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Documento BOE-A-2016-6287

Orden FOM/1039/2016, de 24 de junio, por la que se concede el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 29 de junio de 2016, páginas 46456 a 46457 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2016-6287

TEXTO ORIGINAL

Por Orden FOM/2808/2015, de 18 de diciembre («BOE» número 309, de 26 de diciembre de 2015) ha sido convocado el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015, de acuerdo a las bases reguladoras de este galardón que fueron establecidas en la Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre («BOE» número 289, de 3 de diciembre de 2013). Concluido el plazo establecido al efecto, han sido presentadas dieciséis candidaturas para concurrir al Premio, por un total de veinticuatro organizaciones o instituciones vinculadas a la Arquitectura, el Urbanismo y las Bellas Artes.

De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras y en la convocatoria a las que se ha hecho referencia, el Jurado encargado de formular la propuesta de concesión del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015 se constituyó el pasado 5 de abril de 2016, quedando integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan Navarro Baldeweg, vocal del Jurado galardonado con el Premio Nacional de Arquitectura 2014, que fue elegido Presidente, por unanimidad de los miembros con voto del Jurado, en el acto de constitución de dicho órgano, tal como establece el artículo cinco, apartado dos, de la Orden FOM/2808/2015, de 18 de diciembre antes citada.

Vocales:

Don Lluís Clotet i Ballús, galardonado con el Premio Nacional de Arquitectura 2010.

Don Simón Marchán Fiz, a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Don Jordi Bonet i Armengol, a propuesta de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas.

Doña Ángela García de Paredes Falla, a propuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.

Don Rafael de La-Hoz Castanys, a propuesta de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo.

Secretario: Don Anselmo Menéndez Menéndez, Subdirector General de Política y Ayudas a la Vivienda, en sustitución del Director General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, de conformidad con lo dispuesto en relación con el régimen de suplencias previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Secretario de actas: Don Francisco Javier Martín Ramiro, Subdirector General de Arquitectura y Edificación.

De acuerdo con la propuesta motivada del Jurado, adoptada por unanimidad, y cumplidos los trámites establecidos, dispongo:

1.º) Conceder el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015 a Don Rafael Moneo Vallés, candidatura presentada por las revistas de arquitectura AV/Arquitectura Viva, en testimonio de la calidad de su obra, reconocida en España y fuera de nuestras fronteras, por su contribución al pensamiento arquitectónico, así como por su magisterio en las más prestigiosas universidades de todo el mundo. Su trayectoria sostenida ha contribuido a la proyección internacional de la arquitectura española.

2.º) De conformidad con lo dispuesto en el artículo tres de la Convocatoria, la cuantía económica del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015 asciende a la cantidad de sesenta mil euros (60.000 €), que se imputará al crédito presupuestario 17.01.451N.488.

3.º) Conforme establece el artículo ocho de la Orden FOM/2808/2015, de 18 de diciembre, se ha resuelto hacer pública la concesión del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015, mediante la presente publicación en el Boletín Oficial del Estado.

4.º) La entrega del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2015 se efectuará en un acto público convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuadas.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiéndose interponer simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 24 de junio de 2016.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.

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