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Documento BOE-A-2015-12149

Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para profesores visitantes en centros educativos de Estados Unidos de América y Canadá para el curso académico 2016-2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 2015, páginas 106451 a 106467 (17 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-12149

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (BOE del 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, y de los Acuerdos suscritos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con diversos estados de Estados Unidos y una provincia de Canadá para atender la demanda de enseñanza de la lengua española, anualmente se convocan plazas de profesores visitantes españoles en centros estadounidenses y canadienses de Enseñanza Primaria y Secundaria.

Para los centros educativos participantes y sus alumnos, los profesores visitantes ofrecen la posibilidad de responder a la demanda de enseñanza de la lengua española, de mejorar la calidad de la misma, y de aportar a su plantilla docente una dimensión internacional y multicultural que resulta cada vez más necesaria para las comunidades educativas de los tres países.

Para los participantes en el Programa, que deberán tener el título de maestro, licenciado o graduado, sean o no profesores de cuerpos de funcionarios docentes, la experiencia ofrece la oportunidad de ejercer la docencia en países con un medio cultural y profesional diferente, con lo que ello conlleva de desarrollo profesional y personal, factores que, sin duda, incidirán en la mejora de la calidad de la enseñanza en los centros españoles a los que se incorporen tras esta experiencia.

Los objetivos de este Programa y de su desarrollo futuro se insertan en planes más amplios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte encaminados a favorecer de forma eficaz la enseñanza de las lenguas extranjeras, con los que se pretende fomentar el plurilingüismo y dar prioridad a la competencia en lenguas extranjeras como demanda la sociedad española, en consonancia con la de los países de su entorno y con el lugar que nuestro país ocupa en el contexto internacional en los ámbitos educativo, económico y social.

Por todo ello, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha dispuesto hacer pública la convocatoria de plazas para Profesores Visitantes en Estados Unidos y Canadá, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II, apartado vigésimo, de la Orden ECI/1305/2005 de 20 de abril (BOE del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

1. Plazas

1.1 Las plazas que se ofrecen en Estados Unidos y Canadá están asignadas a centros educativos de Enseñanza Primaria y Secundaria, para impartir docencia a tiempo completo en:

a) Programas de enseñanza bilingüe y de inmersión lingüística, en los que el profesor deberá impartir las áreas curriculares propias del sistema educativo del estado o provincia correspondiente.

b) Español como lengua extranjera.

c) Otras áreas o materias.

1.2 Tanto el número total de plazas que, con carácter provisional, asciende a 735 como los estados y provincias participantes, según figuran en el anexo I, pueden sufrir variaciones en función de la planificación del curso escolar 2016-2017 que lleven a cabo las autoridades educativas de Estados Unidos y Canadá.

2. Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

2.1 Tener nacionalidad española.

2.2 Poseer un nivel avanzado de inglés.

2.3 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

2.4 Estar en posesión de alguna de las titulaciones que se especifican en el anexo II.

3. Méritos de los candidatos

Para elegir destino, los candidatos tendrán en cuenta los méritos que se relacionan en el anexo II.

4. Solicitudes

4.1 Forma de presentación de las solicitudes.

4.1.1 De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los candidatos inscribirán sus solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, aplicación Profex, accesible desde http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/actividad-internacional.

4.1.2 Con antelación a la inscripción de la solicitud, el candidato deberá haberse registrado y haber cumplimentado su currículum en dicha aplicación, adjuntando a dicho currículum la documentación acreditativa de requisitos y méritos de acuerdo a lo señalado en la base 4.1.6.

4.1.3 En la solicitud se deberá indicar si la plaza por la que se opta corresponde a Canadá o a Estados Unidos. En el caso de Estados Unidos, solo se podrá elegir un estado. Los candidatos que opten a una plaza en los estados de la Demarcación Norte que aparecen agrupados en el anexo I de esta convocatoria elegirán igualmente un estado de participación, si bien durante el proceso de selección podrán ser convocados por cualquiera de los estados que conforman el grupo.

4.1.4 Los solicitantes que dispongan de un certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán inscribir y registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel.

4.1.5 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir y firmar el documento pdf que se genera tras la inscripción de la solicitud y presentarlo en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en cualquiera de los Registros Auxiliares del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo.

4.1.6 La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato pdf al apartado de la aplicación Profex que corresponda, con un tamaño máximo de 3MB por fichero. En caso de que el fichero tenga un tamaño superior, deberá comprimirse mediante un sistema de compresión ZIP o RAR para no exceder el límite. La documentación no podrá ser admitida a trámite si no se presenta en formato electrónico o si se presenta a través de vías diferentes a la señalada.

4.2 Plazo de presentación de solicitudes.–El plazo para cumplimentar y presentar la solicitud será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». De conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, el registro electrónico se regirá, a efectos de cómputo de este plazo, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso.

Únicamente serán tenidos en cuenta los requisitos adquiridos con anterioridad a la finalización de dicho plazo, así como los méritos alegados, y debidamente justificados, presentados dentro del mismo.

5. Documentación acreditativa de requisitos

Los candidatos deberán adjuntar obligatoriamente a su solicitud en Profex, en la forma que se especifica en el apartado 4.1.6, la siguiente documentación:

5.1 Acreditación del nivel de conocimientos de inglés o, en su defecto, declaración fechada y firmada de poseer dichos conocimientos, con indicación de la forma en que se obtuvieron.

5.2 Título académico que permite concurrir a la convocatoria, o documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición, preferiblemente acompañado de su correspondiente traducción al inglés, en el mismo fichero (no es necesario que sea una traducción jurada). La no presentación de dicha traducción no será motivo de exclusión en la fase de admisión, si bien esta sí será necesaria para los candidatos convocados a las pruebas y entrevistas, según lo previsto en el apartado 9. En el caso de títulos extranjeros, se adjuntará la homologación correspondiente a la titulación española, también en el mismo fichero.

5.3 Certificación Académica Personal oficial completa, referida a la titulación que permite concurrir a la convocatoria, expedida por la Escuela Universitaria o Facultad donde se hayan realizado los estudios, preferiblemente acompañado de su correspondiente traducción al inglés, en el mismo fichero (no es necesario que sea una traducción jurada). La no presentación de dicha traducción no será motivo de exclusión en la fase de admisión, si bien esta sí será necesaria para los candidatos convocados a las pruebas y entrevistas, según lo previsto en el apartado 9.

5.4 Currículum vítae en inglés con fotografía, en un máximo de dos páginas no manuscritas, empleando la plantilla disponible en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/profesores/convocatorias/espanoles/exterior/visitantes-EEUU-canada.

6. Documentación acreditativa de méritos

Los candidatos deberán adjuntar, en el subapartado que corresponda, del apartado «Currículum» de la aplicación Profex, y en la forma que se especifica en el apartado 4.1.6, la siguiente documentación:

6.1 Certificado de Aptitud Pedagógica (C.A.P.), o título de Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o, en su defecto, título administrativo que acredite la condición de Funcionario de Carrera del Cuerpo de Catedráticos, de Profesores de Enseñanza Secundaria, o de Escuelas de Idiomas (Subapartado «Formación académica»). Deberá tenerse en cuenta que, en algunos estados o provincias, según se detalla en el anexo II, no se valora el título administrativo que acredita la condición de Funcionario de Carrera de los Cuerpos aludidos si no se está en posesión del C.A.P. o del Máster que habilita para el ejercicio de la función docente en los niveles educativos mencionados.

6.2 Certificados acreditativos de los servicios prestados en centros docentes públicos o privados, en España o en el extranjero, expedidos por la autoridad competente, con especificación de las fechas de incorporación y cese, nivel educativo, tipo de dedicación, y materias impartidas. (Subapartado «Experiencia docente»).

6.3 Certificaciones acreditativas de experiencia en otras actividades relacionadas con la docencia (Subapartado «Experiencia docente»).

6.4 Carné de conducir (Subapartado «Documentos anexos»).

6.5 Otros títulos universitarios diferentes al alegado para concurrir a la convocatoria (Subapartado «Formación académica»).

7. Admisión, preselección y notificación a los candidatos

7.1 Recibidas las solicitudes, se revisarán para comprobar si reúnen los requisitos de la convocatoria y, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla, o no reuniese los requisitos precisos, se le notificará al solicitante para que, a través de Profex, subsane la falta o incluya los documentos preceptivos en un plazo máximo de 10 días, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Dicha notificación individual se podrá consultar en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, accesible en la web https://sede.educacion.gob.es/portada.html, a través del enlace «Notificaciones».

En el caso de que el candidato proceda a efectuar la subsanación de defectos u omisiones, deberá inscribir obligatoriamente de nuevo la solicitud en Profex. Si no se lleva a cabo esta nueva inscripción, no quedará constancia de la subsanación efectuada y, por tanto, no surtirá efecto. La inscripción generará una nueva solicitud pero, a diferencia de la primera, no será necesario volver a presentarla en un registro oficial, en una oficina de Correos o registrarla telemáticamente.

7.2 El plazo de subsanación mencionado en el apartado 7.1 comenzará a contar desde la fecha y hora en que el solicitante acceda a la notificación descrita en ese apartado. En caso de que el solicitante no acceda a la notificación en el plazo de diez días naturales desde la emisión de la misma, se entenderá que ha sido rechazada, se hará constar en el expediente y se tendrá por efectuado el trámite.

7.3 Transcurrido el proceso de revisión y subsanación de incidencias en las solicitudes, se hará pública en la dirección de Internet mencionada en el apartado 5.4 la relación de candidatos excluidos del proceso, con especificación de las causas que motivan su exclusión. No obstante, los candidatos podrán consultar, en todo momento, el estado de su solicitud en Profex.

8. Procedimiento de selección

8.1 El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

8.2 De acuerdo con lo establecido en los Acuerdos firmados con los respectivos estados y provincias, la selección definitiva de los profesores participantes corresponde a las Comisiones de selección estadounidenses y canadienses. Respecto a dichas Comisiones de selección se estará a lo dispuesto en el apartado Vigésimo.3 de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

8.3 La selección se llevará a cabo entre aquellos candidatos cuya solicitud haya resultado admitida. El proceso constará de una primera fase de valoración de los expedientes de los candidatos, en virtud de su perfil académico y profesional y de las necesidades de las autoridades educativas contratantes, y de una segunda fase de pruebas y entrevistas personales.

Para la valoración de los expedientes de los candidatos se tendrán en cuenta los méritos específicos recogidos en el anexo II de la presente convocatoria. Dicha valoración servirá para determinar qué candidatos serán convocados a las pruebas y a las entrevistas.

8.4 Las Comisiones de selección llevarán a cabo las entrevistas personales a los candidatos que a tal fin se convoquen, al objeto de valorar su perfil académico, profesional y personal, así como su adecuación a las características del puesto de trabajo y al entorno sociocultural del mismo.

Además de las entrevistas, dichas Comisiones podrán llevar a cabo pruebas dirigidas a valorar el dominio de la lengua inglesa u otros aspectos relacionados con el perfil demandado.

En el anexo III figuran las condiciones y procedimientos específicos de selección de los estados que se relacionan. No obstante, los contenidos de dicho anexo se exponen a título meramente orientativo, pudiendo ser modificados en cualquier momento por las Comisiones de selección. Toda modificación que fuera conocida a este respecto con antelación a la celebración de las pruebas y entrevistas será anunciada en la dirección de Internet mencionada en el apartado 5.4.

8.5 Tanto las entrevistas como las pruebas se llevarán a cabo en Madrid. Con la debida antelación, se hará pública en la dirección de Internet mencionada en el apartado 5.4 la relación de candidatos convocados, con indicación de la fecha y lugar de las correspondientes pruebas y entrevistas, así como su distribución entre las Comisiones de selección. Excepcionalmente, y a instancia de las Comisiones de selección, las autoridades educativas contratantes podrán realizar la entrevista, o parte de la misma, por videoconferencia desde sus sedes en EE.UU. y Canadá. Para ello, el candidato deberá personarse en el lugar, día y hora que se le convoque.

8.6 En su caso, previa valoración del currículum del candidato, se podrá ofrecer a los candidatos no seleccionados en la primera entrevista la posibilidad de realizar otras entrevistas ante Comisiones de estados o provincias que estén participando en el proceso de selección, siempre que dispongan de plazas vacantes cuyas características se adecuen al perfil del candidato.

8.7 La candidatura de un profesor seleccionado por una Comisión no podrá ser tenida en cuenta por otra, salvo que, por causas excepcionales, lo acordaran ambas Comisiones.

9. Documentación que deberán presentar los candidatos convocados a las pruebas y entrevistas

Los candidatos que resulten convocados deberán aportar el día de la entrevista personal la documentación acreditativa impresa, original o compulsada, de los requisitos y méritos que se especifican en los apartados 5 y 6. Con independencia de alguna otra documentación que, dependiendo de cada Comisión de selección, pueda serles solicitada, los candidatos deberán aportar, en cualquier caso, el título académico que les permite concurrir a la convocatoria, o el documento acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición, el Certificado de Aptitud Pedagógica o el Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente, la Certificación Académica Personal y el currículum vítae en inglés con fotografía según el modelo del apartado 5.4. Estos documentos se presentarán por duplicado.. Los títulos y certificados académicos deberán ir acompañados de su correspondiente traducción al inglés no manuscrita. No serán necesarias traducciones juradas.

Asimismo, deberán aportar un escrito en inglés, explicando su motivación para participar en el Programa.

Igualmente, se podrá presentar ante las respectivas Comisiones de selección cualquier otra documentación, material didáctico, o recurso que se considere oportuno, o sea requerido por aquellas.

10. Documentación que deberán aportar los candidatos una vez seleccionados

10.1 Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

10.2 Certificado que acredite carecer de antecedentes penales, emitido con fecha posterior a la entrevista personal.

10.3 Cualquier otra documentación que les sea solicitada por las autoridades educativas estadounidenses o canadienses que les hayan seleccionado. Estos documentos se enviarán a la Consejería de Educación de Estados Unidos y Canadá, o a la administración educativa correspondiente, según el procedimiento que se comunicará oportunamente.

11. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

11.1 La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dictará Resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados y reservas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mencionada en el apartado 5.4.

11.2 El plazo máximo para resolver es de 6 meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

12. Aceptaciones y renuncias

12.1 La selección no será firme hasta que el profesor seleccionado suscriba un contrato con las autoridades estadounidenses o canadienses correspondientes, previa expedición del correspondiente visado, en el caso de Estados Unidos, o del permiso de trabajo, en el caso de Canadá, y presentación de la documentación que se especifica en el apartado 10.

12.2 En caso de renuncia plenamente justificada, una vez aceptada por la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá, el candidato lo comunicará por escrito al distrito o provincia que le haya seleccionado a la mayor brevedad, remitiendo copia a la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa.

13. Régimen

13.1 Las autoridades educativas participantes ofrecerán a los profesores seleccionados, antes de su incorporación al puesto, un contrato en los términos que ambas partes acuerden en lo que se refiere a condiciones laborales y a su fecha y forma, de conformidad con la legislación laboral de Estados Unidos o Canadá y de la autoridad educativa contratante.

13.2 Los contratos se suscribirán generalmente por un año académico pudiendo rescindirse según el procedimiento que ambas partes acuerden, siempre con sometimiento a lo que la correspondiente legislación de Estados Unidos y Canadá establezca, sin que corresponda al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte asumir ninguna función o responsabilidad en esta materia.

13.3 Los candidatos seleccionados deberán asumir los costes del viaje, para su incorporación al Centro educativo de destino, así como cualquier otro gasto derivado de la obtención del visado, del permiso de trabajo, o de la documentación que le sea requerida.

13.4 Los profesores visitantes quedarán sometidos, en lo que se refiere a temas fiscales y de servicios de salud, a lo que la legislación de Estados Unidos y Canadá determine, sin perjuicio de otras obligaciones que pudieran derivarse de la legislación española respecto a dichas materias.

13.5 Las renovaciones del contrato quedarán supeditadas a lo que determine la legislación sobre el visado de intercambio cultural J1, en el caso de Estados Unidos, o la legislación sobre el permiso de trabajo, en el caso de Canadá.

14. Formación inicial

14.1 Los profesores seleccionados realizarán un curso de formación que facilite su incorporación al sistema escolar estadounidense o canadiense. Este curso podrá realizarse en Estados Unidos, en Canadá o en España. En este último caso, los gastos de alojamiento, con excepción de los participantes residentes en Madrid, y manutención de los participantes, así como de los espacios y del personal necesarios para el desarrollo de la actividad, serán asumidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por importe global máximo de 20.000 euros, con cargo a los créditos del Departamento, aplicación presupuestaria 18.03.144A.487.01, o la que la sustituya en años posteriores. En caso de que los conceptos de gasto mencionados para el desarrollo de esta actividad superaran en importe esa cantidad máxima, parte de ellos habrían de ser asumidos por los interesados. Igualmente, el gasto estará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución de concesión.

Se les comunicará a los candidatos seleccionados el lugar, la fecha y la duración de las actividades formativas.

14.2 A fin de facilitar su integración en la localidad y el centro escolar de destino, el profesor recibirá información del distrito escolar, de la provincia o de la organización educativa que haya participado en su selección, y de los servicios de la Consejería de Educación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en Estados Unidos y Canadá.

15. Funcionarios

15.1 Los funcionarios públicos seleccionados remitirán una petición individual de concesión de servicios especiales, que regula el Título VI del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril, a los Servicios correspondientes de las Consejerías de Educación de las respectivas Comunidades Autónomas, o a la administración de origen que corresponda. A la petición de servicios especiales se acompañará una fotocopia del visado, o del permiso de trabajo, emitido para ejercer como profesor visitante, así como cualquier otra documentación requerida por los servicios educativos de la Comunidad Autónoma correspondiente.

15.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados implica la no renuncia a la misma durante el año académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que la justifiquen, que habrán de ser consideradas por la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá, oído el centro educativo contratante.

15.3 En caso de renuncia plenamente justificada, una vez aceptada por la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá, el profesorado funcionario quedará a expensas de lo que determinen las autoridades educativas de la Comunidad Autónoma de la que dependa.

15.4 Los profesores funcionarios que deseen reingresar en el servicio activo por haber finalizado su contrato acompañarán a su solicitud, dirigida a la Administración competente, un certificado de baja en el programa expedido por la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá con indicación de la fecha de cese.

16. Recursos

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

17. Información

Cualquier información sobre esta convocatoria puede obtenerse:

– En el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: Oficina de Atención al Ciudadano (C/ Los Madrazo, 15, 28071 Madrid) y Subdirección General de Promoción Exterior Educativa (paseo del Prado 28, 5.ª planta, 28071-Madrid; Teléfono: 91 506 57 16), página web http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/profesores/convocatorias/espanoles/exterior/visitantes-EEUU-canada.html, correo electrónico:visitantes2@mecd.es.

– En la Consejería de Educación en Estados Unidos y Canadá (Teléfono +1 202 728 23 35), correo electrónico:visitantes.usa@mecd.es página web: http://www.mecd.gob.es/eeuu.

Para consultas relativas a incidencias con la aplicación Profex se utilizará el correo electrónico: profex.soporte@mecd.es.

18. Desarrollo

Se autoriza a la Subdirectora General de Promoción Exterior Educativa a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Madrid, 3 de noviembre de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades,Marcial Marín Hellín.

ANEXO I
Número de plazas ofrecidas por los Estados y Provincia participantes

Estados Unidos de América

Demarcación Nordeste

Delaware: 8.

Distrito de Columbia: 8.

Maryland: 8

Virginia Occidental: 3

Demarcación Norte*

Connecticut: 5.

Illinois: 70.

Iowa, Kansas, Nebraska: 25.

Kentucky, Michigan, Indiana, Ohio: 25.

Minnesota: 20.

Nueva Jersey: 10.

Wisconsin; 15.

Demarcación Oeste

Arizona: 3.

California: 35.

Colorado: 25.

Nevada: 40.

Nuevo México: 20.

Oregón: 25.

Utah: 40.

Washington: 10.

Demarcación Sur

Carolina del Norte: 5.

Florida: 35.

Georgia: 10.

Luisiana: 15.

Oklahoma: 20.

Texas: 240.

Canadá

Alberta: 15.

* Los candidatos que opten a una plaza en los estados de la Demarcación Norte que aparecen agrupados en este anexo elegirán igualmente un estado de participación, si bien durante el proceso de selección podrán ser convocados por cualquiera de los estados que conforman el grupo.

ANEXO II
Méritos preferentes por estado o provincia

Estado

Nivel y modalidad

Titulación

Experiencia

Otros

Demarcación Nordeste

Delaware.

Educación Primaria y Secundaria: Español como lengua extranjera y enseñanza bilingüe.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-Inglés.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Distrito de Columbia.

Educación Infantil en Español.

Educación Primaria: Enseñanza bilingüe en programas de inmersión dual.

Educación Secundaria: Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en Matemáticas, Biología o Física con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

 

Virginia Occidental.

Educación infantil, Primaria y Secundaria: Español como lengua extranjera y otras asignaturas en Español.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica o en Traducción e Interpretación con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Maryland.

Educación Primaria: Enseñanza bilingüe en programas de inmersión dual.

Educación Secundaria: Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-Inglés.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Demarcación Norte

Connecticut.

Educación Infantil, Primaria y Secundaria: Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en Filología o en Traducción e Interpretación con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Illinois.

Educación Infantil, Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en Español.

Inglés como segunda lengua.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados en Educación Primaria con especialidad o mención en Educación Infantil o Educación Especial.

c) Maestros o Graduados en Educación Primaria con especialidad o mención en Audición y Lenguaje que acrediten poseer un Título adicional de Licenciado o Grado.

d) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

e) Licenciados o Graduados en Biología, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Empresariales, Física, Geografía e Historia, Humanidades o Matemáticas, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Iowa, Kansas, Nebraska.

Educación Primaria y Secundaria: Programas de inmersión dual.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados en Educación Primaria, con especialidad o mención en Educación Infantil.

c) Licenciados o Graduados en Filología Hispánica o Inglesa, Traducción e Interpretación o Periodismo, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

d) Licenciados o Graduados en materias del ámbito científico-tecnológico, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Indiana, Kentucky, Michigan, Ohio.

Educación Infantil, Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en Español.

Inglés como segunda lengua. Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados en Educación Primaria con especialidad o mención en Educación Infantil.

c) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Traducción e Interpretación, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

d) Licenciados o Graduados en Matemáticas, Biología, Física, Química o Ciencias Medioambientales, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

En Ohio se requiere un mínimo de tres años y un máximo de diez a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Minnesota.

Educación Infantil y Primaria: Programas de inmersión en Español.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados en Educación Primaria, con especialidad o mención en Educación Infantil.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Nueva Jersey.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en Español.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Traducción e Interpretación, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en Matemáticas con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Wisconsin.

Educación Infantil, Primaria y Secundaria: Programas de inmersión en Español.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados en Educación Primaria, con especialidad o mención en Educación Especial.

c) Licenciados o Graduados en Filología o Traducción e Interpretación, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Demarcación Oeste

Arizona.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en Español.

Inglés como segunda lengua.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-Inglés.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir. Nivel mínimo de inglés: B2.

California.

Educación Primaria.

Maestros o Graduados en Educación Primaria.

Los candidatos que ya hayan ejercido como Profesores Visitantes en California deben haber superado el California Basic Educational Skills Test (CBEST), poseer el Clear Bilingual Cross-cultural Language and Academic Development Permit (BCLAD) o Clear CLAD, y estar en posesión de la Clear Multiple Subject Teaching Credential, o de la Preliminary Multiple Subject Teaching Credential vigente con posterioridad a 2018.

Tres años de experiencia docente en centros de Educación Infantil, Primaria o Secundaria.

Se requiere que uno de los años de experiencia docente sea durante el curso lectivo 2014-2015 o 2015-2016.

Solo se computará como experiencia la docencia impartida a grupos-clase, a jornada completa y a cursos escolares completos.

Carné de conducir.

Educación Secundaria.

Licenciados o Graduados en Filología Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Los candidatos que ya hayan ejercido como Profesores Visitantes en California deben haber superado el California Basic Educational Skills Test (CBEST), poseer el Bilingual Cross-cultural Language and Academic Development Permit (BCLAD) o Clear CLAD, y estar en posesión de la Clear Single Subject Teaching Credential, o de la Preliminary Single Subject Teaching Credential vigente con posterioridad a 2018.

 

 

Colorado.

Educación Primaria.

Educación Secundaria: Español como lengua extranjera y enseñanza bilingüe en materias del ámbito científico-tecnológico.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-Inglés o en Educación Infantil.

Se valorará la experiencia en programas bilingües y la especialización en la enseñanza de lenguas extranjeras.

b) Licenciados o Graduados en materias del ámbito científico-tecnológico y Licenciados o Graduados en Filología Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir. Nivel mínimo de inglés: B2.

Nevada.

Educación Primaria: Enseñanza bilingüe e Inglés como segunda lengua.

Educación Secundaria: Enseñanza bilingüe de Matemáticas, Física y Química, Ciencias Naturales, Biología, Historia e Inglés como segunda lengua.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-inglés o en Educación Especial.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica, o en Geografía e Historia, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en materias del ámbito científico-tecnológico con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Nuevo México.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en español.

Inglés como segunda lengua.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Educación infantil, Lengua extranjera-Inglés o Educación Especial.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica, Humanidades o Geografía e Historia, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en materias del ámbito científico con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Oregón.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en español.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados, en Filología Inglesa o Hispánica, Humanidades o Geografía e Historia, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en materias del ámbito científico con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria en su especialidad.

Se valorará la experiencia en programas bilingües.

Carné de conducir. Nivel mínimo de inglés: B2.

Utah.

Educación Primaria: Enseñanza en Programas de inmersión dual.

Educación Secundaria: Enseñanza en Programas de inmersión dual y español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria preferentemente con especialidad o mención en Educación Infantil o Lengua extranjera-inglés.

Se valorará la experiencia en programas bilingües y la especialización en la enseñanza de lenguas extranjeras.

b) Licenciados o Graduados en el ámbito de las Humanidades y en Filología Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir. Nivel mínimo de inglés: B2.

Washington.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en español.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en Filología Hispánica con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir. Nivel mínimo de inglés: B2.

Demarcación Sur

Carolina del Norte.

Educación Primaria y Secundaria: Programas bilingües y de inmersión en español.

Inglés como segunda lengua.

Español como lengua extranjera.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera-inglés o Educación Infantil.

b) Licenciados o Graduados en Filología Inglesa o Hispánica, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

a) Educación Primaria y Educación Infantil: al menos dos años de experiencia en enseñanza reglada y seis meses como tutor de curso. Los candidatos deben estar prestando servicios docentes en el momento de presentar la solicitud.

b) Educación Secundaria: Dos años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Florida.

Educación Infantil, Primaria y Secundaria: Español, materias del ámbito científico-tecnológico y del ámbito lingüístico y social, enseñanza bilingüe.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados en el ámbito lingüístico, de humanidades o científico-tecnológico, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia a jornada completa en actividades relacionadas con la educación, de los que al menos dos años sean de experiencia docente en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Georgia.

Educación Infantil y Primaria: Programas bilingües y de inmersión en español.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Maestros o Graduados con especialidad o mención en Lengua Extranjera – Inglés o en Educación Infantil.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en Enseñanza Primaria reglada en las áreas de Matemáticas y Ciencias, preferiblemente en programas bilingües y de inmersión en español.

Carné de conducir.

Luisiana.

Educación Infantil y Primaria: Español como lengua extranjera y programas de inmersión en español.

Primer ciclo de Educación Secundaria (Middle School): Español como lengua extranjera y programas de inmersión en español.

a) Maestros o Graduados en Educación Infantil o Primaria, preferentemente con especialidad o mención en Lengua extranjera–inglés.

b) Licenciados o Graduados en Filología o Traducción e Interpretación con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en Geografía e Historia, Humanidades, Biología o Ciencias Ambientales, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Se valorará la especialización en la enseñanza de lenguas extranjeras.

Tres años de experiencia docente, con un mínimo de dos años a jornada completa, en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Oklahoma.

Educación Primaria y Secundaria: Español como lengua extranjera y programas de educación bilingüe.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados con experiencia en enseñanza de lenguas o en programas bilingües en inglés, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia docente a jornada completa en enseñanza reglada no universitaria.

Carné de conducir.

Texas.

Educación Primaria: enseñanza bilingüe.

Educación Secundaria: materias del ámbito científico-tecnológico.

a) Maestros o Graduados en Educación Primaria.

b) Licenciados o Graduados con experiencia en enseñanza de lenguas o en programas bilingües en inglés, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

c) Licenciados o Graduados en el ámbito científico-tecnológico con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Tres años de experiencia en actividades relacionadas con la educación, con un mínimo de un año de experiencia docente a jornada completa, en enseñanza reglada no universitaria en España.

Carné de conducir.

Canadá (Alberta)

Nivel y modalidad

Titulación

Experiencia

Otros

Primaria: Enseñanza bilingüe (Español-Inglés)

Maestros o Graduados en Educación Primaria con un mínimo de 4 años de formación universitaria.

Tres años de experiencia docente en enseñanza reglada en Primaria o Secundaria.

Nivel avanzado de inglés, preferiblemente B2.

Secundaria

Enseñanza bilingüe (Español-Inglés).

Maestros o Graduados en Educación Primaria con al menos 4 años de formación universitaria.

Licenciados o Graduados en el ámbito lingüístico, de las Artes y Humanidades o científico-tecnológico con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

Español como lengua extranjera.

Licenciados o Graduados en el ámbito lingüístico, de las Artes y Humanidades o en Traducción e Interpretación, con Máster que habilite para el ejercicio de la función docente o equivalente.

ANEXO III
Selección de Profesores

Procedimiento específico de los Estados y Provincia que a continuación se detallan

Delaware:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del Departamento de Educación del estado de Delaware. Antes de la entrevista tendrán que realizar una redacción en inglés sobre un tema propuesto por los representantes educativos del estado para valorar las capacidades docentes y lingüísticas de los candidatos.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrían tener una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Distrito de Columbia:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del distrito o escuela para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior, en consonancia con los requisitos de certificación docente del Distrito de Columbia.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrían tener una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Maryland:

Los candidatos serán entrevistados en inglés y en español por representantes del Departamento de Educación del estado de Maryland. Antes de realizar la entrevista tendrán que realizar una redacción en inglés sobre un tema propuesto por los representantes educativos del estado para valorar las capacidades docentes y lingüísticas de los candidatos.

Maryland no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Arizona:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del distrito o escuela para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior, en consonancia con los requisitos de certificación docente del estado de Arizona.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrían tener una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Arizona no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

California:

Fase A: Constará de una sesión informativa seguida de una prueba escrita y otra oral que tendrán carácter eliminatorio. La prueba escrita constará de un test de comprensión lectora, un test de conocimientos matemáticos elementales y una redacción sobre un tema a determinar por la comisión de selección. Los candidatos que superen la prueba escrita realizarán una prueba oral en forma de entrevista.

Los profesores que hayan participado anteriormente en el programa en California están exentos de realizar la fase A, pero deberán presentarse ante el representante del estado de California y aportar documentación original de su superación del CBEST y de su acreditación docente antes de proceder a realizar la fase B.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A. Consistirá en una entrevista con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes. La entrevista se llevará a cabo en inglés y tendrá como finalidad valorar la capacidad docente de los candidatos y su adecuación al perfil requerido por los mismos.

Ambas fases podrán realizarse en días distintos.

Colorado:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del distrito o escuela para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior, en consonancia con los requisitos de certificación docente del estado de Colorado.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados tendrán una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Colorado no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Nevada:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del distrito escolar para valorar su capacidad docente y determinar su nivel de competencia lingüística en inglés. El proceso de selección podrá constar de las siguientes pruebas:

1. Entrevista personal con un responsable del distrito escolar.

2. Prueba grupal (simulación de una reunión escolar) de 20 minutos.

Previamente los candidatos habrán enviado un video de 10 minutos de una «Lesson Plan» (unidad didáctica) que se tendrá en cuenta en esta fase.

Los candidatos pasarán a la prueba 2 si el responsable del distrito escolar considera que su capacidad docente y competencia lingüística son adecuadas para ejercer la docencia.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrán tener una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Ambas fases podrán realizarse en días distintos.

Nevada no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los tres años anteriores a la presente convocatoria.

Nuevo México:

Los candidatos serán entrevistados por representantes del Departamento de Educación Pública del estado de Nuevo México para valorar su capacidad docente y determinar su nivel de competencia lingüística en inglés.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados tendrán una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Nuevo México no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Oregón:

Los candidatos seleccionados serán entrevistados en inglés por representantes del distrito para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés. Previamente los candidatos habrán enviado un video de 10 minutos de una «Lesson Plan» (unidad didáctica) que se tendrá en cuenta en esta fase.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrán tener una segunda entrevista a través de videoconferencia con administradores educativos del estado.

Oregón no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Utah:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del Departamento de Educación del estado de Utah para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior. En una segunda fase, los candidatos preseleccionados tendrán una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Utah no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Washington:

Los candidatos serán entrevistados en inglés por representantes del distrito o escuela para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados podrán tener una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia con el director de la escuela interesada en su contratación.

Washington no patrocinará visados a aquellos candidatos que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Illinois:

Fase A: Una prueba para determinar la competencia lingüística en inglés de los candidatos, que constará de tres partes: una prueba escrita de elección múltiple, una prueba de expresión oral y una redacción sobre temas relacionados con la docencia. Los candidatos presentarán su documentación en papel según lo previsto en el apartado 9 de esta convocatoria ese día para su revisión por parte de las autoridades educativas del estado.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A. Consistirá en una entrevista en inglés con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes que tendrá como objetivo valorar la capacidad docente de los candidatos.

Ambas fases se realizarán en la misma semana, en dos días consecutivos.

Illinois no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan residido en EE.UU. en los dos años anteriores a esta convocatoria, o a aquellos que hayan participado en el Programa en el estado de Illinois en convocatorias anteriores.

Iowa, Kansas, Nebraska:

Los candidatos serán entrevistados por representantes de los Departamentos de Educación de los estados de Iowa, Kansas o Nebraska y por directores de centros escolares para valorar su capacidad docente y determinar su competencia lingüística en inglés, que deberá ser de un nivel B2 o superior.

En una segunda fase, los candidatos preseleccionados serán recomendados para una serie de puestos específicos. De esa lista, los directores de las escuelas interesadas en su contratación elegirán a los candidatos para una segunda entrevista en inglés a través de videoconferencia.

Nueva Jersey:

Fase A: Consistirá en una prueba oral y escrita para determinar el nivel de competencia lingüística en inglés de los candidatos en las siguientes áreas: corrección gramatical, vocabulario, pronunciación, fluidez y capacidad de comunicación, tanto oral como escrita.

Fase B: La realizarán los candidatos que hayan superado la fase A. Consistirá en una entrevista en inglés con las comisiones de selección de los distritos escolares contratantes, que tendrá como objetivo valorar la capacidad docente de los candidatos.

Ambas fases se realizarán en la misma semana, en dos días consecutivos.

Carolina del Norte:

Los candidatos serán entrevistados en inglés para valorar su capacidad docente y determinar su nivel de competencia lingüística en las siguientes áreas: pronunciación, fluidez, corrección gramatical, vocabulario y capacidad de comunicación efectiva, tanto oral como escrita.

El proceso de selección se llevará a cabo con la colaboración de la organización estadounidense de intercambios educativos Visiting International Faculty (VIF).

Florida:

Los candidatos serán entrevistados por los representantes de los distritos escolares contratantes. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y la capacidad docente de los candidatos.

El proceso de selección para las plazas de algunos de los distritos escolares participantes se llevará a cabo con la colaboración de la organización de gestión educativa de centros públicos Academica Corporation.

Florida no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria. Así mismo, aquellos candidatos que hubieran participado en el Programa en el estado de Florida en convocatorias anteriores deberán haber solicitado el Florida Temporary / Professional Certificate con anterioridad a las entrevistas para poder optar a las plazas.

Georgia:

Consistirá en una entrevista con representantes del Departamento de Educación del estado. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y la capacidad docente de los candidatos.

Georgia no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Luisiana:

Consistirá en una entrevista con representantes del Departamento de Educación del estado. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y la capacidad docente de los candidatos.

Luisiana no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Texas:

Fase A: Consistirá en una entrevista con los representantes de los distritos escolares. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y la capacidad docente de los candidatos.

Fase B: Una prueba que consistirá en un ejercicio de expresión escrita sobre un tema propuesto por la comisión de selección, con una duración de media hora. La finalidad de esta prueba será evaluar el nivel de competencia lingüística en inglés de los candidatos.

Ambas fases podrán realizarse en días distintos.

Texas no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan participado en el Programa en el estado de Texas en convocatorias anteriores.

No se patrocinarán visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Oklahoma:

Consistirá en una entrevista con representantes de los distritos escolares contratantes. La entrevista tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y la capacidad docente de los candidatos.

Oklahoma no patrocinará visados a aquellos profesores que hayan estado participando en el Programa en los dos años anteriores a la presente convocatoria.

Canadá:

Consistirá en una entrevista de entre 15 y 30 minutos con representantes de los distritos escolares de la provincia, que tendrá como finalidad valorar el nivel de competencia lingüística en inglés y otros aspectos relacionados con la cualificación profesional, experiencia docente previa, habilidades docentes o personalidad del candidato.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/11/2015
  • Fecha de publicación: 10/11/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCION de erratas:

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