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Documento BOE-A-2016-7112

Resolución de 8 de julio de 2016, del Instituto Cervantes, por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Acuerdo específico de colaboración con la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad de Salamanca.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 22 de julio de 2016, páginas 51566 a 51567 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2016-7112

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda Adenda de modificación del Acuerdo específico de colaboración suscrito el 19 de marzo de 2015 entre el Instituto Cervantes, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad de Salamanca.

Madrid, 8 de julio de 2016.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

Segunda Adenda de modificación del Acuerdo específico de colaboración suscrito el 19 de marzo de 2015 entre el Instituto Cervantes, la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad de Salamanca

Por un lado, D. Víctor García de la Concha, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 297/2012, de 27 de enero («BOE» de 28 de enero de 2012), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se creó el Instituto Cervantes, actúa en nombre y representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente acuerdo en la calle Alcalá, 49, 28014 de Madrid, España, y n.º de NIF Q-2812007 I.

Por otro lado, el Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, en su calidad de Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (en adelante, UNAM), cargo para el que fue nombrado por la Junta de Gobierno de esa Universidad, y según lo dispuesto en los artículos 9 de la Ley Orgánica y 30 del Estatuto general, actúa en nombre y representación de esta Universidad, con domicilio a los efectos del presente acuerdo en Torre de Rectoría, 6º piso, ciudad Universitaria, Coyoacán, México, Distrito Federal, C.P. 04510.

Y por otro lado, D. Daniel Hernández Ruipérez, Rector Magnífico de la Universidad de Salamanca (en adelante, la USAL), cargo para el que fue nombrado por Acuerdo 95/2013, de 28 de noviembre («BOCYL» de 2 de diciembre) de la Junta de Castilla y León, de conformidad con las facultades atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos vigentes de la Universidad de Salamanca, actúa en nombre y representación de esta Universidad, con domicilio a los efectos del presente acuerdo en Edificio del Rectorado, Patio de las Escuelas s/n, 37008 Salamanca, con CIF Q-37180001 E.

En adelante, toda referencia conjunta al Instituto Cervantes, la UNAM y la USAL, será efectuada, conjunta e indistintamente, las «Partes», las «Instituciones Promotoras» o las «Instituciones».

Las Partes declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda de modificación y, en su mérito,

EXPONEN

I. Que el Instituto Cervantes, la UNAM, y la USAL suscribieron el 19 de marzo de 2015 un Acuerdo específico de colaboración con el fin de acordar el desarrollo del Proyecto SIELE Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española, que es un servicio internacional electrónico de evaluación y certificación de la competencia en español sobre una escala de puntos con referencia a los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (en adelante, «MCER»), con fin general, destinado a personas que quieran conocer su nivel de español, sin limitación de origen nacional, lingüístico o de edad.

II. Que las partes, con el fin de perfeccionar el citado Acuerdo, incluyeron en el mismo una serie de modificaciones mediante la Adenda suscrita a tal efecto entre las mismas con fecha 29 de julio de 2015.

De acuerdo con lo anterior, las Partes deciden suscribir la presente segunda adenda de modificación del acuerdo específico de colaboración suscrito el 19 de marzo de 2015, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación.

La presente adenda tiene por objeto modificar la cláusula quinta, 5.3 «Desarrollo y ejecución del acuerdo. Comités»; párrafo primero del «Comité ejecutivo», de forma que este quede constituido por tres miembros de cada una de las instituciones, en lugar de dos.

Segunda. Vigencia de compromisos.

Se mantienen vigentes el resto de los compromisos y obligaciones asumidos en virtud del Acuerdo específico de colaboración suscrito el 19 de marzo de 2015, en su redacción determinada por la Adenda de 29 de julio de 2015.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente documento por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en los lugares y fechas indicados.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Víctor García de la Concha, en Madrid, 18 de enero de 2016.–Por la Universidad Nacional Autónoma de México, el Rector, Enrique Luis Graue Wiechers, en México D.F., 1 de marzo de 2016.–Por la Universidad de Salamanca, el Rector, Daniel Hernández Ruipérez, en Salamanca, 18 de enero de 2016.

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