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Documento BOE-A-2015-3857

Orden ECD/613/2015, de 23 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafa Puede-Rafael Moreno Villar.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2015, páginas 31192 a 31193 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-3857

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Rafa Puede-Rafael Moreno Villar resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por las siguientes personas: Don Rafael Moreno Gómez, doña María Lourdes Villar Villabáñez, doña María José Pardo Zapata, doña Laura Albaladejo Sáez y doña Mariana Sarabia Rodríguez, según consta en la escritura pública número 142, otorgada el 28 de enero de 2015, ante el Notario del ilustre Colegio de Murcia, Pedro F. Garre Navarro.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en San Javier, provincia de Murcia, calle Monasterio de Santo Domingo de Silos, número 14, CP 30730, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

La dotación inicial de la fundación es de 30.000,00 euros. La dotación es dineraria y ha sido desembolsada en su totalidad.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

Favorecer la autonomía de las personas con discapacidad a través de la investigación y aplicación de recursos y medios técnicos y tecnológicos, así como realizar acciones encaminada a desarrollar o mejorar sus habilidades físicas y sociales con el fin de conseguir una integración efectiva y un buen desarrollo personal.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Rafael Moreno Gómez.

Vicepresidente: Doña María Lourdes Villar Villabáñez.

Secretario: Doña Laura Albaladejo Sáez.

Tesorero: Doña Mariana Sarabia Rodríguez.

Vocal: Doña María José Pardo Zapata.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas en la escritura de constitución.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Rafa Puede-Rafael Moreno Villar y su Patronato.

Madrid, 23 de marzo de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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