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Documento BOE-A-2016-12634

Orden APM/1994/2016, de 27 de diciembre, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de hortalizas al aire libre, ciclo primavera-verano, en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el trigésimo octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Publicado en:
«BOE» núm. 316, de 31 de diciembre de 2016, páginas 92214 a 92240 (27 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-12634

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, con el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, que la desarrolla, con el Trigésimo octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2016 y a propuesta de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA), por la presente orden se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro para explotaciones hortícolas al aire libre, de ciclo primavera-verano en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Bienes asegurables.

1. Son asegurables las producciones correspondientes a las distintas especies y variedades de las siguientes hortalizas: Achicoria-raíz, alficoz, berenjena, calabacín, calabaza, calçot, cebolla, cebolleta, chirivía, chufa, judía verde, melón, melón amargo, nabo, okra, pepinillo, pepino, pimiento, puerro, rábano, remolacha de mesa, sandía, tomate y zanahoria,cultivadas al aire libre y cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía, contra los daños en cantidad y calidad ocasionados por los riesgos cubiertos especificados en el anexo I; excepto para el riesgo de ahuecado en sandía, en el que se cubren sólo los daños en calidad, y para el riesgo de virosis, en tomate de industria, en el que se cubre la reposición y el levantamiento del cultivo.

Asimismo serán asegurables las instalaciones que cumplan las características mínimas que figuran en el anexo II, entendiendo por tales las instalaciones de: estructuras de protección antigranizo y umbráculos, cortavientos artificiales, cabezales de riego que abastezcan exclusivamente a la explotación del asegurado y red de riego en parcelas.

2. No son asegurables, y por tanto quedan excluidas de la cobertura de este seguro, aún cuando por error hayan podido ser incluidas por el tomador o asegurado en la declaración del seguro, los siguientes bienes:

a) Los cultivos y/o instalaciones en estado de abandono.

b) Las de parcelas destinadas a experimentación o ensayo, tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas culturales.

c) Las producciones de huertos familiares.

Artículo 2. Definiciones.

A efectos de definir determinados elementos comprendidos en el seguro regulado en esta orden, se entiende por:

1. Destino de la producción: según el destino de la producción obtenida en cada una de las parcelas se diferencia entre:

a) Destino fresco calidad estándar.

b) Destino fresco de calidad alta.

c) Destino industria.

2. Explotación a efectos de contratación: conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro, gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una unidad técnico económica. En consecuencia, las parcelas objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por entidades asociativas agrarias (sociedades agrarias de transformación, cooperativas, etc.), sociedades mercantiles (sociedad anónima, limitada, etc.) y comunidades de bienes, se considerarán como una sola explotación.

3. Explotación a efectos de indemnización: conjunto de parcelas de la explotación situadas dentro de una misma comarca agraria.

4. Parcela: Para la identificación de las parcelas aseguradas se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

a) Parcela SIGPAC: Superficie continúa del terreno identificada alfanuméricamente como tal y representada gráficamente en el registro del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas SIGPAC.

b) Recinto SIGPAC: Superficie continúa de terreno dentro de una parcela SIGPAC con un uso agrícola de los definidos en el SIGPAC.

c) Parcela a efectos del seguro: Superficie total de un mismo cultivo y variedad incluida en un recinto SIGPAC. No obstante:

1.º Se considerarán parcelas distintas, las superficies protegidas por cada instalación o medida preventiva.

2.º También se considerarán parcelas distintas, las superficies cuya fecha de trasplante sea superior a 15 días para todos los cultivos, excepto en el caso del tomate que será 7 días.

3.º Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la parcela SIGPAC, todos aquellos recintos de superficie inferior a 0,10 ha se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.

d) Superficie de la parcela: será la superficie realmente cultivada en la parcela. En cualquier caso, no se tendrá en cuenta, las zonas improductivas.

5. Instalaciones asegurables. Se definen los siguientes tipos de instalaciones:

a) Estructuras de protección antigranizo: cobertura de mallas o redes, así como sus medios de sostén y anclaje, que protegen de los daños por granizo en el caso de antigranizo y de sol en el caso de umbráculos.

b) Cortavientos artificiales: instalaciones de materiales plásticos no deformables o de obras, así como sus medios de sostén y anclaje que, constituyendo una cortina continua, moderan la velocidad del viento en su zona de influencia.

c) Cabezal de riego: Instalación que abastece exclusivamente a la explotación del asegurado, constituida por:

1.º Los equipos de bombeo de agua, filtrado, fertilización, controladores de caudal y presión.

2.º Automatismos de cuadro eléctrico y sus sistemas de protección, variadores y arrancadores.

3.º Red de tuberías desde el cabezal de riego, hasta el punto de acceso a cada parcela.

d) Red de riego en parcelas:

1.º Riego localizado: Dispositivos de riego dispuestos en las parcelas, que dosifican el caudal de agua a las necesidades de la planta.

2.º Riego por aspersión: Dispositivos que distribuye el agua pulverizada en forma de lluvia a través de los aspersores.

Tradicional: Dispositivos encargados de regar una parcela por sectores, que pueden ser tanto fijos como móviles, con tubería enterrada o en superficie donde se fijan los aspersores.

Pívot: Dispositivo de riego que se caracteriza por ser un sistema dinámico, mediante un sistema de torres con ruedas, propulsado por motor reductor, compuesto por distintos tramos de tubería metálica, que proporciona riego a medida que avanza.

Enrolladores: Dispositivo de riego móvil compuesto de manguera y sistema de riego mediante cañón o barras nebulizadoras.

6. Edad de la instalación:

a) Estructura: Años transcurridos desde su construcción o desde la última reforma.

Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura y cimentaciones por un importe mínimo del 70 por ciento del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos.

b) Cerramiento: Meses transcurridos desde su instalación.

7. Producciones:

a) Producción asegurada: Es la producción, de cada uno de los cultivos, reflejada en la declaración de seguro.

b) Producción real esperada: Es la producción comercializable que, de no ocurrir ningún siniestro garantizado, se hubiera obtenido en la parcela siniestrada, dentro del periodo de garantía previsto en la declaración de seguro.

c) Producción real final: Es aquella susceptible de recolección, utilizando procedimientos habituales y técnicamente adecuados. Las pérdidas en calidad minorarán esta producción real final.

8. Producciones ecológicas: Aquellas que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 2092/91 y estén inscritas en un consejo regulador, comité de producción ecológica o entidad privada de certificación debidamente reconocida por la autoridad competente de su comunidad autónoma.

9. Recolección: Operación por la cual las producciones objeto del seguro es separada del resto de la planta o del terreno de cultivo.

Para aquellas producciones de tomate para industria (concentrado y pelado), en el caso de recolección mecanizada, se entenderá que debe efectuarse la recolección cuando el tomate presente al menos el 75% de los frutos de coloración roja intensa y uniforme.

10. Oreo: Proceso de secado de la producción una vez arrancada.

Artículo 3. Condiciones técnicas mínimas de cultivo.

En las producciones objeto de este seguro deberán cumplirse las condiciones técnicas mínimas de cultivo que se relacionan a continuación:

a) Preparación adecuada del terreno antes de efectuar el trasplante o la siembra directa.

b) Abonado del cultivo de acuerdo con las necesidades del mismo.

c) Realización adecuada de la siembra o trasplante, atendiendo a la oportunidad de la misma y densidad de siembra o plantación. La semilla o planta utilizada deberá reunir las condiciones sanitarias convenientes para el buen desarrollo del cultivo.

d) Control de malas hierbas, con el procedimiento y en el momento que se considere oportunos.

e) Tratamientos fitosanitarios en forma y número necesarios para el mantenimiento del cultivo en un estado sanitario aceptable.

f) Riegos oportunos y suficientes, en los cultivos de regadío, salvo causa de fuerza mayor.

g) Para aquellas parcelas que se encuentren inscritas en registros de agricultura ecológica las condiciones técnicas mínimas de cultivo anteriores se adaptarán en su cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente sobre la producción agrícola ecológica.

Asimismo, y con carácter general, cualquier otra práctica cultural que se utilice deberá realizarse acorde con las buenas prácticas agrarias y en concordancia con la producción fijada en la declaración del seguro.

Artículo 4. Condiciones formales del seguro.

1. El agricultor que suscriba este seguro deberá asegurar la totalidad de producciones que posea de la misma clase, cumplimentando declaraciones de seguro distintas para cada una de las clases que aseguren.

Excepcionalmente, para los cultivos de chirivía, cebolla, cebolleta, melón, nabo, pimiento, puerro, sandía, tomate y zanahoria, los asegurados en los módulos 2, 3 y P, en aquellas explotaciones en las que se realice programación de plantaciones sucesivas, el tomador o asegurado podrá pactar con la Agrupación Española de Entidades y Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A. (AGROSEGURO) la realización de más de una declaración de seguro por clase de cultivo. En este caso se deberá elegir, el mismo módulo y las mismas condiciones de cobertura, para todas las declaraciones de seguro de la misma clase.

2. En la suscripción de este seguro, y para acogerse a sus beneficios, se tendrá en cuenta que se consideran clases distintas, cada uno de los cultivos y sus diferentes ciclos según el anexo III, excepto para el cultivo de tomate de industria en donde se considera la misma clase los ciclos 6 y 7.

3. En caso de deficiencia en el cumplimiento de las condiciones técnicas mínimas de cultivo el asegurador podrá reducir la indemnización en proporción a la importancia de los daños derivados de la misma y el grado de culpa del asegurado.

4. Las parcelas objeto de aseguramiento cultivadas por un mismo agricultor, o explotadas por entidades asociativas agrarias, sociedades mercantiles o comunidades de bienes, deberán incluirse obligatoriamente en una única declaración de seguro.

5. La garantía sobre las instalaciones presentes en la parcela tendrá un carácter opcional, pero en caso de que se opte por esta posibilidad, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo, que reúnan las condiciones para ser aseguradas.

6. Elección de coberturas: El asegurado, en el momento de formalizar la declaración de seguro, deberá concretar los siguientes aspectos relacionados con los riesgos cubiertos y las condiciones de cobertura:

a) Seleccionar entre las distintas posibilidades especificadas en el anexo I, el módulo de aseguramiento que será de aplicación al conjunto de parcelas de la explotación correspondientes a un mismo ciclo de cultivo, de tal manera que todas ellas estarán garantizadas ante los mismos riesgos y dispondrán de las mismas condiciones de cobertura.

b) Indicar si además opta por la garantía a las instalaciones presentes en las parcelas de la explotación, debiendo señalar, para cada parcela individualmente, las instalaciones presentes en la misma.

7. La declaración cuya prima no haya sido pagada por el tomador del seguro dentro de los plazos de suscripción de este seguro, carecerá de validez y no surtirá efecto alguno. Para aquellas declaraciones de seguro que se formalicen el último día del período de suscripción del seguro se considerará como pago válido el realizado en el siguiente día hábil al de finalización de la suscripción.

Artículo 5. Rendimiento asegurable.

1. El asegurado fijará el rendimiento a reflejar en cada una de las parcelas que componen su explotación, para todas las especies y variedades, si bien, ajustándose a sus esperanzas reales de producción. Para la fijación de este rendimiento, se deberá tener en cuenta, entre otros factores, la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminará el de mejor y peor resultado.

2. Si AGROSEGURO, discrepara de la producción declarada en alguna parcela, se corregirá por acuerdo amistoso entre las partes; si no fuera posible alcanzar dicho acuerdo, corresponderá al asegurado demostrar los rendimientos.

Artículo 6. Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación de este seguro se extiende a todas las parcelas de hortalizas cultivadas al aire libre, de los cultivos asegurables, situadas en las Comunidades Autónomas de la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El ámbito de aplicación de este seguro se distribuye por áreas, en función de los riesgos cubiertos y periodos de garantías, tal y como se establece en el anexo III.

Artículo 7. Período de garantías.

1. Garantía a la producción.

a) Inicio de garantías: con la toma de efecto, una vez finalizado el periodo de carencia, y nunca antes de lo especificado en el anexo IV.

b) Final de garantías: en la fecha más próxima de las siguientes:

1.º En el momento de la recolección.

2.º Sobremadurez.

3.º Fecha límite de garantías especificada para cada cultivo en el anexo III.

4.º Para los ciclos 6 y 7 del cultivo del tomate de industria (concentrado y pelado), en la fecha en la que se haya cerrado la recepción de cosecha, en todas las industrias transformadoras de la zona, salvo que se justifique documentalmente que se está entregando la producción en una industria de otra zona, en cuyo caso será cuando cierre ésta.

5.º Extensión de garantías para el cultivo de cebolla: Todos los asegurados tendrán derecho a una extensión de garantías para los riesgos cubiertos, durante el proceso de oreo en las parcelas de cultivo, en el suelo, en hileras, con el límite máximo de 15 días desde la fecha en que fueron arrancadas del suelo.

2. Garantía a las instalaciones.

a) Inicio de garantías: con la toma de efecto.

b) Final de garantías: en la fecha más próxima de las siguientes:

1.º Los 12 meses desde que se iniciaron las garantías.

2.º La toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.

Artículo 8. Período de suscripción.

1. Teniendo en cuenta los períodos de garantía anteriormente indicados y lo establecido en el Trigésimo octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados, el plazo de suscripción se iniciará en las fechas que se determinan a continuación:

Producciones

Inicio de suscripción

Achicoria-raíz para endibia, achicoria-raíz para molturación, alficoz, berenjena, calabacín, calabaza, calçot, cebolla (*), cebolleta, chirivía, chufa, judía verde, melón, melón amargo, nabo, okra, pepinillo, pepino, pimiento, puerro, rábano, remolacha de mesa, sandía, tomate y zanahoria.

15 de enero de 2017

(*) Excepto en el ciclo de cultivo 2 que se inicia el 1 de junio de 2017.

2. Los periodos de suscripción finalizarán en las fechas establecidas en los anexos correspondientes a cada producción.

Artículo 9. Precios unitarios.

Los precios unitarios a aplicar para las distintas especies, variedades e instalaciones del seguro regulado en esta orden, el pago de primas y el importe de indemnizaciones en caso de siniestro, serán elegidos libremente por el agricultor, teniendo en cuenta sus esperanzas de calidad y entre los límites que se relacionan en el anexo V.

En estos precios se han deducido los gastos de recolección y transporte, por tanto, a efectos de indemnización no se podrá realizar ninguna deducción ni compensación por estos conceptos.

Para el cálculo de las indemnizaciones por pérdidas en calidad se entenderá que los precios que figuran en la declaración de seguro son precios medios ponderados por calidades en cada parcela.

Para aquellas parcelas que en la declaración de seguro figuren con precio distinto por pertenecer a Denominaciones de Calidad diferenciada reconocida, el tomador del seguro deberá disponer, en el momento de la contratación, de copia de la certificación de inscripción de dichas parcelas en los registros correspondientes. En el caso de ocurrencia de siniestro, deberá aportarse dicha certificación en el momento de la tasación inmediata o de la tasación definitiva.

En caso de no aportarse dicha certificación, la indemnización se calculará con el precio de la producción convencional.

Disposición adicional única. Autorizaciones.

Excepcionalmente, y si las circunstancias lo aconsejasen, ENESA podrá proceder a la modificación del periodo de suscripción del seguro.

Asimismo, con anterioridad a la fecha de inicio del periodo de suscripción, ENESA también podrá proceder a la modificación de los límites de precios fijados en el artículo 9. Esta modificación deberá ser comunicada a AGROSEGURO con una semana de antelación a la fecha de inicio del periodo de suscripción.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2016.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

ANEXO I

I.1 Daños cubiertos para cada riesgo y cultivo.

Riesgos cubiertos

Daños cubiertos

Sandía

Tomate de industria

Resto de cultivos

Pedrisco (1).

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Helada.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Riesgos excepcionales.

Fauna silvestre.

Incendio.

Inundación-lluvia torrencial.

Lluvia persistente.

Viento huracanado.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Ahuecado.

Calidad.

No cubierto.

No cubierto.

Virosis.

No cubierto.

Reposición y Levantamiento.

No cubierto.

Resto de adversidades climáticas.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

Cantidad y calidad.

(1) Lós daños en calidad ocasionados por el riesgo de pedrisco, en los cultivos de cebolla, cebolleta, melón y sandia se valoraran según el destino de la producción elegido en cada una de las parcelas.

I.2 Módulos de aseguramiento.

Módulo 1:

Garantía

Riesgos cubiertos

Cálculo de la indemnización

Producción.

Pedrisco.

Helada (1).

Riesgos excepcionales (2).

Resto de adversidades climáticas (3).

Explotación (comarca).

Instalaciones.

Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.

Parcela.

Módulo 2:

Garantía

Riesgos cubiertos

Cálculo de la indemnización

Producción.

Pedrisco

Parcela.

Helada (1).

Riesgos excepcionales (2).

Elegible.

Parcela.

Explotación.

Resto de adversidades climáticas (3).

Explotación (comarca).

Instalaciones.

Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.

Parcela.

Módulo 3:

Garantía

Riesgos cubiertos

Cálculo de la indemnización

Producción.

Pedrisco.

Helada (1).

Riesgos excepcionales (2).

Resto de adversidades climáticas (3).

Parcela.

Instalaciones.

Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.

Parcela.

Módulo P:

Garantía

Riesgos cubiertos

Cálculo de la indemnización

Producción.

Pedrisco.

Helada (1) Elegible.

Riesgos Excepcionales(2).

Parcela.

Instalaciones.

Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.

Parcela.

(1) Cubierta para los cultivos, ciclos, ámbitos y con las especificaciones establecidas en el anexo III.

(2) El riesgo excepcional de virosis sólo está cubierto en el cultivo de tomate de industria (ciclos 6 y 7) y el de ahuecado en sandía sólo en este cultivo.

(3) Para el resto de adversidades climáticas se garantiza según periodos:

Durante todo el periodo de garantías: reposición y levantamiento del cultivo

Desde el momento indicado en los anexos IV: los daños sobre la producción ocasionados por estos riesgos.

ANEXO II
Características mínimas de las instalaciones

II.1 Características generales.

Los materiales utilizados, tales como postes, alambres, cables, etc., deberán tener el grosor adecuado y estar en buenas condiciones de uso, además los metálicos deben permanecer sin herrumbres que afecten a la sección. En todo momento la sección libre de corrosión debe ser superior al 70% de la sección total de cada elemento.

Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben cumplir:

Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados y sin pudriciones.

Los postes de hormigón, deberán ser pretensado, no admitiéndose aquellos que presenten grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los mismos.

Los postes metálicos serán galvanizados.

El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.

El Asegurado deberá mantener en perfecto estado de conservación los distintos materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención necesarios para evitar la agravación del riesgo (vientos tensados, recambios de alambres y tubos, etc.).

Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable, puedan ser aseguradas, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique que aún habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas establecidas en este anexo.

Esta certificación tendrá una validez de dos años.

Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada, AGROSEGURO comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia, dando un plazo de 15 días para que se reciba en AGROSEGURO dicho certificado. A partir de este plazo, si no se ha recibido la certificación, AGROSEGURO procederá a excluir las instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima integra de las mismas.

II.2 Características específicas.

Estructuras de protección antigranizo y umbráculos.

Serán asegurables las instalaciones hasta 15 años de edad y que cumplan los requisitos siguientes:

Altura de cumbrera máxima 6 metros.

La retícula de la malla deberá tener 7 mm. de luz máximo.

Dependiendo del material de los postes, deberá disponer al menos uno cada 50 m2, si son metálicos o de madera y uno cada 30 m2 si son de hormigón.

El anclaje será por tensores o vientos, desde el extremo de los postes perimetrales, sujetos a cabillas de material metálico corrugado clavados a una profundidad mínima de 130 cm, no obstante si el terreno tuviera una estructura ligera se deberán duplicar los tensores.

En cualquiera de los casos, deberán estar dimensionados para poder soportar un mínimo de 2.500 Kg. de tracción.

Deberán disponer de elementos separadores, en los postes perimetrales a fin de evitar el rajado de la malla.

Cortavientos.

Serán asegurables únicamente los cortavientos de tela plástica de hasta 10 años de edad, y los cortavientos de obra de hasta 20 años de edad, que tengan una altura mínima de dos veces la del cultivo que protege, y que cumplan los siguientes requisitos:

Para cortavientos de tela plástica:

Los postes deberán estar clavados al suelo al menos 150 cm., y no superar una distancia entre ellos de 3 metros, su altura será variable entre 4 y 8 metros.

La tela plástica, deberá tener una permeabilidad aerodinámica de al menos el 30%., y con ojales suficientes para poder colocar el alambre de sujeción.

Para evitar el pandeo de la tela, dispondrá de un cable o alambre, cada metro de altura en el lado opuesto al del viento dominante.

Para cortavientos de obra: Los cortavientos de obra deben disponer de cimentación a una profundidad variable, según la estructura del terreno, a base de hormigón con varillas metálicas.

Para cortavientos mixtos: Dispondrán de las características indicadas para cada uno de los materiales de que disponga, de acuerdo a lo indicado para los cortavientos de tela plástica y de obra.

Cabezal de riego: Serán asegurables únicamente estas instalaciones si cuentan con una edad igual o inferior a 20 años.

Particularmente, las bombas y motores serán asegurables si tienen una edad igual o inferior a 10 años.

Red de riego localizado: Serán asegurables únicamente estas instalaciones si cuentan con una edad igual o inferior a 20 años.

Para el caso de las instalaciones de riego, la citada certificación debe venir referida al correcto funcionamiento de dichas instalaciones.

ANEXO III
Ámbito, cobertura del riesgo de helada, finalización del periodo de suscripción, ciclos de cultivo y fechas límites de garantía para las diferentes producciones

III.1 Berenjena:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.11.2017

Cádiz.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

Córdoba.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Granada.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Huelva.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

15.09.2017

Jaén.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

Málaga.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Sevilla.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Aragón.

Huesca.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Teruel.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

Zaragoza.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Cantabria.

Cantabria.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Cataluña.

Barcelona.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.09.2017

Girona.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

LLeida.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Tarragona.

Comarcas de: Ribera de Ebro, Bajo Ebro, Campo de Tarragona, y Bajo Penedés.

Términos municipales de: Capafons, Febro, Montreal, La Palma de Ebro y Prades de la Comarca Priorato-Prades y el término municipal de Querol de la comarca Segarra.

Si

31.05.2017

15.10.2017

Resto de comarcas y términos municipales.

No

31.05.2017

15.10.2017

Castilla y León.

Ávila.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Burgos.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

León.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Palencia.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Salamanca.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Segovia.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Soria.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Zamora.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Castilla-La Mancha.

Albacete.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Ciudad Real.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Cuenca.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Guadalajara.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Toledo.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Extremadura.

Cáceres.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Badajoz.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

15.09.2017

Galicia.

A Coruña.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Ourense.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

31.10.2017

Comunidad de Madrid.

Madrid.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

Región de Murcia.

Murcia.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.11.2017

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Gipuzkoa.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Bizkaia.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Castelló/Castellón.

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

31.10.2017

València/Valencia.

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

III.2 Cebolla, calçot, cebolleta y puerro*:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

2

Todas las comarcas.

Si

31.01.2018

31.08.2018

Cádiz.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

Todas las comarcas.

Si

31.12.2017

30.06.2018

Córdoba.

1

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

30.09.2017

2

Todas las comarcas.

31.01.2018

30.06.2018

Granada.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

2

Si

31.01.2018

15.07.2018

Huelva.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

31.01.2018

30.06.2018

Jaén.

1

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.11.2017

2

Todas las comarcas.

Si

31.01.2018

30.06.2018

Málaga.

1

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

31.10.2017

2

No

31.01.2018

30.06.2018

Sevilla.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

31.01.2018

30.06.2018

Aragón.

Huesca.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

2

31.01.2018

15.06.2018

Teruel.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Zaragoza.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

2

Término municipal de Zaragoza.

Si

31.01.2018

15.06.2018

Resto de comarcas.

No

Castilla–La Mancha.

Albacete.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.11.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Ciudad Real.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

20.10.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Cuenca.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.11.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Guadalajara.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

20.10.2017

Toledo.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Castilla y León.

Ávila.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Burgos.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

León.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Palencia.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.11.2017

Salamanca.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Segovia.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Soria.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Zamora.

1

Comarcas: Benavente y Los Valles, Campo Pan y Bajo Duero.

No

31.05.2017

30.11.2017

Resto de comarcas.

No

30.09.2017

Cantabria.

Cantabria.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Cataluña.

Barcelona.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

31.12.2017

31.05.2018

Girona.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lleida.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Tarragona.

1

Bajo Ebro, Ribera de Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedés y los términos municipales de Querol, La Palma de Ebro, Prades, Febro, Capafons y Montreal,.

Si

31.05.2017

15.10.2017

Resto de comarcas.

No

2

Bajo Ebro, Ribera de Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedes y los T.M. de Querol, La Palma de Ebro, Prades, Febro, Capafons y Montreal.

Si

31.01.2018

15.07.2018

Resto de comarcas.

No

Extremadura.

Cáceres.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

30.09.2017

2

Si

31.12.2017

15.07.2018

Badajoz.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

31.08.2017

2

31.12.2017

15.07.2018

Galicia.

A Coruña.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

1

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

30.09.2017

Ourense.

1

Todas las comarcas.

Si

30.04.2017

30.09.2017

Pontevedra.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.08.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

1

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.08.2017

2

31.12.2017

30.06.2018

Comunidad de Madrid.

Madrid.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

2

Si

31.01.2018

15.07.2018

Región de Murcia.

Murcia.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.11.2017

2

Todas las comarcas.

Si

31.01.2018

15.08.2018

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

1

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

15.10.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Gipuzkoa.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Bizkaia.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

30.11.2017

2

31.01.2018

31.07.2018

Castelló/Castellón.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

31.10.2017

2

31.01.2018

30.06.2018

València/Valencia.

1

Comarcas: Rincón de Ademuz, Alto Turia, Requena-Utiel y Valle de Ayora.

No

31.05.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

30.04.2017

31.08.2017

2

Todas las comarcas.

31.01.2018

30.06.2018

(*) Para el cultivo de puerro, en el ciclo de cultivo 1 en las provincias de Albacete, Alicante, Murcia: La finalización del periodo de suscripción será el 31-07-2017.

III.3 Judía verde:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

-

Todas las comarcas.

No

30.09.2017

31.12.2017

Cádiz.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.11.2017

Córdoba.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.10.2017

Granada.

1

Todas las comarcas.

No

15.04.2017

15.07.2017

3

Comarca: La Costa.

15.08.2017

31.10.2017

3

Resto de comarcas.

15.06.2017

Jaén.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.11.2017

Huelva.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.06.2017

Málaga.

1

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.08.2017

3

Si

15.08.2017

30.11.2017

Sevilla.

-

Todas las comarcas.

No

15.08.2017

30.11.2017

Aragón.

Huesca.

-

Todas las comarcas.

No

10.08.2017

31.10.2017

Teruel.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Zaragoza.

-

Todas las comarcas.

No

10.08.2017

31.10.2017

Cantabria.

Cantabria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Castilla y León.

Ávila.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Burgos.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

León.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Palencia.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Salamanca.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Segovia.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Soria.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Valladolid.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Zamora.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Castilla La Mancha.

Albacete.

2

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

15.09.2017

3

Todas las comarcas.

15.08.2017

31.10.2017

Ciudad Real.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

30.09.2017

Cuenca.

2

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

15.09.2017

3

Comarcas: Mancha Baja y Manchuela.

15.08.2017

31.10.2017

3

Resto de comarcas.

No

Guadalajara.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Toledo.

-

Todas las comarcas.

No

15.08.2017

31.10.2017

Cataluña.

Barcelona.

-

Todas las comarcas.

No

31.07.2017

30.11.2017

Girona.

-

Todas las comarcas.

No

31.07.2017

30.11.2017

Lleida.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Tarragona.

-

Todas las comarcas.

No

31.07.2017

30.11.2017

Extremadura.

Cáceres.

-

Todas las comarcas.

No

15.08.2017

30.09.2017

Badajoz.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.08.2017

Galicia.

A Coruña.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Ourense.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

31.07.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.11.2017

Comunidad de Madrid.

Madrid.

-

Todas las comarcas.

No

15.08.2017

31.10.2017

Región de Murcia.

Murcia.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.11.2017

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

-

Todas las comarcas.

No

10.08.2017

31.10.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

-

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

15.10.2017

Gipuzkoa.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Bizkaia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

-

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

Todas las comarcas.

No

10.08.2017

31.10.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

-

Todas las comarcas.

No

30.09.2017

31.12.2017

Castelló/Castellón.

1

Comarcas: Bajo Maestrazgo, Llanos Centrales, Peñagolosa, Litoral Norte, La Plana y Palancia.

15.05.2017

31.08.2017

Resto de comarcas.

No

3

Comarcas: Bajo Maestrazgo, Llanos Centrales, Peñagolosa, Litoral Norte, La Plana y Palancia.

15.08.2017

30.11.2017

Resto de comarcas.

No

València/Valencia.

1

Todas las comarcas.

15.05.2017

31.08.2017

3

Todas las comarcas.

No

31.08.2017

30.11.2017

III.4 Melón, melón amargo (1), alficoz (1), calabaza (2), calabacín, okra (1), pepino y pepinillo:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

1

Todas las comarcas.

15.03.2017

31.07.2017

2

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

10.10.2017 (*)

Cádiz.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Córdoba.

-

Todas las comarcas.

01.05.2017

30.09.2017

Granada.

1

Todas las comarcas.

15.03.2017

31.07.2017

2

No

30.06.2017

10.10.2017

Huelva.

-

Todas las comarcas.

01.05.2017

30.09.2017

Jaén.

-

Todas las comarcas.

01.05.2017

31.10.2017

Málaga.

-

Todas las comarcas.

01.05.2017

30.09.2017

Sevilla.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Aragón.

Huesca.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Teruel.

-

Todas las comarcas.

Si

31.05.2017

30.09.2017

Zaragoza.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Cantabria.

Cantabria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Castilla y León.

Ávila.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

31.10.2017

Burgos.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

León.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Palencia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Salamanca.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

15.10.2017

Segovia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Soria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Zamora.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

15.10.2017

Castilla La Mancha.

Albacete.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

10.10.2017

Cuenca.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

10.10.2017

Ciudad Real.

-

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

10.10.2017

Guadalajara.

-

Todas las comarcas.

15.06.2017

30.09.2017

Toledo.

-

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

10.10.2017

Cataluña.

Barcelona.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Girona.

-

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

30.09.2017

Lleida.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Tarragona.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

15.08.2017 (*)

2

31.05.2017

30.09.2017 (*)

Extremadura.

Cáceres.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Badajoz.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Galicia.

A Coruña.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Ourense.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

31.05.2017

30.09.2017 (*)

Comunidad de Madrid.

Madrid.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

10.10.2017

Región de Murcia.

Murcia.

1

Todas las comarcas.

15.03.2017

15.08.2017

2

Todas las comarcas.

No

15.07.2017

10.10.2017 (*)

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.09.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Gipuzkoa.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Bizkaia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

-

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

30.09.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

1

Todas las comarcas.

15.03.2017

15.08.2017

2

No

15.07.2017

10.10.2017 (*)

Castelló/Castellón.

1

Bajo Maestrazgo, Llanos Centrales, Peñagolosa, Litoral Norte, La Plana y Palancia.

30.04.2017

15.08.2017

Resto de comarcas.

No

2

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017 (*)

València/Valencia.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017 (*)

(1) Los cultivos de melón amargo, alficoz y okra no tienen cubierto el riesgo de helada.

(2) Para el cultivo de calabaza, en todas las provincias la fecha límite de garantías será el 10-10-2017, excepto las que figuran con (*) que será el 15-11-2017.

III.5 Pimiento:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

1

Comarcas de Los Vélez y Alto Almanzora.

15.06.2017

15.11.2017

Resto comarcas.

30.11.2017

2

Todas las comarcas.

No

31.10.2017

Cádiz.

-

Comarcas de: Campiña de Cádiz, Costa Noroeste de Cádiz, de La Janda y Campo de Gibraltar.

31.05.2017

30.09.2017

Resto de comarcas.

No

Córdoba.

-

Comarcas de: Campiña Baja y Campiña Alta.

31.05.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

No

Granada.

-

Comarcas: De la Vega, Guadix, Alhama, Las Alpujarras, Baza, Montefrío y Huescar.

No

31.05.2017

15.10.2017

Resto de comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Huelva.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

31.10.2017

Jaén.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

31.10.2017

Málaga.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

15.11.2017

Sevilla.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Aragón.

Huesca.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Teruel.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Zaragoza.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Cantabria.

Cantabria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Castilla y León.

Ávila.

-

Todas de comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Burgos.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

León.

1

Comarcas: El Bierzo, Astorga y Esla-Campos.

15.06.2017

31.10.2017

2

Todas las comarcas.

No

Palencia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Salamanca.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Segovia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Soria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

-

Comarca: Centro.

31.05.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Zamora.

1

Comarcas: Benavente y Los Valles y Duero Bajo.

31.05.2017

31.10.2017

2

Todas las comarcas.

No

Castilla La Mancha.

Albacete.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Ciudad Real.

1

Todas las comarcas.

31.05.2017

31.10.2017

2

No

Cuenca.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Guadalajara.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Toledo.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

15.10.2017

Cataluña.

Barcelona.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.11.2017

Girona.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.11.2017

Lleida.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Tarragona.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

15.11.2017

Extremadura.

Cáceres.

-

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

31.10.2017

Badajoz.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Galicia.

A Coruña.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Lugo.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Ourense.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

-

Comarcas: Litoral, Interior y Miño.

31.05.2017

31.07.2017

Resto de comarcas.

No

30.09.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

-

Todas las comarcas.

15.05.2017

31.10.2017

Comunidad de Madrid.

Madrid.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

15.10.2017

Murcia.

Murcia.

1

Todas las comarcas.

15.06.2017

15.12.2017

2

No

15.11.2017

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Gipuzkoa.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Bizkaia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

La Rioja.

La Rioja.

1

IGP Pimiento Riojano, T.M. de las comarcas: Rioja Alta, Rioja Media, y Rioja Baja.

Si

15.06.2017

31.10.2017

2

Todas las comarcas.

No

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

-

Comarca: Vinalopó.

No

15.06.2017

30.11.2017

Resto Comarcas.

31.05.2017

30.11.2017

Castelló/Castellón.

-

Comarcas: Bajo Maestrazgo, Llanos Centrales, Peñagolosa. Litoral Norte, La Plana y Palanciá.

15.05.2017

30.11.2017

Resto Comarcas.

No

València/Valencia.

-

Comarcas: Campos de Liria, Hoya de Buñol, Huerta de Valencia, Riberas del Júcar, Gandia y Sagunto, Enguera y la Canal.

31.05.2017

31.10.2017

La Costera de Játiva y Valles de Albaida, Alto Turia.

No

15.06.2017

Resto de comarcas.

No

31.05.2017

III.6 Sandía:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

15.07.2017

30.09.2017

Cádiz.

-

Todas las comarcas.

30.04.2017

30.09.2017

Córdoba.

-

Todas las comarcas.

30.04.2017

31.08.2017

Granada.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Huelva.

-

Todas las comarcas.

30.04.2017

31.08.2017

Jaén.

-

Todas las comarcas.

30.04.2017

30.09.2017

Málaga.

-

Todas las comarcas.

30.04.2017

30.09.2017

Sevilla.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.08.2017

Aragón.

Huesca.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.09.2017

Teruel.

-

Todas las comarcas.

15.06.2017

30.09.2017

Zaragoza.

-

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.09.2017

Cantabria.

Cantabria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Castilla y León.

Ávila.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Burgos.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

León.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Palencia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Salamanca.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Segovia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Soria.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Zamora.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Castilla La Mancha.

Albacete.

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.09.2017

Ciudad Real.

-

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Cuenca.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Guadalajara.

-

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Toledo.

-

Todas las comarcas.

No

10.06.2017

30.09.2017

Cataluña.

Barcelona.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Girona.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lleida.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Tarragona.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Extremadura.

Cáceres.

-

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

31.08.2017

Badajoz.

-

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

31.08.2017

Galicia.

A Coruña.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Ourense.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

15.06.2017

30.09.2017

Comunidad de Madrid.

Madrid.

-

Todas las comarcas.

No

10.06.2017

31.08.2017

Región de Murcia.

Murcia.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

15.07.2017

30.09.2017

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Gipuzkoa.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Bizkaia.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

-

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

15.07.2017

30.09.2017

Castelló/Castellón.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

No

15.06.2017

30.09.2017

València/Valencia.

1

Todas las comarcas.

30.04.2017

15.08.2017

2

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

30.09.2017

III.7 Tomate:

Comunidad Autónoma

Provincia

Destino

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fechas límite de garantía

Andalucía.

Almería.

Todos.

1

Comarcas: Bajo Almanzora, Campo Dalías, Campo Níjar y Bajo Andarax.

31.03.2017

30.09.2017

Resto de comarcas.

No

2

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

3

Comarca: Alto Almanzora.

15.07.2017

30.11.2017

Comarcas: Bajo Almanzora, Campo Dalias y los T.M.de Almería, Carboneros, Huercal de Almería, Níjar y Viator.

15.12.2017

Resto de comarcas.

No

30.11.2017

4

Ámbito geográfico del anexo III.7A.

31.10.2017

30.06.2018

Cádiz.

Fresco.

1

Comarcas: Campiña de Cádiz, Costa Noroeste de Cádiz, De La Janda y Campo Gibraltar.

31.05.2017

31.08.2017

Resto de comarcas.

No

2

Todas las comarcas.

31.05.2017

15.10.2017

3

Todas las comarcas.

15.07.2017

15.12.2017

Industria.

6

Todas las comarcas.

15.05.2017

30.09.2017

7

Todas las comarcas.

15.06.2017

15.10.2017

Córdoba.

Todos.

5

Comarcas: Campiña Baja y Campiña Alta.

31.03.2017

30.09.2017

Resto Comarcas.

No

Granada.

Fresco.

1

Todas las comarcas.

No

31.03.2017

15.09.2017

2

Comarca Alhama: términos de Alhama de Granada, Arenas del Rey, Jayena y Zafarraya.

31.05.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

No

Industria.

6

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

30.09.2017

7

15.06.2017

15.10.2017

Huelva.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.09.2017

Jaén.

Todos.

5

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.09.2017

Málaga.

Todos.

5

Todas las comarcas.

31.05.2017

30.11.2017

Sevilla.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.09.2017

Industria.

6

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

30.09.2017

7

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

15.10.2017

Aragón.

Huesca.

Todos.

5

Comarcas: Hoya de Huesca, Somontano, Monegros, La litera y Bajo Cinca.

31.05.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

No

Teruel.

Todos.

5

Comarca: Bajo Aragón.

31.05.2017

15.10.2017

Resto de comarcas.

No

Zaragoza.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Industria.

6

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

15.09.2017

7

15.06.2017

31.10.2017

Cantabria.

Cantabria.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Castilla y León.

Ávila.

Todos.

5

Comarcas: Valle del Tiétar y Valle Bajo Alberche.

31.05.2017

15.10.2017

Resto comarcas.

No

Burgos.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

León.

Todos.

5

Comarcas: Bierzo, Astorga, y Esla Campos.

31.05.2017

30.09.2017

Resto comarcas.

No

Palencia.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Salamanca.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Segovia.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Soria.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Valladolid.

Todos.

5

Centro.

31.05.2017

30.09.2017

Resto comarcas.

No

Zamora.

Todos.

5

Comarcas: Benavente,, Los Valles y Duero Bajo.

31.05.2017

30.09.2017

Resto comarcas.

No

Castilla-La Mancha.

Albacete.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Ciudad Real.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Cuenca.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.09.2017

Guadalajara.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Toledo.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Industria.

6

15.05.2017

31.08.2017

7

15.06.2017

15.10.2017

Cataluña.

Barcelona.

Todos.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

30.09.2017

3

30.06.2017

30.11.2017

Girona.

Todos.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

30.09.2017

3

30.06.2017

30.11.2017

Lleida.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Tarragona.

Todos.

1

Comarcas: Ribera de Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedés y los T.M.de Querón, La Palma de Ebro, Prades, Febro, Capafons y Montreal.

30.04.2017

31.08.2017

Resto de comarcas.

No

30.04.2017

31.08.2017

3

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.11.2017

Extremadura.

Badajoz.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Industria.

6

15.05.2017

30.09.2017

7

15.06.2017

15.10.2017

Cáceres.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Industria.

6

15.05.2017

30.09.2017

7

15.06.2017

15.10.2017

Galicia.

A Coruña.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Lugo.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Ourense.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

30.09.2017

Pontevedra.

Todos.

5

Comarcas: Litoral, Interior y Miño.

31.05.2017

31.08.2017

Resto comarcas.

No

Illes Balears.

Illes Balears.

Todos.

1

Todas las comarcas.

31.03.2017

15.08.2017

3

No

30.06.2017

15.11.2017

Comunidad de Madrid.

Madrid.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

15.10.2017

Región de Murcia.

Murcia.

Todos.

1

Comarcas: Centro, Río Segura, Suroeste, y Valle de Guadalentín y Campo de Cartagena.

31.03.2017

30.09.2017

Resto de comarcas.

No

2

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

3

Comarcas: Suroeste, Valle del Guadalentín, Campo de Cartagena y los T.M.de Albanilla, Fortuna, Molina de Segura y Murcia.

15.07.2017

15.12.2017

Resto de comarcas.

No

4

Ámbito geográfico del Anexo III.7.A.

31.10.2017

30.06.2018

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Industria.

6

15.05.2017

15.09.2017

7

15.06.2017

31.10.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Gipuzkoa.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Bizkaia.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

Todos.

5

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

15.10.2017

La Rioja.

La Rioja.

Fresco.

5

Todas las comarcas.

No

31.05.2017

31.10.2017

Industria.

6

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

15.09.2017

Industria.

7

Todas las comarcas.

No

15.06.2017

31.10.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

Todos.

1

Todas las comarcas.

31.03.2017

15.09.2017

2

No

31.05.2017

31.10.2017

3

Ámbito geográfico del anexo III.7.A.

30.06.2017

15.12.2017

3

Resto del ámbito geográfico no incluido en el anexo III.7.A.

No

15.07.2017

31.12.2017

4

Ámbito geográfico del anexo III.7.A.

31.10.2017

30.06.2018

Castelló/Castellón.

Todos.

1

Comarcas: Bajo Maestrazgo, Llanos Centrales, Peñagolosa, Litoral Norte, La Plana y Palancia.

31.03.2017

31.08.2017

Resto de comarcas.

No

31.03.2017

31.08.2017

2

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

30.09.2017

3

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.11.2017

València/Valencia.

Todos.

1

Comarcas: Alto Turia, Campos de Liria, Requena-Utiel, Hoya de Buñol, Sagunto, Huerta de Valencia, Riberas del Júcar, Gandia, Enguera y la Canal, La Costera de Játiva y Valles de Albaida.

31.03.2017

15.08.2017

Resto de comarcas.

No

31.03.2017

15.08.2017

3

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

15.11.2017

III.7.A Clasificación del ámbito por áreas en cultivo tomate:

Comunidad Autónoma

Provincia

Comarca

Términos municipales

Andalucía.

Almería.

Alto Andarax.

Alhama de Almería y Bentarique.

Alto Almanzora.

Albox, Arboleas, Cantoria, Oria, Taberno y Zurgena.

Bajo Almanzora.

Antas, Bedar, Cuevas de Almanzora, Gallardos (Los), Garrucha, Huercal-Overa, Mojacar, Pulpi, Turre y Vera.

Campo Dalías.

Adra, Berja, Dalias, Enix, Felix, Roquetas de Mar, Vicar, El Ejido y La Mojonera.

Campo Nijar y Bajo Andarax.

Todos.

Campo Tabernas.

Lucainena de las Torres, Tabernas, Sorbas y Uleila del Campo.

Río Nacimiento.

Abla, Albodoluy, Alhabia, Fiñana, Gergal y Abrucena.

Región de Murcia.

Murcia.

Nordeste.

Abanilla, Fortuna.

Río Segura.

Molina de Segura, Blanca, Santomera y Murcia.

Suroeste y Valle Guadalentín.

Todos los términos.

Campo de Cartagena.

Todos los términos.

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

Central.

Alicante, Campello, Muchamiel, San Juan de Alicante, San Vicente de Raspeig.y Villajoyosa.

Meridional,.

Albatera, Almoradí, Benferrí, Callosa de Segura, Catral, Cox, Elche, Granja de Rocamora, Guardamar, Los Montesinos, Orihuela, Redovan, Rojales, San Isidro, San Miguel de Salinas, Pilar de la Horadada Crevillente, Dolores, San Fulgencio, Santa Pola y Torrevieja.

Vinalopó.

Agost, Aspe, Monforte del Cid y Novelda.

III.8 Achicoria-raíz para endibia, achicoria-raíz para molturación, chirivía, chufa, nabo, rábano, remolacha de mesa y zanahoria:

Comunidad Autónoma

Provincia

Ciclo de cultivo

Ámbito de aplicación

Riesgo de helada cubierto

Finalización período de suscripción

Fecha límite de garantías

Andalucía.

Almería.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Cádiz.

1

Todas las comarcas.

No

31.08.2017

30.09.2017

2

14.01.2018

31.05.2018

Córdoba.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

15.11.2017

30.04.2018

Granada.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Huelva.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

31.10.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Jaén.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Málaga.

1

Todas las comarcas.

No

30.04.2017

31.10.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Sevilla.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

14.01.2018

31.05.2018

Aragón.

Huesca.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Teruel.

1

Todas las comarcas.

30.06.2017

30.09.2017

2

30.11.2017

Zaragoza.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Cantabria.

Cantabria.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Castilla y León.

Ávila.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Burgos.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

La Ribera.

31.07.2017

15.12.2017

León.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Palencia.

1

Todas las comarcas.

15.04.2017

31.10.2017

2

31.07.2017

30.11.2017

Salamanca.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Segovia.

1

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

31.10.2017

2

31.07.2017

28.02.2018

Soria.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

31.07.2017

30.11.2017

Valladolid.

1

Todas las comarcas.

No

15.05.2017

31.10.2017

2

31.07.2017

28.02.2018

Zamora.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Castilla-La Mancha.

Albacete.

1

Comarca de Almansa y Centro.

31.08.2017

31.12.2017

Resto de comarcas.

No

31.08.2017

31.12.2017

2

Comarca de Almansa y

Centro.

30.11.2017

31.05.2018

Resto de comarcas.

No

30.11.2017

31.05.2018

Ciudad Real.

1

Todas las comarcas.

No

15.04.2017

31.10.2017

Cuenca.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Guadalajara.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Toledo.

1

Todas las comarcas.

15.04.2017

31.10.2017

2

30.06.2017

30.11.2017

Cataluña.

Barcelona.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

31.10.2017

2

No

30.09.2017

28.02.2018

Girona.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Lleida.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Tarragona.

1

Bajo Ebro, Ribera de Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedés y los términos municipales de Querol, La Palma de Ebro, Prades, Febro, Capafons y Montreal,.

30.06.2017

31.10.2017

Resto de comarcas.

No

2

Bajo Ebro, Ribera de Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedés y los T.M. de Querol, La Palma de Ebro, Prades, Febro, Capafons y Montreal.

15.11.2017

28.02.2018

Resto de comarcas.

No

Extremadura.

Cáceres.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Badajoz.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Galicia.

A Coruña.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

15.09.2017

Lugo.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Ourense.

1

Todas las comarcas.

30.06.2017

15.09.2017

Pontevedra.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

15.09.2017

Illes Balears.

Illes Balears.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

31.10.2017

2

15.11.2017

31.05.2018

Comunidad de Madrid.

Madrid.

1

Todas las comarcas.

15.04.2017

31.10.2017

2

Todas las comarcas.

30.06.2017

30.11.2017

Región de Murcia.

Murcia.

1

Todas las comarcas.

31.08.2017

31.12.2017

2

Campo de Cartagena y Suroeste y Valle de Guadalentín y los T.M. de Jumilla y Yecla de la comarca Nordeste.

30.11.2017

31.05.2018

2

Resto de comarcas.

No

30.11.2017

31.05.2018

Comunidad Foral de Navarra.

Navarra.

1

Todas las comarcas.

30.06.2017

30.09.2017

2

30.11.2017

País Vasco.

Araba/Álava.

1

Todas las comarcas.

30.06.2017

31.10.2017

Gipuzkoa.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Bizkaia.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

Principado de Asturias.

Asturias.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

La Rioja.

La Rioja.

1

Todas las comarcas.

30.06.2017

30.09.2017

2

Todas las comarcas.

30.06.2017

30.11.2017

Comunitat Valenciana.

Alacant/Alicante.

1

Todas las comarcas.

31.08.2017

31.12.2017

2

Todas las comarcas.

30.11.2017

31.05.2018

Castelló/Castellón.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

30.09.2017

València/Valencia.

1

Todas las comarcas.

No

30.06.2017

31.10.2017

2

Todas las comarcas.

15.11.2017

31.03.2018

ANEXO IV
Periodos de garantías

Garantía

Riesgos

Período de garantías

Inicio

Final

Producción

Pedrisco

Para trasplantes:

El arraigue.

Para siembra directa:

La 1.ª hoja verdadera.

Fecha más temprana entre:

Recolección.

Sobremadurez.

Fecha límite de garantías (según cultivos en anexo III).

Helada

Riesgos excepcionales.

Fauna silvestre.

Incendio.

Inundación-lluvia torrencial.

Lluvia persistente.

Viento huracanado.

Ahuecado en sandía.

Virosis.

10 semanas tras el arraigue o la 1ª hoja verdadera si es de siembra directa.

Resto de adversidades climáticas.

Reposición y levantamiento.

Fecha más temprana entre:

Recolección.

Sobremadurez.

Fecha límite de garantías (según cultivos en anexo III)

Asolanado de los frutos unas vez realizada la 1ª recolección.

Daños.

Según lo especificado por cultivos en el anexo IV.1 y IV.2.

Instalaciones

Todos los cubiertos en la garantía a la producción

Toma de efecto.

Fecha más temprana entre:

Toma de efecto del seguro del año siguiente.

12 meses desde inicio de garantías.

IV.1 Inicio de garantías.

Hortalizas de recolección única:

Cultivo

Inicio de garantías

Achicoria-raíz para endibia.

Comienzo del engrosamiento de las raíces.

Achicoria-raíz para molturación.

Comienzo del engrosamiento de las raíces.

Cebolla.

Diámetro medio superior a 3 cm.

Cebolleta.

Diámetro medio superior a 3 cm.

Puerro.

Inicio de la formación del bulbo.

Resto hortalizas aprovechamiento raíz.

Comienzo del engrosamiento de las raíces. Diámetro de la misma mayor a 0,5 cm.

IV.2 Hortalizas de recolección escalonada:

Cultivo

Inicio de garantías

Berenjena.

Frutos cuajados.

Calabacín.

Frutos de tamaño mayor a 3 cm.

Calabaza.

Frutos de tamaño mayor a 3 cm.

Judía verde.

Vainas formadas.

Melón.

Frutos de tamaño mayor a 3 cm.

Pepino.

Frutos de tamaño mayor a 3 cm.

Pimiento.

Frutos cuajados a partir del primer piso.

Sandía.

Frutos de tamaño mayor a 3 cm.

Tomate.

Frutos cuajados a partir del segundo piso.

Resto hortalizas aprovechamiento fruto.

Frutos que alcancen el 50% del tamaño que se comercializa.

ANEXO V
Precios a efectos del seguro

V.1 Precios producciones:

Producciones

Provincias

Tipos, variedades, aprovechamientos

Precios € /100 Kg

Producciones tradicionales

Producciones ecológicas

Mínimos

Máximo

Mínimos

Máximos

Alficoz

Todas

Todas.

16

24

20

29

Berenjena

Ciudad Real

Variedad Almagro.

25

36

30

43

Resto

Todas las variedades.

18

25

22

30

Achicoria raíz

Todas

Para molturar.

8

13

10

16

Para endibia.

8

13

10

16

Calabaza

Todas

Todas.

20

30

24

36

Luffa para esponja vegetal.

24

36

29

43

Calabacín

Todas

Todas.

16

24

19

29

Calçot

Todas

Todas.

2**

3 **

3**

4**

Cebolla

Todas

Blancas para fresco.

12

18

14

22

Blancas para industria.

8

12

10

14

Amarilla.

10

14

12

17

Roja, roja de Figueres.

15

25

18

30

Dulce, cebollita dulce francesa, Chalota.

18

30

22

36

D.O.P. Cebolla Fuentes de Ebro*

Variedades: Dulce de Fuentes y Blanca Gruesa de Fuentes.

30

50

36

60

Cebolleta

Todas

Todas.

3**

4**

4**

5**

Chirivía

Todas

Todas.

14

20

17

24

Chufa

Todas

Todas.

26

39

31

47

Judía verde

Todas

Fresco.

60

98

72

118

Todas

Industria.

15

22

18

26

Todas

Pochas.

18

27

22

32

Todas

Garrofón.

100

150

120

180

Melón

I.G.P. Melón de La Mancha *

Piel de sapo.

25

36

30

43

Todas

Cantalupo.

25

36

30

43

Todas

Todos los tipos excepto las variedades: Piel de sapo en «IGP Melón de La Mancha» y Cantalupo.

19

28

23

34

Melón amargo

Todas

Todas.

20

40

24

48

Nabo

Todas

Todas.

24

35

29

42

Okra

Todas

Todas.

14

22

17

26

Pepino

Todas

Todas.

18

27

22

32

Pepinillo

Todas

Todos.

26

39

31

47

Pimiento

Todas

Padrón.

60

96

72

115

Todas

Fresco.

35

50

42

60

Todas

Para pimentón.

22

40

27

48

D.O.P. Pimiento de Gernika*

Pimiento de Gernika-Fresco.

200

350

240

420

Variedades con marca de calidad Euskal Baserri País Vasco

Fresco.

100

175

120

210

País Vasco

Guindillas de Ibarra.

150

270

180

324

Todas

Guindilla.

32

45

38

54

D.O. Piquillo de Lodosa *

Piquillo-industria.

35

50

42

60

Resto

Piquillo-industria.

25

35

30

42

Todas

Pico-industria.

20

30

24

36

León-Comarca Bierzo

Ecotipo «pimiento del Bierzo».

38

55

46

66

I.G.P. Pimiento de Fresno-Benavente *

Provincias del Noroeste de Castilla y León

Fresco.

38

55

46

66

I.G.P. Pimiento Riojano *

Najerano.

90

160

108

192

Todas

Resto variedades industria.

12

18

14

22

Puerro

Todas

Todos.

25

35

30

42

Remolacha de mesa

Todas

Todos.

18

25

22

30

Rábano

Todas

Todos.

20

30

24

36

Sandía

Todas

Variedades apirenas (sin pepitas).

10

14

12

17

Resto variedades.

8

12

10

14

Tomate

Todas las provincias.Variedades para consumo en fresco

Raff y similares.

120

190

144

228

Rosa, Corazón de buey, Muchamiel y similares.

120

190

144

228

Cherry y similares.

90

125

108

150

Rama.

40

65

48

78

Calidad Eusko Label.

100

190

120

228

Calidad Eusko Baserri.

60

85

72

102

Ramallet en Illes Balears, Cataluña y Comunidad Valenciana.

110

175

132

210

Resto variedades.

30

50

36

60

Todas las provincias. Variedades para industria

Para pelado.

7

9

9

11

Para concentrado.

6

8,5

8

10

Zanahoria

Todas

En manojo.

18

27

22

32

Resto de variedades.

9

18

11

22

* D.O.P. Cebolla Fuentes de Ebro: Términos municipales de: Fuentes de Ebro, Mediana de Aragón, Osera de Ebro, Pina de Ebro, Quinto, Villafranca de Ebro.

* I.G.P. Melon de la Mancha: Términos municipales de: Alcázar de San Juan, Arenales de San Gregorio, Argamasilla de Alba, Campo de Criptana, Daimiel, Herencia, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Socuéllamos, Tomelloso, Valdepeñas y Villarta de San Juan.

* D.O.P. Pimiento de Gernika: Provincias de Gipuzkoa, Bizkaia y de Alaba/Álava los términos municipales de: Amurrio, Aramaio, Artziniega, Asparrena, Ayala, Legutiano, Llodio, Okondo, Urkabustaiz, Zalduondo, Ziogitia, Zuya,

* D.O. Piquillo de Lodosa: Términos municipales de: Andosilla, Azagra, Cárcar, Lerín, Lodosa, Mendavia, San Adrián y Sartaguda.

* I.G.P. Pimiento de Fresno-Benavente: Términos municipales referenciados en la Resolución de 23 de julio de 2009, de la D.G. de Industria y Mercados Alimentarios (BOE 20-agosto-2009) por la que se concede la protección nacional transitoria a la indicación geográfica protegida <Pimiento de Fresno-Benavente>

* I.G.P. Pimiento Riojano. Variedad Najerano en las zonas de producción de Valles de Rioja Baja, Rioja Media y Rioja Alta

** Precio en €/100 unidades

V.2 Precios para las instalaciones asegurables:

Tipo de instalaciones

€/m ó m2

Precio mínimo

Precio máximo

Cortavientos artificiales de plástico.

4

6

Cortavientos artificiales de obra.

20

40

Estructuras de protección antigranizo.

1

10

Tipo de instalaciones

€/ha

Precio mínimo

Precio máximo

Red de riego localizado.

1.800

4.000

Red de riego por aspersión.

Tradicional.

2.100

2.900

Pivot.

2.100

6.000

Enrolladores.

700

1.400

Cabezales de riego.

250

1.800

subir

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