Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-9185

Resolución de 14 de septiembre de 2016, de la Subsecretaría, por la que se autoriza la eliminación de series documentales comunes de la Administración General del Estado custodiadas en el Archivo General del Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2016, páginas 71471 a 71472 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2016-9185

TEXTO ORIGINAL

El procedimiento para la conservación y eliminación de determinados documentos de la Administración General del Estado se encuentra regulado por el artículo 58 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español; el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original, y el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la composición, funcionamiento y competencias de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.

El grupo de Trabajo de Valoración de Series y Funciones Comunes de la Administración General del Estado, creado en el seno de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, en reunión plenaria del 16 de octubre de 2012 y en virtud del artículo 13 del Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos, ha presentado a dictamen de dicha Comisión varios estudios de identificación y valoración de series documentales generadas por los diferentes Departamentos Ministeriales. Entre dichas series se encuentran las series de Expedientes de provisión de puestos de trabajo: concursos, Expedientes de elaboración y aprobación de ofertas de empleo público, Cuentas justificativas para la reposición de fondos de anticipos de caja fija y fondos de maniobra, Expedientes de sesiones de Consejo de Ministros, Expedientes de contratación de suministros y Expedientes de gestión de inmuebles.

La Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, en diversas reuniones de los años 2013 y 2014, dictaminó favorablemente la eliminación de las referidas series documentales.

De acuerdo con dichos dictámenes, en el ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 6.1 del anteriormente mencionado Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, resuelvo:

Primero. Autorización de la eliminación.

Se autoriza la eliminación total o parcial, según conste en el correspondiente dictamen, de los documentos que formen parte de las series documentales comunes Expedientes de provisión de puestos de trabajo: concursos (Dictamen 48/2013 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos), Expedientes de elaboración y aprobación de ofertas de empleo público (Dictamen 50/2013 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos), Cuentas justificativas para la reposición de fondos de anticipos de caja fija y fondos de maniobra (Dictamen 9/2014 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos), Expedientes de sesiones de Consejo de Ministros (Dictamen 10/2014 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos), Expedientes de contratación de suministros (Dictamen 12/2014 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos) y Expedientes de gestión de inmuebles (Dictamen 13/2014 de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos), que se detallan en el anexo de esta resolución y que se custodian en el Archivo General del Ministerio de Justicia.

Segundo. Plazos y demás formalidades de la eliminación.

Conforme a lo previsto en el artículo 57.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 6.2.b) del mencionado Real Decreto 1164/2002, de 25 de junio, la eficacia de la autorización de destrucción quedará demorada hasta transcurridos tres meses desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y se condiciona a que en ese plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma. En caso de que sea impugnada, no podrá procederse a la destrucción de documentos hasta que esta Resolución adquiera firmeza.

Tercero. Eficacia de la autorización.

Una vez que la autorización sea firme, el proceso de destrucción garantizará la seguridad de la documentación, estando protegida contra intromisiones externas. El método de destrucción será el adecuado para que se imposibilite la reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información contenida en ellos.

Asimismo, se darán de baja en los inventarios y demás instrumentos de control correspondientes las series documentales y se remitirá al Secretario Permanente de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, un ejemplar del acta de destrucción, expresiva del dictamen aplicado.

Cuarto. Publicación de la resolución.

De conformidad con lo establecido en el artículo ya citado del Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, esta Resolución deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso administrativo de alzada ante el Ministro de Justicia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid,14 de septiembre de 2016.–La Subsecretaria de Justicia, Áurea Roldán Martín.

ANEXO

Dictamen 48/2013: Expedientes de provisión de Puestos de trabajo: concursos.

Dictamen 50/2013: Expedientes de elaboración y aprobación de ofertas de empleo público.

Dictamen 9/2014: Cuentas justificativas para la reposición de fondos de anticipos de caja fija y fondos de maniobra.

Dictamen 10/2014: Expedientes de sesiones de Consejo de Ministros.

Dictamen 12/2014: Expedientes de Contratación de Suministros.

Dictamen 13/2014: Expedientes de gestión de inmuebles.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid