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Documento BOE-A-2011-9140

Corrección de errores del Decreto 27/2011, de 8 de febrero, por el que se modifican los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 2011, páginas 52180 a 52180 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2011-9140
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ar/d/2011/02/08/27/corrigendum/20110526

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Decreto 27/2011, de 8 de febrero, por el que se modifican los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 91, de 16 de abril de 2011, se procede a su subsanación:

En la página 39566, apartado treinta y siete del artículo único, relativo al artículo 62 de los Estatutos, donde dice:

«1. El Rector será elegido por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal, libre y secreto, entre los funcionarios del Cuerpo de Catedráticos de la Universidad en activo que presten servicios en la Universidad de Zaragoza. Será nombrado por el Gobierno de Aragón.»

Debe decir:

«1. El Rector será elegido por la comunidad universitaria mediante elección directa y sufragio universal, libre y secreto, entre los funcionarios del Cuerpo de Catedráticos de Universidad en activo que presten servicios en la Universidad de Zaragoza. Será nombrado por el Gobierno de Aragón.»

En la página 39578, apartado noventa del artículo único, donde dice:

«Noventa. El apartado 3 del artículo 152 queda redactado como sigue:»

Debe decir:

«Noventa. Se añade un apartado 3 al artículo 152 con la siguiente redacción:»

En la página 39581, apartado cien del artículo único, relativo al artículo 163 de los Estatutos, donde dice:

«Art. 163. Permanencia.

El Consejo Social, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, aprobará las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.»

Debe decir:

«Art. 163. Permanencia.

El Consejo Social, previo informe del Consejo de Universidades, aprobará las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.»

(Publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» número 89, de 9 de mayo de 2011)

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 26/05/2011
  • Publicada en el el BOA núm. 89, de 9 de mayo de 2011.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto 27/2011, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2011-6877).
Materias
  • Aragón
  • Universidad de Zaragoza
  • Universidades

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