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Documento BOE-A-2016-4054

Resolución de 14 de abril de 2016, de la Universidad de Extremadura, por la que se nombra Profesor Titular de Universidad a don Antonio Miguel Linares Luján.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2016, páginas 28397 a 28397 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2016-4054

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta de nombramiento, efectuada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso para la provisión de plazas docentes convocado por Resolución de la Universidad de Extremadura, de fecha 26 de noviembre de 2015 («BOE» de 15 de diciembre de 2015), y acreditados por el Interesado propuesto los requisitos a que alude el artículo 4.º de la Normativa vigente, referidos en la Resolución de la convocatoria:

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre («BOE» de 24 de diciembre), modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril («BOE» de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a don Antonio Miguel Linares Luján, con DNI 76244615Y, Profesor Titular de Universidad de esta Universidad, del área de conocimiento de Historia e Instituciones Económicas (código de la plaza DF3200), del Departamento de Economía.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo, a interponer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, desde su notificación o publicación, de conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación de la presente resolución. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Badajoz, 14 de abril de 2016.–El Rector, Segundo Píriz Durán.

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