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Documento BOE-A-2011-12143

Resolución de 14 de junio de 2011, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden becas de la convocatoria de becas MAEC-AECID para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-2012, Programas I-A y I-D.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 2011, páginas 78580 a 78591 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2011-12143

TEXTO ORIGINAL

En el BOE núm. 308 de 20 de diciembre de 2010 se publicó la Resolución de 10 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por la que se convocan los Programas de «Becas MAEC-AECID» para ciudadanos españoles para el curso académico 2011-12.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005 de 11 de abril (B.O.E. de 26 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 (BOE 30 de julio de 2009),y de 6 de mayo de 2011 (BOE 28 de mayo de 2011), por la que se delegan determinadas competencias en la Dirección de la AECID, las disposiciones de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006 y en virtud de la Resolución de 10 de diciembre de 2010 (BOE núm. 308 de 20 de diciembre de 2010), por la que se aprueba la convocatoria de «Becas MAEC-AECID» para ciudadanos españoles, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID, ha resuelto:

Primero.

Conceder con cargo al concepto presupuestario 143A 486.02, 70 Becas del PROGRAMA I-A, (Becas para españoles para estudios de posgrado, doctorado e investigación en Universidades y centros superiores extranjeros de reconocido prestigio en países de Ayuda Oficial al Desarrollo), a los beneficiarios referidos en el Anexo I por el periodo que se indica en cada caso y nombrar a los 12 suplentes referidos en el Anexo II, por orden de prioridad.

Primer beneficiario: Aguado Caso, Mateo. País Destino: Ecuador.

Último beneficiario: Wood Valdivieso, Marta. País destino: Benin.

Primer suplente: Balaguer Soriano, Anna. País destino: Colombia.

Ultimo suplente: Rodríguez Seco, Daniel. País destino: Bolivia.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.

Ayuda de viaje: reembolso único según el país de destino.

Ayuda de matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuando, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Segundo.

Conceder con cargo al concepto presupuestario 143A 486.02, 63 Becas del PROGRAMA I-D, (Becas de renovación para becarios españoles de la convocatoria de becas MAEC-AECID 2010/2011, programa I-A, para segundo año de estudios de postgrado, doctorado y postdoctorado y prácticas en organismos internacionales), a los beneficiarios referidos en el Anexo III por el periodo que se indica en cada caso.

Primer beneficiario: Abu-Warda Pérez, Amal. País destino: Egipto.

Último beneficiario: Zorrilla Pujana, Juanita. País destino: Colombia.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada convocatoria consiste en:

Dotación: 1.200 euros mensuales.

Seguro médico no farmacéutico y de accidentes, durante el período de vigencia de la beca, por un importe mensual de 65 euros.

Ayuda de matrícula: Hasta 2.000 euros de ayuda individual cuando se requiera, siempre y cuando, se presenten los documentos probatorios del centro y país destino de la beca.

Tercero.

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la citada Orden Ministerial AEC/1098/2005 de 11 de abril.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 14 de junio de 2011.–La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Francisco Moza Zapatero.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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