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Documento BOE-A-2014-10676

Acuerdo de 30 de septiembre de 2014, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por la que se convocan premios de tesis doctorales relacionadas con los campos del Derecho, Ciencias Políticas y Sociología, Economía y Periodismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 21 de octubre de 2014, páginas 85256 a 85259 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2014-10676

TEXTO ORIGINAL

El Congreso de los Diputados, por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 30 de septiembre de 2014, convoca cuatro premios para tesis doctorales, que se regirán de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera.

Podrán participar en los premios, aquellas tesis presentadas para la colación del grado de doctor, leídas y calificadas de sobresaliente por unanimidad, entre el 1 de agosto de 2013 y el 31 de julio de 2014, en cualquiera de las Universidades españolas.

Segunda.

En la presente convocatoria se otorgarán cuatro premios a tesis relacionadas con las competencias que la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico atribuyen al Congreso de los Diputados, siendo relevantes a efectos de cualificación el currículum del candidato, el método y fuentes, la estructura y conclusiones de la tesis y la relación directa del objeto con materias y contenidos de interés para la Cámara, apreciables por su vinculación con la historia, las competencias, funciones y tareas que ésta desempeña, así como con las iniciativas tramitadas o en tramitación, o asuntos de actualidad parlamentaria; los premios se concederán uno por cada campo de las siguientes materias:

1) Derecho;

2) Ciencias Políticas y Sociología;

3) Economía;

4) Periodismo.

Tercera.

El plazo de presentación de las tesis que opten al premio comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y finalizará quince días naturales después de dicha fecha.

Cuarta.

El Jurado podrá conceder hasta el máximo de cuatro premios –uno para cada respectiva rama de investigación de las mencionadas en la base segunda–. Esta distinción consistirá, además de la dotación económica de diez mil euros de cada premio, cantidad sujeta, en su caso, a la regulación prevista en esta materia en el régimen fiscal español, en la posible recomendación y propuesta por parte del Jurado de la inclusión de la obra premiada en el programa editorial del Congreso de los Diputados, si así procede, conforme al procedimiento editorial del Congreso de los Diputados que, en todo caso, tendrá preferencia de publicación de la obra, respecto de cualquier otro editor.

Quinta.

Las investigaciones premiadas deberán ser originales escritas o traducidas al español, y no podrán encontrarse publicadas antes de que se dé a conocer el fallo del Jurado en el Boletín Oficial del Estado, ni corresponder a quienes hubieran disfrutado de una beca del Congreso de los Diputados.

A estos efectos se considerará que un trabajo ha sido publicado cuando se encuentre reproducido de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual, ya sea con contraprestación económica o de forma gratuita.

Sexta.

El Jurado estará integrado por el Presidente del Congreso de los Diputados o persona en quien delegue, dos Vicepresidentes, el Secretario General del Congreso o persona en quien delegue, el Director de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso, y cuatro expertos de reconocido prestigio en las respectivas materias de la presente convocatoria.

Séptima.

El fallo del Jurado será inapelable pudiéndose declarar desiertos alguno o todos los premios.

Octava.

Solo procede concurrir por una especialidad de las cuatro convocadas, que el solicitante deberá especificar indubitadamente.

La presentación de originales se realizará en la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones, sita en el Congreso de los Diputados, calle Floridablanca, s/n, segunda planta de la Ampliación I, 28071, Madrid, bien mediante presentación o entrega personal en horario de 10 a 13 horas, de lunes a viernes, o bien enviándola por correo certificado del que se infiera de forma indubitada que se ha remitido dentro del plazo fijado en la cláusula tercera. Los originales de la tesis –uno en papel encuadernado y seis copias en formato electrónico (CD o DVD– deberán ir acompañados de los siguientes documentos:

a) Certificado académico especificando el título de la tesis doctoral, director, calificación que acredite haber obtenido sobresaliente por unanimidad, fecha de lectura de la misma y tribunal que la juzgó; acompañado de la normativa de la correspondiente Universidad sobre lectura y calificación de tesis doctorales.

b) Síntesis descriptiva de la tesis doctoral y consideraciones que el autor estime oportunas, que no deberá sobrepasar la extensión máxima de tres folios.

c) Datos personales y de contacto del autor de la tesis (incluido copia del DNI, teléfonos, dirección postal y dirección electrónica).

d) Instancia, en los términos de la base décima, cumplimentada en todos su apartados.

Novena.

Los solicitantes que no hayan obtenido el premio podrán retirar la documentación presentada a partir del sexto mes siguiente contado desde la concesión de los premios.

El fallo del Jurado sobre los citados premios será emitido antes del 31 de diciembre del año 2014.

Décima.

La participación en estos premios supone la aceptación expresa de todas sus bases, así como la cesión en exclusividad de los derechos de autor para el caso de que el Congreso de los Diputados decidiera la publicación de la tesis premiada en cualquier colección o publicación de la Cámara o de las Cortes Generales. A efectos de su publicación se podrá solicitar la adaptación de la extensión de la tesis a la habitual de las publicaciones parlamentarias.

Undécima.

El incumplimiento de las condiciones que se hubieran tenido en cuenta para la concesión de los premios podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión, así como al reintegro de las cantidades percibidas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2014.–El Presidente del Congreso de los Diputados, Jesús Posada Moreno.

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