiente:

– Presidente: El Director General de MUFACE

– Vocales:

• Un/a catedrático de arte,

• Un/a pintor/a de reconocido prestigio (ganadores de certámenes anteriores) o un/a crítico/a de arte de reconocido prestigio,

• Un/a representante de las organizaciones sindicales en el Consejo General de MUFACE, y

• Un representante del BBVA.

– Secretaria: La Secretaria General de MUFACE.

Los vocales serán elegidos por la Comisión de Seguimiento, prevista en la cláusula decimoprimera que, asimismo, proveerá en caso de ausencia o enfermedad de alguno de los miembros. Todos los miembros del jurado tendrán derecho a voz y voto, excepto el Secretario, que únicamente tendrá voz. En caso de empate en las deliberaciones, el Presidente tendrá voto de calidad.

Quinta. Propiedad de las obras premiadas.

El jurado premiará tres obras, según el procedimiento descrito en las bases, que pasarán a formar parte de la propiedad de MUFACE, entrando a formar parte de su colección de arte, con la única limitación de lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual.

Sexta. Vigencia.

El presente Convenio surtirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá vigencia limitada a la duración del desarrollo del correspondiente «Premio de pintura BBVA-2017, para mutualistas y empleados de MUFACE».

Séptima. Modificaciones.

El presente Convenio podrá ser revisado, modificado, ampliado y/o de cualquier manera alterando su contenido, siempre que concurra el acuerdo entre las Partes y se formalice por escrito.

Octava. Resolución.

El presente Convenio podrá ser resuelto anticipadamente en los siguientes supuestos:

1. A instancia de una de las partes en caso de incumplimiento por la otra de las obligaciones que asume en virtud del mismo. La parte incumplidora reintegrará los daños y perjuicios que el incumplimiento hubiera ocasionado a la otra Parte.

2. Extinción de personalidad jurídica de cualquiera de las partes.

3. Mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.

En estos tres supuestos, la resolución se hará efectiva mediante el envío de carta certificada con acuse de recibo, produciendo todos los efectos la resolución desde el momento de la recepción de tal carta o comunicación, a excepción del supuesto previsto en el apartado 1, en el que la parte que inste la resolución deberá comunicarlo a la otra con 30 días de antelación a la fecha de resolución.

En cualquier caso, las partes se comprometen a concluir las acciones ya iniciadas en el momento de notificación de la denuncia.

Novena. Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual.

Ninguna de las partes utilizará el nombre comercial, o cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual de la otra parte, sin el previo consentimiento expreso y escrito de ésta.

Décima. Naturaleza y régimen jurídico.

El presente Convenio de Colaboración tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, siéndole de aplicación, para la resolución de las dudas interpretativas que pudieran presentarse, los principios presentes en dicha ley.

Undécima. Comisión de Seguimiento del Premio.

Para velar por el impulso necesario y el adecuado desarrollo del objeto del presente Convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento del Premio, con composición paritaria, que estará constituida por cuatro miembros, representando dos de ellos a entidad BBVA, y otros dos a MUFACE, que serán la Secretaria General, que asumirá la Presidencia, y el Vocal Asesor de la Dirección General que se determine por la Secretaria General.

Las discrepancias que puedan surgir, derivadas de la aplicación del presente Convenio y del desarrollo del premio, serán debatidas y resueltas por dicha comisión. En caso de litigio, serán competentes los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Madrid. En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman el presente Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Antonio Sánchez Díaz,.–El Director de Captación, Colectivos y Sinergias de BBVA, Fernando Arnal Rubio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/09/2017
  • Fecha de publicación: 02/09/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 229 de 22 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-10803).

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