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Documento BOE-A-2014-3015

Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Secretarios Judiciales sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de determinadas comunidades autónomas, a efectos de concursos de traslados.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2014, páginas 24613 a 24615 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2014-3015

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4 que en aquellas Comunidades Autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito, y el artículo 109 del Real Decreto 1608/2005 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece, que en la resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las comunidades autónomas cuyos estatutos de autonomía reconocen la oficialidad de una lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.

Esta Secretaría General, de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de determinadas comunidades autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:

Nivel elemental: Un año.

Nivel medio: Dos años

Nivel superior: Tres años.

Segundo.

Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales en las que interesan se les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas comunidades autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Tercero.

Notificar el texto íntegro de la resolución a lo interesados y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de solicitantes a los cuales les ha sido reconocido el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de determinadas Comunidades autónomas (anexo I) y/o el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas comunidades autónomas (anexo II).

Cuarto.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente o potestativo de reposición ante este Ministerio, en el plazo de dos meses o un mes respectivamente, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 5 de marzo de 2014.–El Secretario General de la Administración de Justicia, Joaquín Silguero Estagnan.

ANEXO I
Reconocimiento de idioma

Apellidos y nombre

Idioma

Nivel

Abiega Gil, María Fernanda

Euskera.

Medio.

Alonso Velázquez, Fabiola

Valenciano.

Elemental.

Amo Maeso, María Aroa

Catalán.

Medio.

Barón Escámez, Domingo

Valenciano.

Medio.

Bixquert Sanz, Angels

Valenciano.

Superior.

Barrio Calle, Luisa Marina

Gallego.

Superior.

Blanco Pérez, María Dolores

Catalán.

Medio.

 

Valenciano.

Elemental.

Bolívar Troya, Antonio

Catalán.

Medio.

Cerdá Antón, María Isabel

Valenciano.

Medio.

Cervantes Requena, Encarnación

Catalán.

Medio.

Cidraque Arias, Antonio

Catalán.

Medio.

Clopés Alemany, María Jesús

Catalán.

Medio.

Climent Esteve, María Desamparados

Valenciano.

Medio.

Conte Lozano, María Esther

Catalán.

Medio.

Crespo López, Cristina

Catalán.

Superior.

Evangelio Morato, Verónica

Valenciano.

Elemental.

Fernández Ambrós, Carlota

Gallego.

Superior.

Fernández Gallardo, Emili

Catalán.

Medio.

Galiana Lara, Ana Isabel

Valenciano.

Superior.

García Lorenzo, Cristina

Gallego.

Superior.

García Meseguer, María Dolores

Valenciano.

Superior.

García Puig, Julia

Valenciano.

Superior.

Iglesias Fungueiro, Carmen

Gallego.

Superior.

Janeiro Amela, Blanca Susana

Gallego.

Medio.

Juan Ruiz, Soledad

Valenciano.

Medio.

Mayo Galera, Alejandro

Catalán.

Medio.

Ortego Briogos, Jesús

Catalán.

Elemental.

Osorio Guerrero, Rodrigo

Gallego.

Superior.

Peñacoba Pérez, María José

Catalán.

Superior.

Puchades Vila, Ferrán

Valenciano.

Superior.

Requena Pleguezuelos, Margarita

Valenciano.

Medio.

Rodríguez Jacome, Jose Luis

Gallego.

Elemental.

Rodríguez Sendón, Víctor

Gallego.

Superior.

Rubia Almuiña, Marta de la

Gallego.

Superior.

Rubio Señorán, Francisco Javier

Gallego.

Superior.

Ruiz Morillas, Agustín

Catalán.

Medio.

Velando Cainzos, María Sol

Gallego.

Medio.

ANEXO II
Reconocimiento de Derecho

Apellidos y nombre

Derecho

Barrio Calle, Luisa Marina

Gallego.

Blanco Perez, María Dolores

Catalán.

Janeiro Amela, Blanca Susana

Gallego.

Muriel Plaza, María

Catalán.

Osorio Guerrero, Rodrigo

Gallego.

Requena Pleguezuelos, Margarita

Valenciano.

Rodríguez Sendón, Víctor

Gallego

Rodríguez Seoane, Emma

Gallego.

Roman García, Elena

Valenciano.

Rubia Almuiña, Marta de la

Gallego.

Rubio Señorán, Francisco Javier

Gallego.

Ruiz Morillas, Agustín

Catalán.

Sánchez Ordovás, Joaquín

Aragonés.

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