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Documento BOE-A-2016-197

Resolución de 28 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Xunta de Galicia, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2016, páginas 1160 a 1163 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2016-197

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Defensa, el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia han suscrito, con fecha 30 de noviembre de 2015, una Adenda al Convenio de colaboración para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el año 2015.

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida Adenda al Convenio de colaboración, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2015.–El Subsecretario de la Presidencia, Federico Ramos de Armas.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Xunta de Galicia, al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015

En Santiago de Compostela, a 30 de noviembre de 2015

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrado por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Sr. Ministro de Defensa, expresamente concedida para este acto, de conformidad con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, el Sr. don Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se efectúa su nombramiento, y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y de otra, el Sr. don Román Rodríguez González, Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, nombrado por Decreto 15/2015, de 9 de febrero.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas misiones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como, proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad Autónoma de Galicia.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que es preciso sean cedidos por la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia para impartir en el año 2015 las titulaciones de formación profesional de grado superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión, de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

Durante el año 2015 se impartirán las titulaciones de Técnico Superior de Formación Profesional, las siguientes:

Escuela de Especialidades «Antonio Escaño» en el Ferrol (A Coruña):

Mantenimiento Electrónico.

Organización y Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

Escuela de Especialidades Fundamentales de la Estación Naval de la Graña en el Ferrol (A Coruña):

Administración y Finanzas.

Dirección de Cocina.

Transporte Marítimo y Pesca de Altura.

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Cultura Educación y Ordenación Universitaria.

Le corresponde a la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia proporcionar el personal docente siguiente:

Para la Escuela de Especialidades «Antonio Escaño» en el Ferrol (A Coruña):

De 1 enero a 31 diciciembre 2015.

Tres Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de equipos electrónicos.

Tres Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de máquinas, servicios y producción.

Cinco Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de sistemas electrónicos.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de navegación e instalaciones marinas.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de FOL.

De 1 marzo a 30 junio 2015.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de FOL (uno de ellos a media jornada y compartido con la Estación Naval de la Graña).

De estos profesores uno desempeñaría las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y dos las de Jefes de Departamento.

Para la Escuela de Especialidades Fundamentales de la Estación Naval de la Graña en el Ferrol (A Coruña):

De 1 enero a 31 diciembre 2015.

Para la especialidad Dirección de Cocina.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Para la especialidad Administración y Finanzas.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

Para la especialidad Transporte Marítimo y Pesca de Altura.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

De 1 marzo a 30 junio 2015.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad FOL a media jornada (Compartido con la Escuela de Especialidades «Antonio Escaño»).

De estos profesores uno desempeñaría las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y tres las de Jefes de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El coste máximo previsto para la prestación de este servicio es de novecientos ochenta mil cuarenta y cuatro euros con cincuenta y cinco céntimos (980.044,55 €) para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2015.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad Autónoma de Galicia de acuerdo con la cláusula sexta del convenio de colaboración del 24 de marzo de 2014. A tal efecto, por el jefe de estudios adjunto de cada centro, se certificará, en el último trimestre de 2015, el número y especialidad de los profesores que imparten el correspondiente título de Formación Profesional, y la Comunidad Autónoma de Galicia rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2015.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Marcial Marín Hellín.–Por la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, Román Rodríguez González.

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