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Documento BOE-A-2011-3705

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8952-2010, en relación con los arts. 1 a 15 de la Ley de Castilla-La Mancha 16/2005, de 29 de diciembre, de la Comunidad de Castilla-La Mancha, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2011, páginas 22653 a 22653 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2011-3705

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8952-2010 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el procedimiento ordinario 463/2006, en relación con los artículos 1 a 15 de la Ley de Castilla-La Mancha 16/2005, de 29 de diciembre, de la Comunidad de Castilla-La Mancha, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos, por posible vulneración de los artículos 149.1.13, 23 y 25 CE, así como de los artículos 133.2 y 157.3 CE y 6.2 y 6.3 LOFCA, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento ordinario 463/2006, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de febrero de 2011.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 15/02/2011
  • Fecha de publicación: 26/02/2011
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 2.1 b) y c), 2.2 y 3, 5 b) y c), 8 b) y c), así como lo indicado en los arts. 10.2 y 11.2, con los efectos previstos en el fj 7 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 60/2013, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-2013-3796).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad de los arts. 1 a 15 de la Ley 16/2005, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-3160).
Materias
  • Castilla La Mancha
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos
  • Políticas de medio ambiente
  • Sistema tributario

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