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Documento BOE-A-2016-9930

Resolución de 14 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto Acondicionamiento y restauración de la estación de aforo del río Pas, término municipal de Puente Viesgo (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2016, páginas 75194 a 75198 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-9930

TEXTO ORIGINAL

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 7.2, prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario regulado en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto Acondicionamiento y restauración de la Estación de Aforo del río Pas, T.M. de Puente Viesgo, Cantabria, se encuentra encuadrado en el artículo 7.2, apartado b), los proyectos no incluidos ni en el anexo I ni el anexo II que puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a Espacios Protegidos Red Natura 2000 de la Ley de evaluación ambiental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El objeto del proyecto es la rehabilitación (acondicionamiento y restauración) de la estación de aforo de Puente Viesgo (código 1215 Pas-Puente Viesgo), situada aguas abajo del núcleo urbano, que actualmente se encuentra en un estado ruinoso y no permite recoger los caudales en aguas bajas. Esta estación pertenece a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y fue construida en los años 60.

La reconstrucción de la estación de aforos, se realizará mediante la ejecución de un vertedero triangular tipo «V Flat» a ubicar en el canal central, adaptándolo sin variar a los canales laterales existentes, tendrá un altura en el vértice de 40 cm, con taludes aguas arriba de 2H/1V y 5H/1V aguas abajo, con una pendiente transversal del 10%, la cresta del vertedero se rematará con un perfil metálico en acero inoxidable embebido en el hormigón.

La altura de lámina sobre la cresta del vertedero se medirá en el canal rectangular de aproximación a una distancia de 4,50 metros hacia aguas arriba, donde se colocará una tubería de 800 mm de diámetro y 18,00 m de longitud, desde el canal hasta una arqueta-pozo de dimensiones 2,0×2,0 m. Sobre dicho pozo se realizará una caseta donde se colocará la instrumentación de medida y control. Este pozo se ubicará en la margen derecha y se elevará hasta 10 metros por encima de la solera donde no exista riesgo importante de inundación.

Entre ambas márgenes, a cota 195,00; se colocará un torno de orilla para la realización de aforos directos mediante un molinete y así poder calibrar la curva de gasto con exactitud. La maquinaria del torno, así como la instrumentación de medida, se ubicará en la caseta a construir en la margen derecha.

Tanto aguas arriba como aguas abajo de los canales se ejecutarán rampas de escollera hormigonada desde el lecho del río a la solera del canal, con pendientes suaves para interferir lo menos posible en el paso del agua. El canal central no dispondrá de rampa, sino que su paramento será vertical, donde se encontrará con la poza de descanso que facilitará el paso de la fauna piscícola en aguas bajas. Este cuenco se crea mediante una represa a 10 metros de la estación aprovechando la morfología del río. A continuación se construirá otra represa a 19 metros de la anterior que formará otra zona tranquila. De esta forma se disminuye el desnivel a superar en el ascenso de las especies piscícolas.

Estas represas tendrán desniveles máximos de 0,40 metros y permitirán que para los mínimos caudales siempre exista al menos 30 cm de lámina de agua en todos los estanques. Las represas se integrarán con los afloramientos rocosos existentes con el fin de naturalizarlas. En la losa aguas abajo del vertedero se realiza un rebaje de 20 cm en su parte central para conseguir este nivel mínimo de agua de 30 cm.

En definitiva, el proyecto contempla las siguientes actuaciones:

Construcción de una pista de acceso temporal para la maquinaria en la margen derecha desde el puente de la carretera hasta el pie de la estación actual.

Limpieza de los canales de aguas altas y medias (retirada de árboles y sedimentos).

Demolición y desmantelamiento de las instalaciones actuales de la margen izquierda que queden inservibles, así como la pasarela de hormigón que queda.

Demolición de los restos de la losa del cajón central y saneo de escollera hormigonada de aproximadamente un metro hasta alcanzar el fondo del río sobre el cual de ejecutará una losa nueva de las mismas dimensiones que las actuales 24m*8,90m*0,50m.

Sobre esta losa de canal central se construirá el vertedero modelo V-flat.

Instalación de la tubería de 18 m de longitud y de la arqueta-pozo de registro, así como de la caseta con la instrumentación de medida y control. Esta caseta contará con una acometida eléctrica y se habilitará un acceso peatonal.

Restauración y acondicionamiento de la vegetación en ambas márgenes.

La ejecución de las obras se realizará en los meses de estiaje, con una duración total prevista de 10 meses. Además, para facilitar los trabajos, se plantea instalar una ataguía aguas arriba de la estación para derivar las aguas del río hasta el canal de aguas medias existente en la margen izquierda que se encuentra un metro por encima del canal central.

La estación de aforo 1215 Pas-Puente Viesgo está ubicada en el río Pas, en las inmediaciones de la localidad de Puente Viesgo (Cantabria), aguas abajo del puente que da acceso a la citada villa desde la CN-623, en las coordenadas siguientes (ETRS 89-Huso 30): X: 421.568 e Y= 4.794.759.

El promotor y órgano sustantivo de este proyecto es la Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 28 de julio de 2015 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural el documento ambiental del proyecto, al objeto de que se formule el informe de impacto ambiental. El 17 de marzo de 2016 se inicia, por parte de esta misma Dirección General, la fase de consultas previas en relación al proyecto.

En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación organismos consultados

Respuestas recibidas

Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

X

Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Subdirección General del Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Delegación del Gobierno en Cantabria.

X

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social del Gobierno de Cantabria.

X(*)

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación del Gobierno de Cantabria.

X(*)

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Cantabria.

X

Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística de la Consejería de Universidades, Investigación, Medio Ambiente y Política Social del Gobierno de Cantabria.

Ayuntamiento de Puente Viesgo.

Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria - (ARCA).

Asociación para el Estudio y Mejora de los Salmónidos – AEMS-Ríos con Vida.

SEO/BirdLife.

WWF-España.

(*) Tanto la Dirección General del Medio Natural como la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria consideran que se debe someter a evaluación de impacto ambiental porque el proyecto puede ocasionar impactos ambientales significativos sobre el espacio de la Red Natura 2000 ES1300010 – Río Pas, que además de ser Lugar de Importancia Comunitaria, pertenece a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Cantabria por la Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de Cantabria.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Características del proyecto.

La actuación ocupará, según planos del documento ambiental, una superficie aproximada de 0,25 ha, correspondientes al lecho y las márgenes de un tramo del río Pas.

No se realizará un consumo de recursos naturales de la zona, únicamente se producirá la retirada del arbolado que ha crecido sobre la actual estación de aforo y de los sedimentos que se han ido depositando sobre la losa actual.

Los residuos del proyecto serán producto de la demolición de parte de la actual estación, así como de los materiales sobrantes que se utilicen en la reconstrucción. Los residuos generados serán gestionados de acuerdo a la normativa vigente, para lo cual, la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria solicita al promotor la elaboración de un Estudio de Gestión de Residuos, en aplicación del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

Ubicación del proyecto.

El proyecto se localiza en el ámbito territorial del espacio de la Red Natura 2000, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES1300010 Río Pas. Entre los objetivos de conservación de este espacio se encuentra el tipo de hábitat 91E0* «Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae); es un hábitat prioritario, según el Anexo I de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En cuanto a la fauna que habita en el río Pas y puede estar presente en la zona o en concreto en el tramo afectado por la rehabilitación de la estación de aforo actual, se encuentran especies piscícolas como la madrilla (Parachondrostoma miegii), el salmón atlántico (Salmo salar), la trucha común (Salmo trutta), el sábalo (Alosa alosa) y la anguila (Anguilla anguilla) y algunos mamíferos de gran relevancia como el desmán de los pirineos (Galemys pyrenaicus) y la nutria (Lutra lutra).

No se menciona ninguna especie de flora protegida en la zona, ni se incluye en los inventarios de este espacio LIC.

Por otro parte, el tramo que se vería afectado por el proyecto en el río Pas, de acuerdo con lo establecido en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, está clasificado como masa de agua superficial categoría río, tipo pequeños ejes cántabro-atlánticos calcáreos, Río Pisueña ll código ES092M4R000250, cuyo objetivo medioambiental se mantiene el establecido para dicha masa de agua en el periodo de planificación hidrológica 2009-2015 que era lograr el buen estado ecológico y químico.

Además, esta masa de agua se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas establecido en el Plan Hidrológico, en varias categorías siendo:

Zonas de protección de hábitats o especies, LIC Río Pas, código ES1300010.

Masa de agua superficial para abastecimiento urbano, código ES0181801100023.

Zona de protección de peces, tipo salmonícola, Pas, código 0182P8C16031000013.

Perímetro de protección de aguas minerales y termales, Balneario de Puente Viesgo, código ES016PAMT1608100010.

Características del potencial impacto.

El potencial impacto de la actuación tendrá lugar sobre el LIC - ES1300010 «Río Pas», por afecciones al tipo de hábitat 91E0* y a las especies piscícolas que lo habitan, que tanto en la fase de ejecución como en su fase de funcionamiento, podrán ver interrumpido el tránsito por la zona, es decir, la obra puede ocasionar un efecto barrera sobre la fauna piscícola. Igualmente pueden verse afectadas otras especies que son objeto de conservación de este espacio, como son la nutria y el desmán de los pirineos.

En cuanto a la posible afección al tipo de hábitat, 91E0*, el promotor señala varias medidas preventivas relacionadas con podas y desbroces de la vegetación de forma que se evite afectar al hábitat y en concreto a las especies arbóreas que forman parte del mismo. En cualquier caso, realiza una medición de la afección, citando que se cortarán 10 alisos y 5 fresnos de medio tamaño, que la superficie de vegetación afectada será de 368 m2, lo que significa un 0,38% de la superficie total del hábitat en el LIC y un 0,011% de la superficie total de dicho hábitat en la comunidad cántabra.

Para reducir la afección sobre la fauna piscícola, el promotor propone una serie de medidas en el diseño de la estación de aforo para evitar que sean un obstáculo para el remonte de dichas especies; sin embargo, la Dirección General del Medio Natural propone que se valoren otros tipos de estaciones de aforo (alternativas), que no supongan un obstáculo para el movimiento de la fauna piscícola. Y, además, que se tenga en cuenta que cada especie piscícola citada en la zona tiene una capacidad de remonte diferente.

Por otra parte, la presencia en la zona del desmán de los pirineos y de la nutria no se ha detectado, sin embargo, ante la posibilidad de existir alguna madriguera en la zona del proyecto, el promotor propone la realización de una inspección previa a las obras, en coordinación con los agentes forestales de la administración competente, para actuar en consecuencia.

No se prevé afección o será muy poco significativa en el caso de otros elementos del medio, como los suelos del entorno de la actuación, el régimen hídrico del río Pas, la calidad del aire, el patrimonio cultural, etc.

Tras las consultas realizadas por esta Dirección General a los organismos competentes de la administración autonómica, la Dirección General del Medio Natural y la Dirección General de Medio Ambiente, han expuesto que el proyecto puede causar impactos ambientales significativos sobre el espacio de la Red Natura 2000, LIC Río Pas (ES1300010), relacionados con la fauna piscícola y con los hábitats que motivaron su propuesta como Lugar de Importancia Comunitaria.

Estas administraciones consideran necesario un análisis de alternativas que refleje la viabilidad de otros tipos de estaciones de aforo tanto desde el punto de vista de la medición de caudales que se precisa, como desde el punto de vista ambiental, analizando que no suponga un obstáculo para el movimiento de la fauna piscícola. Así mismo, solicitan que en ningún caso las represas diseñadas aguas abajo de la estación de aforo generen un salto mayor de 0,3 m, proponiendo para ello, que se incluya una nueva represa entre las dos diseñadas, de manera que el salto que se genere entre las represas y la lámina de agua aguas abajo, sea menor al límite indicado.

Independientemente de la solución adoptada finalmente, el proyecto deberá contar con un plan de seguimiento sobre la franquebilidad de la estación de aforo por las diferentes especies piscícolas, corrigiéndose los efectos negativos que se detecten a lo largo de la vida útil de la infraestructura.

Las revegetaciones de las zonas afectadas deberán incluir otras especies propias de la zona y especialmente del hábitat afectado, es decir, se complementarán con especies de aliso (Alnus gutinosa) y fresno (Fraxinus excelsior), y no únicamente con especies de Salix spp.

Otras recomendaciones y consideraciones que hacen estas administraciones y que se deben contemplar en el Estudio de Impacto Ambiental son la realización de una descripción detallada de la pista de obra, con inclusión del destino de los sobrantes de excavación y balance de tierras, y las medidas de restauración previstas; describir la totalidad de acciones del proyecto, incluyendo las zonas de acopio de materiales y maquinaria, con localización en plano y articular medidas para evitar afecciones por especies vegetales alóctonas de carácter invasor.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la Sección 2ª del Capítulo II del Título II y el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, es previsible que el proyecto Acondicionamiento y restauración de la estación de aforo del rio Pas en el T.M. de Puente Viesgo (Cantabria), vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que se considera necesaria la tramitación prevista en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es).

De conformidad con el artículo 47.6 de la Ley de evaluación ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Madrid, 14 de octubre de 2016.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Pablo Saavedra Inaraja.

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