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Documento BOE-A-2014-12983

Orden HAP/2331/2014, de 12 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de diciembre de 2014, por el que se designan los Miembros de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 13 de diciembre de 2014, páginas 101543 a 101545 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-12983

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 12 de diciembre de 2014, ha aprobado el Acuerdo por el que se designan los miembros de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno.

Estimando de interés la difusión del mismo, se ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura como anexo de esta orden.

Madrid, 12 de diciembre de 2014.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.

ANEXO
Acuerdo por el que se designan los miembros de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, crea en su título III el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, órgano que asume las competencias de velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad y de buen gobierno previstas en la norma, así como garantizar el derecho de acceso a la información pública. Se configura además como el órgano que conocerá de las reclamaciones que, en materia de acceso a la información, presenten los ciudadanos en ejercicio de lo previsto en el artículo 24 de la ley.

En este marco, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se crea como un organismo público de los previstos en el apartado 1 de la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y de acuerdo con lo previsto expresamente en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, actuará con plena independencia y autonomía en el cumplimiento de sus fines.

Dentro de la estructura orgánica del Consejo, el Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, regula la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno, como órgano colegiado al que se atribuyen, en su artículo 12, las siguientes funciones:

a) Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

b) Informar preceptivamente los proyectos normativos de carácter estatal que desarrollen la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, o que estén relacionados con su objeto.

c) Aprobar la memoria anual en la que se analice el grado de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y se proporcione información detallada sobre el cumplimiento de las obligaciones en ella previstas.

d) Proponer al Presidente la adopción de recomendaciones, directrices o guías de buenas prácticas en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

e) Promover actividades de formación y sensibilización para un mejor conocimiento de las materias reguladas por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.

f) Convocar con periodicidad al menos anual a los órganos de naturaleza análoga de las comunidades autónomas a efectos de cooperación institucional.

g) Articular mecanismos de colaboración con órganos de naturaleza análoga a nivel autonómico o internacional.

h) Emitir informe sobre las cuestiones que le someta el Presidente.

i) Aprobar el Reglamento de funcionamiento interno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno integra en su composición, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y en el artículo 13 del Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, además del Presidente del Consejo de Transparencia, que será su Presidente, los siguientes vocales:

a) Un Diputado.

b) Un Senador.

c) Un representante del Tribunal de Cuentas.

d) Un representante del Defensor del Pueblo.

e) Un representante de la Agencia Española de Protección de Datos.

f) Un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

g) Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

El procedimiento de propuesta y nombramiento de sus miembros se establece en el artículo 14 del mencionado Real Decreto, donde se determina que los miembros de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno serán propuestos en la forma siguiente:

a) El Congreso de los Diputados propondrá, como Vocal, a un Diputado.

b) El Senado propondrá, como Vocal, a un Senador.

c) El Tribunal de Cuentas propondrá, como Vocal, a un Consejero del Tribunal de Cuentas.

d) El Defensor del Pueblo propondrá, como Vocal, a un representante.

e) La Agencia Española de Protección de Datos propondrá a su Vocal representante.

f) El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas propondrá al Vocal representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

g) La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal propondrá a su Vocal representante.

El nombramiento de los Vocales a los que se refieren las letras d) a g) del apartado anterior se hará entre personas que tengan, como mínimo, rango de Subdirector General.

Las propuestas serán elevadas al Gobierno por conducto del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.

Los miembros de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno serán nombrados y, en su caso, cesados por acuerdo del Gobierno, respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Por todo ello, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, el Consejo de Ministros, una vez recibidas las propuestas del Congreso, Senado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, la Agencia Española de Protección de Datos, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en su reunión de 12 de diciembre de 2014, acuerda:

Nombrar como vocales integrantes de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno a:

a) Doña Pilar Cortés Bureta, Diputada, a propuesta del Congreso de los Diputados.

b) Don Jokin Bildarratz Sorron, Senador, a propuesta del Senado.

c) Doña María José de la Fuente y de la Calle, Consejera del Tribunal de Cuentas, a propuesta del Tribunal de Cuentas.

d) Don José Manuel Sánchez Saudinós, Secretario General del Defensor del Pueblo, a propuesta de la Defensora del Pueblo.

e) Don Agustín Puente Escobar, Abogado del Estado Jefe del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos, a propuesta de la Agencia Española de Protección de Datos.

f) Doña María Pía Junquera Temprano, Directora General de Organización Administrativa y Procedimientos, representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

g) Don José Luis Martínez-Almeida Navasqües, Director de la División Jurídico Institucional de la AIREF, a propuesta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

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