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Documento BOE-A-2016-561

Resolución de 11 de enero de 2016, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 2 de septiembre de 2011, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 5660 a 5661 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-561
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/01/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio de 2011, por la que se establece el control de los desembarques de más de diez toneladas de arenque, caballa y jurel y sus modificaciones, se faculta a la Secretaría General del Pesca a designar la lista de puertos en los que se podrán realizar los desembarques objeto de la citada orden.

La lista de puertos designados fue publicada mediante la Resolución de 2 de septiembre de 2011, de la Secretaría General del Mar, por la que se publica el listado de puertos designados conforme a la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio, por la que se establece el control de los desembarques de más de 10 toneladas de arenque, caballa y jurel.

Esta lista fue actualizada mediante las Resoluciones de 14 de febrero de 2013, de 14 de marzo de 2013, de 12 de marzo de 2014, de 5 de febrero de 2015, de 24 de febrero de 2015, de 3 de marzo de 2015, de 25 de marzo de 2015, de 10 de abril de 2015, de 21 de mayo de 2015 y de 1 de diciembre de 2015 de la Secretaría General de Pesca.

Recibida la solicitud de la Lonja de Celeiro para la autorización de este puerto y de su correspondiente horario de descarga para más de 10 toneladas de caballa, jurel y arenque, la Secretaría General de Pesca ha resuelto lo siguiente:

1.º Incluir el puerto de Celeiro en la relación de puertos autorizados del artículo 3 de la Orden ARM/2017/2011, así como su horario de desembarque.

2.º Publicar y actualizar la relación de puertos autorizados, los horarios de desembarque y los lugares donde se autorizan dichos desembarques.

Madrid, 11 de enero de 2016.–El Secretario General de Pesca, Andrés Hermida Trastoy.

CC.AA.

PUERTO

HORARIOS

LUGAR DE DESEMBARQUE

Andalucía.

Puerto de Santa María.

De martes a sábado de 08:00 a 12:00 horas.

Muelle lonja.

Puerto de Cádiz.

De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.

Muelle lonja.

Asturias.

Avilés.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Gijón.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Cantabria.

Colindres.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

Laredo.

De lunes a viernes de 07:00 a 24:00 horas.

Nuevo muelle pesquero.

Santander.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle oeste de la dársena de Maliaño.

San Vicente de la Barquera.

De lunes a las 07:00 hasta viernes a las 24:00 horas continuado.

Muelle pesquero.

Santoña.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

Galicia.

A Coruña.

De lunes a las 00.00 hasta 08:00 horas del sábado continuado.

Muelle lonja de Linares Rivas.

Muros.

Lunes de 00:00 a 24:00 horas

De martes a viernes de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 24:00 horas.

Muelle sur lonja.

Finisterre.

De lunes a viernes 06:00 a 20:00 horas.

Muelle pesquero.

Muxía.

De lunes a viernes de 10:00 a 24:00 horas.

Muelle Pesquero.

Vigo.

De lunes a viernes de 06:00 a 14:00 h. y de 23:00 a 02:00 h. (del 01/06 al 31/10) o de 20:00 a 01:00 horas (del 01/11 al 30/05).

Dársenas pesqueras bajura, altura y grandes peces.

Ribeira.

00.00 h. de lunes a 24.00 h. de viernes.

Descarga en el muelle de la lonja.

Burela.

Desde las 9:00 horas del lunes hasta las 24 horas del viernes.

Muelle de la lonja.

Celeiro.

De lunes a viernes de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle lonja.

País Vasco.

Hondarribia.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Getaria.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero.

Pasaia.

De lunes a domingo, de 00:00 a 24:00 horas.

Muelles Pescadería-1, Pescadería-2 y San Pedro.

Mutriku.

De lunes a domingo, de 07:00 a 12:00 horas.

Muelle pesquero.

Ondarroa.

De lunes a domingo de 00:00 a 24:00 horas.

Muelle pesquero Cofradía

Muelle pesquero.

Bermeo.

De lunes a domingo de 00:00-24:00 horas.

Muelle pesquero.

Lekeitio.

De lunes a viernes 00:00-24:00 horas.

Muelle pesquero.

Canarias.

Las Palmas.

De lunes a viernes 08:00-20:00 horas. Excepto festivos.

Muelle pesquero.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 11/01/2016
  • Fecha de publicación: 21/01/2016
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado de la Resolución de 2 de septiembre (Ref. BOE-A-2011-14572).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 3 de la Orden ARM/2017/2011, de 11 de julio (Ref. BOE-A-2011-12404).
Materias
  • Control pesquero
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Puertos

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