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Documento BOE-A-2016-12096

Orden ETU/1917/2016, de 22 de noviembre, por la que se declara desierto el concurso para la designación de una empresa encargada de la prestación del elemento de servicio universal relativo a la elaboración y entrega a los abonados al servicio telefónico disponible al público de la guía telefónica, convocado mediante Orden IET/1572/2016, de 30 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2016, páginas 88976 a 88977 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2016-12096

TEXTO ORIGINAL

La Orden IET/1572/2016, de 30 de septiembre, ha aprobado el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la designación de empresa encargada de la prestación del elemento de servicio universal relativo a la elaboración y entrega a los abonados al servicio telefónico disponible al público de la guía telefónica, y ha convocado el correspondiente concurso.

El pliego tiene por objeto el establecimiento de las cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la designación, a través de concurso público y mediante procedimiento abierto, de la empresa encargada de la prestación del elemento del servicio universal relativo a la elaboración y entrega a los abonados al servicio telefónico disponible al público de la guía telefónica, al que se refiere el artículo 30 del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, con las condiciones asequibilidad establecidas en el artículo 35 de dicho reglamento y su normativa de desarrollo.

De acuerdo con la cláusula 5 del pliego de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas aprobado por la mencionada Orden IET/1572/2016, de 30 de septiembre, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 3 de noviembre de 2016, a las 13 horas.

A la finalización del plazo de presentación de solicitudes, fijado en la cláusula 5 del pliego, no se ha recibido solicitud alguna por ningún licitador.

La cláusula 15 del pliego dispone que el otorgamiento de la designación se acuerde por el titular del suprimido Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante orden. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se entiende que esa competencia corresponde en la actualidad al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital.

En consecuencia, ante la ausencia de licitadores, y en aplicación de las previsiones de la cláusula 15 del pliego, la Mesa de Contratación acordó, en su reunión de 7 de noviembre de 2016, elevar al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital propuesta de resolución para declarar desierto el concurso.

Dicha orden deberá publicarse en el perfil de contratante del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Además, de acuerdo con la cláusula 16 del pliego, la orden por la que se acuerde el otorgamiento de la designación licitada se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en uso de la facultad atribuida al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital por la cláusula 15 del pliego aprobado por Orden IET/1572/2016, de 30 de septiembre, y de conformidad con la propuesta de declarar desierto el concurso formulada por la Mesa de Contratación, resuelvo:

Primero.

Declarar desierto el concurso convocado por Orden IET/1572/2016 de 30 de septiembre, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la designación de una empresa encargada de la prestación del elemento de servicio universal relativo a la elaboración y entrega a los abonados al servicio telefónico disponible al público de la guía telefónica.

Segundo.

La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el perfil de contratante del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Tercero.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», o bien impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo dispuesto en los artículos 11.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan ser simultáneos ambos recursos.

Madrid, 22 de noviembre de 2016.–El Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, Álvaro Nadal Belda.

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