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Documento BOE-A-2016-9414

Resolución de 27 de septiembre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 13 de octubre de 2016, páginas 72542 a 72545 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9414

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

Considerando

Primero.–Por Resolución de 7 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 205, de 27 de agosto de 2015.

Segundo.–El Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló propuesta de resolución de solicitudes de Galicia, de la convocatoria para la concesión de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, el 19 de agosto de 2016, la cual recogía el resultado del análisis de documentación de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base octava. Dicha propuesta fue publicada en el perfil del contratante de la entidad el 22 de agosto de 2016.

Tercero.–En el apartado 2.2 de la propuesta del Director de Economía Digital, de resolución de solicitudes de Galicia, de 19 de agosto de 2016, se proponía la desestimación de las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, designando a dichos solicitantes según lo dispuesto en los diferentes informes emitidos por el órgano instructor a lo largo del procedimiento, tal y como refleja la propuesta.

Cuarto.–En el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de solicitudes de Galicia, del Director de Economía Digital, de 19 de agosto de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a aquellas Pymes que habían acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

En aplicación de lo dispuesto en la base séptima, no es necesaria la selección de las solicitudes mejor valoradas de acuerdo con lo establecido en las bases octava y novena debido a que el presupuesto existente para la comunidad autónoma de Galicia es suficiente para cubrir todas las solicitudes que cumplen con los requisitos de las bases reguladoras.

Quinto.–De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base octava de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a su publicación en el perfil del contratante de la entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de la propuesta de resolución.

En el plazo establecido, se ha manifestado la no aceptación de la propuesta del Director de Economía Digital, de 19 de agosto de 2016, por parte de una Pyme de las propuestas como beneficiarias. Posteriormente, una Pyme ha presentado renuncia a su solicitud.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la Comunidad Autónoma de Galicia, a las siguientes Pymes, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de solicitudes de Galicia de la convocatoria para la concesión de ayudas de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, el 19 de agosto de 2016, corregida el 21 de septiembre de 2016, por cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras, con detalle del presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base décima y en la normativa legal aplicable).

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Establecimiento

Presupuesto subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe ayuda provisional

Euros

2015/05815/000159

Albergue de Muxía, S.L.

B70317821

Albergue Bela Muxia.

14.653,01

11.722,41

2015/05815/000435

Alda Castilla, S.L.

B70408224

Fogar Natural.

6.334,99

5.067,99

2015/05815/000419

Alda Compostela, S.L.

B70108931

O Fogar de Teodomiro.

6.339,17

5.071,34

2015/05815/000420

Alda Compostela, S.L.

B70108931

Alda Algalia.

7.554,90

6.043,92

2015/05815/000422

Alda Compostela, S.L.

B70108931

Casa Gasamans II.

6.330,27

5.064,22

2015/05815/000423

Alda Compostela, S.L.

B70108931

Casa Gasamans.

6.330,27

5.064,22

2015/05815/000484

Ángela Aira Lago.

37362818P

Albergue A Reboleira.

12.714,57

10.171,66

2015/05815/000353

Aryerep, S.L.

B36847432

Silken América Vigo.

16.634,00

13.307,20

2015/05815/000200

Bahía de Bayona Hoteles, S.L.

B36790244

Hotel Bahía Bayona.

31.190,00

24.952,00

2015/05815/000463

Camino Santo, S.L.

B15638380

Hotel Oca Puerta del Camino.

31.655,51

25.000,00

2015/05815/000390

Camping Bayona Playa, S.A.

A36616654

Camping Bayona Playa.

26.396,80

19.797,60

2015/05815/000381

Carris Hoteles, S.L.

B27350859

Hotel Carris Marineda.

25.840,00

12.920,00

2015/05815/000508

Carris Hoteles, S.L.

B27350859

Hotel Carris Casa de la Troya.

13.785,00

9.649,50

2015/05815/000707

Celso Mariño Rúa.

76486496L

Apartamentos Turísticos A Palleira.

17.799,80

14.239,84

2015/05815/000186

Centro Hotelero Sarga, S.L.

B15766207

Hotel Apartamentos Sarga.

29.236,81

23.389,45

2015/05815/000107

Coia Hotel Tur, S.A.

A36635043

Hotel Coia de Vigo****.

31.300,14

25.000,00

2015/05815/000130

Davandoira, S.L.

B36332302

Hotel Spa Atlántico.

20.394,27

16.315,42

2015/05815/000160

Explotaciones Rurales de Galicia, S.L.

B15873847

Casa Rural A Cobacha.

8.415,90

6.732,72

2015/05815/000194

Ferrol Hoteles, S.L.

B15350416

Hotel «El Suizo».

24.087,15

19.269,72

2015/05815/000140

Gestión Hotelera Onix Vigo, S.L.

B27780188

Gran Hotel Nagari Boutique & Spa.

31.250,00

25.000,00

2015/05815/000477

Hotel Balneario Aguas Santas, S.L.

B27290717

Oca Augas Santas Balneario & Golf Resort.

31.540,19

25.000,00

2015/05815/000480

Hotel Bayona Sial, S.L.

B27802024

Hotel Pinzón.

6.264,60

5.011,68

2015/05815/000523

Hotel Carlos 96, S.L.

B15556723

Hotel Carlos 96.

23.504,56

18.803,65

2015/05815/000706

Hoteles Encantados, S.L.

B15711336

Albergue Monasterio de la Magdalena.

17.329,90

12.130,93

2015/05815/000310

Las Tres Luces Hotel, S.A.

A36681211

Las Tres Luces.

27.727,90

22.182,32

2015/05815/000396

Lorygar, S.L.

B15357387

Hotel Spa A Quinta da Auga.

25.899,16

20.719,33

2015/05815/000337

Maria Carmen Lago Breijo.

32661078C

Camping As Cabazas.

17.073,18

13.658,54

2015/05815/000620

Maria Luisa Outón Otero.

35259551E

Camping Paxariñas.

31.297,84

25.000,00

2015/05815/000188

Maria Pilar Insua Romero.

76367409A

Hotel Insua.

20.672,11

16.537,69

2015/05815/000418

Marsil Playa, S.L.

B36191187

Apartamentos Marsil.

13.332,35

10.665,88

2015/05815/000095

Motel Venus, S.A.

A36306280

Motel Venus Pontevedra.

12.456,00

9.964,80

2015/05815/000208

Node, S.L.

B36230746

Hotel Spa Norat O Grove.

27.974,48

22.379,58

2015/05815/000103

Os Baños Da Brea, S.L.

B36126563

Hotel Balneario Baños da Brea.

23.972,88

19.178,30

2015/05815/000473

Portonovo Playa, S.L.

B36457711

Apartamentos Esperanza del Mar.

25.231,07

20.184,86

2015/05815/000555

Pousadas Compostela, S.L.

B15610140

Hotel Monumento Pazo Lestrove.

24.291,05

19.432,84

2015/05815/000572

Pousadas de Compostela, S.L.

B15610140

Hotel Pombal.

13.689,44

10.951,55

2015/05815/000234

Punta Cabicastro, S.L.

B36350080

Aparthotel Punta Cabicastro.

15.806,78

12.645,42

2015/05815/000211

Rahid, S.A.

A15049281

Eurostars Araguaney.

27.905,46

22.324,37

2015/05815/000406

Restaurante Balcobo, S.L.

B70084819

Camping Balcobo.

6.255,15

5.004,12

2015/05815/000479

Restaurante Pontiñas, S.L.

B36363497

Hotel Pontiñas.

11.834,57

9.467,66

2015/05815/000224

Rivas Tomé, S.L.

B27036482

Fogar do Mariñeiro.

15.135,52

12.108,42

2015/05815/000151

Teresa Barbeito Aguin.

35421827X

Apartamentos Coral do Mar I.

16.524,32

13.219,46

2015/05815/000152

Tomas Basdedios Pérez.

76854794H

Apartamentos Coral do Mar Ii.

22.530,09

18.024,07

2015/05815/000153

Villa Cabicastro, S.L.

B36332351

Aparthotel Villa Cabicastro.

16.876,11

13.500,89

Segundo.

Dar por desistidas a las siguientes solicitudes, por no haberse atendido a alguno de los requerimientos de documentación emitidos por el órgano instructor a lo largo de las diferentes fases del procedimiento para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y quinta de las bases reguladoras:

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Establecimiento

2015/05815/000687

Alberto Piñeiro Álvarez.

76713146G

Aldea Rural «A Cortiña».

2015/05815/000504

Balneario de Mondariz, S.A.

A80380132

Balneario de Mondariz.

2015/05815/000517

Canoura Galdo, S.L.

B27277078

Hotel Boa Vista.

2015/05815/000178

Hnos. Blanco Romar, C.B.

E15635790

Apartamentos Turísticos Blanco.

2015/05815/000482

Hotel Bahía de Vigo, S.A.

A36606374

Sercotel Bahía de Vigo Hotel.

Tercero.

Desestimar las siguientes solicitudes por no haber acreditado, de forma suficiente y correcta y a través de la documentación presentada en tiempo y forma, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y quinta de las bases reguladoras:

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Establecimiento

2015/05815/000677

Ángela María Quintans Lago.

76331687T

As Eiras.

2015/05815/000287

Arcatis, S.L.

B99255721

Eurostars Gran Hotel La Toja.

2015/05815/000558

Camping O Curro, S.l.

B94055829

Camping O Curro.

2015/05815/000205

Casa de Líncora, S.A.

A27125947

Hotel Auriense.

2015/05815/000312

Eneas Hotels, S.L.

B05172994

Hotel Eurostars Isla de La Toja.

2015/05815/000501

Estación de Invierno Manzaneda, S.A.

A32003246

Oca Nova Manzaneda.

2015/05815/000307

Estrela de Santiago, S.A.

A15414113

Hotel Exe Área Central.

2015/05815/000167

Iniciativas Ventureira-Sanxenxo, S.L.

B36446664

Hotel Royal Nayef.

2015/05815/000636

Manuel Troncoso Poceiro.

35398631K

Hotel Nueva Vichona.

2015/05815/000278

Pazo O Rial, S.A.

A36012904

Pazo O Rial.

2015/05815/000647

Raxeria Río Sil, S.L.

B70189501

Hostal Río Sil.

2015/05815/000466

Saavedra Pereira, S.L.

B15419625

Pazo de Sedor.

Cuarto.

Aceptar la renuncia a su solicitud formulada por el siguiente solicitante, por no estar prohibida por el Ordenamiento Jurídico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la correspondiente no aceptación de la propuesta de resolución de solicitudes de Galicia, de la convocatoria para la concesión de ayudas del segundo programa de mejora de la conectividad inalámbrica del sector hotelero, de 19 de agosto de 2016, corregida el 21 de septiembre de 2016, con los mismos efectos que una renuncia:

Nº expediente

Nombre o razón social

NIF

Establecimiento

Causa

2015/05815/000699

Carris Hoteles, S.L.

B27350859

Hotel Carris Almirante

No aceptación.

2015/05815/000295

Manfra Rábade, S.L.

B27131978

Coto Real

Renuncia.

Quinto.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de septiembre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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