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Documento BOE-A-2012-15490

Resolución de 10 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocia del Gobierno, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/2370/2011, de 21 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2012, páginas 87242 a 87244 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2012-15490

TEXTO ORIGINAL

Los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia regulan la asignación inicial de puestos de trabajo y la toma de posesión de los funcionarios de nuevo ingreso al servicio de la Administración de Justicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 94/2010, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, modificado por el Decreto 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, y por el Decreto 96/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Adjudicar los destinos en los órganos judiciales y fiscales, de acuerdo con la relación que se incluye como anexo I, a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid por Orden del Ministerio de Justicia, de 10 de diciembre de 2012.

Segundo.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

La toma de posesión de aquellos funcionarios que hayan sido destinados a órganos en lo que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizará en éstas.

Tercero.

Los funcionarios destinados en virtud de esta resolución que pertenezcan al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y opten por continuar en activo en el citado cuerpo no se desplazarán a tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid dicha opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el articulo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

Cuarto.

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, y dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar del organismo competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo.

Quinto.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

En cumplimiento de la vigente legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio, reformada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acto de toma de posesión.

Séptimo.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. El cómputo de los dos años se realizará conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Octavo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 8 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, no adjudicadas a los aspirantes de turno libre en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno libre, mantienen su condición de desiertas, sin perjuicio de que puedan anunciarse como vacantes en un concurso ordinario, si no se promulga oferta de empleo público.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de diciembre de 2012.–La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Carmen Díaz de Bustamante Zulueta.

ANEXO I

Gestión Procesal y Administrativa

Turno libre

N.º orden

DNI

Apellidos y nombre

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

1

72882723

Sánchez Serrano, M.ª Isabel

Juzgado Primera Instancia 4 Alcobendas.

Alcobendas.

Madrid.

2

46880867

Rubio Hernández, María Elena

Juzgado Primera Instancia 7 Madrid.

Madrid.

Madrid.

3

48299965

Selma Marco, Mónica

Juzgado Primera Instancia 63 Madrid.

Madrid.

Madrid.

4

75229778

García Haz, Laura

Juzgado Primera Instancia 56 Madrid.

Madrid.

Madrid.

5

47655753

Mora Ramos, Elena María

Juzgado Primera Instancia 54 Madrid.

Madrid.

Madrid.

6

33529194

Téllez Díaz-Guerra, Ana Belén

Juzgado Primera Instancia 1 Madrid.

Madrid.

Madrid.

7

50173192

Muñoz Cruz, Francisco Javier

Juzgado Primera Instancia 61 Madrid.

Madrid.

Madrid.

8

25187922

Martín Villarroya, Shaila .

Juzgado Primera Instancia 44 Madrid.

Madrid.

Madrid.

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