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Documento BOE-A-2014-9322

Resolución de 5 de septiembre de 2014, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de un protocolo operativo de actuación frente a incendios forestales en el área del Campo de Maniobras y Tiro de "San Gregorio" del Centro de Adiestramiento "San Gregorio" (Zaragoza).

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 12 de septiembre de 2014, páginas 71421 a 71423 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2014-9322

TEXTO ORIGINAL

El Ministro de Defensa, la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón han suscrito, con fecha 28 de julio de 2014, una adenda al Convenio de colaboración para el establecimiento de un protocolo operativo de actuación frente a incendios forestales en el área del Campo de Maniobras y Tiro de «San Gregorio» (Zaragoza).

Para general conocimiento y en aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida adenda al convenio de colaboración como anexo a la presente resolución.

Madrid, 5 de septiembre de 2014.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEXO
Adenda al Convenio de colaboración suscrito el 29 de julio de 2009 entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de un protocolo operativo de actuación frente a incendios forestales en el área del campo de maniobras y tiro de «San Gregorio» del Centro de Adiestramiento «San Gregorio» (Zaragoza)»

En Madrid, a 28 de julio de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Pedro Morenés Eulate, Ministro de Defensa, nombrado por el Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, en representación del Ministerio de Defensa.

De otra parte, la Sra. doña Isabel García Tejerina, Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, nombrada por el Real Decreto 303/2014, de 28 de abril, en representación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

De otra, el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, don Modesto Lobón Sobrino, en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón el 22 de julio de 2014.

Las tres partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, acuerdan suscribir la presente adenda, en los términos que luego se indican.

ANTECEDENTES

El Centro de Adiestramiento (CENAD) «San Gregorio» está ubicado en la Depresión del Ebro, al norte de la ciudad de Zaragoza (con la que linda).

Esta propiedad del Ministerio de Defensa acoge diversos sistemas naturales muy representativos del valle del Ebro y de elevado valor ecológico, lo que convierte en todo un hito su conservación, en compatibilidad con el actual uso del territorio.

Sin embargo la intensa actividad de tiro del Campo convierte a algunas de sus zonas en focos permanentes de ignición.

La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, recoge en su disposición adicional segunda-Regímenes especiales, que «en el territorio forestal del dominio público forestal de titularidad estatal adscrito al Ministerio de Defensa, así como en las zonas de interés para la Defensa y en aquellos territorios en los que el Ministerio de Defensa desarrolle actividades en virtud de cualquier título jurídico, la aplicación de lo dispuesto en esta Ley estará subordinada a los fines de la Defensa Nacional», añadiendo que «en tales territorios, la defensa contra incendios forestales será responsabilidad del Ministerio de Defensa, con el asesoramiento técnico del Ministerio de Medio Ambiente (actualmente de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente)». También la disposición adicional octava de la misma ley hace una referencia explícita a la gestión de incendios forestales sobre terrenos gestionados por el Ministerio de Defensa, al establecer, sobre las «ocupaciones en montes de dominio público forestal por razones de la Defensa Nacional», que «en aquellas actividades realizadas por razones de Defensa Nacional que entrañen riesgo directo de incendios, el Ministerio de Defensa dotará a los territorios afectados de infraestructuras preventivas y equipos de extinción de acuerdo con los planes técnicos aprobados por el Ministerio de Medio Ambiente (actualmente de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente)». Ello responsabiliza al Ministerio de Defensa, de la defensa frente a incendios forestales en el Área del Campo de Maniobras y Tiro (ACMT) «San Gregorio».

La Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, es coherente con los preceptos de la anterior, en cuanto refiere a la organización de la extinción de los incendios forestales, que en todo caso recae en la Comunidad Autónoma de Aragón sobre el Departamento competente en materia de medio ambiente.

Por lo expuesto se consideró aconsejable que el CENAD pudiera recibir apoyo en las labores de extinción de incendios por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, lo que se materializó por las partes el 29 de julio de 2009 en la firma del «Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de un protocolo operativo de actuación frente a incendios forestales en el Área del Campo de Maniobras y Tiro «San Gregorio» del Centro de Adiestramiento «San Gregorio» (Zaragoza)», con un periodo de vigencia de cinco años naturales a partir de la fecha de su firma. En consecuencia dejará de aplicarse el próximo 29 de julio.

Las partes han juzgado satisfactoria la colaboración, por lo que pretenden adoptar un nuevo instrumento de colaboración que en la línea indicada mejore los términos de la misma, fundamentalmente agilizando y simplificando las actuaciones. En la actualidad las partes tienen prácticamente ultimada el texto de una adenda al citado convenio que sin embargo no podrá suscribirse antes del próximo 29 de julio. Por ello resulta aconsejable prolongar durante un tiempo el convenio actual hasta que sea posible suscribir la adenda, teniendo por único objeto este instrumento prolongar la aplicación del convenio actual.

La Comisión Mixta de vigilancia y control, en su reunión de 26 de junio de 2014, ha acordado elevar para su aprobación, la suscripción de una prórroga del instrumento inicial, durante el tiempo necesario para suscribir la citada adenda.

Conforme a lo expuesto, reconociéndose las partes capacidad suficiente para obligarse pactan lo siguiente:

Único. Prolongación de la aplicación del convenio.

1. El Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y el Gobierno de Aragón, para el establecimiento de un protocolo operativo de actuación frente a incendios forestales en el Área del Campo de Maniobras y Tiro «San Gregorio» del Centro de Adiestramiento «San Gregorio» (Zaragoza)» suscrito el 29 de julio de 2009, se aplicará hasta el 29 de enero de 2015.

2. Suscrita la adenda al convenio se aplicará el convenio en los términos en que haya quedado definido por aquélla.

Y, en prueba de conformidad, firman las partes en el lugar y día al inicio indicados por triplicado ejemplar el presente documento.–Por el Ministerio de Defensa, Pedro Morenés Eulate.–Por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.–Por el Gobierno de Aragón Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Modesto Lobón Sobrino.

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