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Documento BOE-A-2011-11419

Resolución de 16 de junio de 2011, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracción grave impuestas a Q-Renta, AV, SA y a su Presidente, Consejero Delegado y Director General.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2011, páginas 70660 a 70660 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2011-11419

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose declarado firme en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad «Q-Renta, A.V., S.A.» y a su Presidente, Consejero Delegado y Director General, don Jordi Martí Taulé por la comisión de una infracción grave tipificada en la letra t) del artículo 100 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en los artículos 103 y 106 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 18 de noviembre de 2010 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

«1. Imponer a ‘‘Q-Renta, A.V., S.A.’’, por la comisión de una infracción grave del artículo 100.t), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en la redacción vigente en la fecha de comisión de los hechos infractores, en relación con el Título VII del mismo texto legal, al haber realizado numerosas aplicaciones entre clientes a precios no justificados, haber remitido a los mismos una información inadecuada en relación con la realización de las anteriores aplicaciones y la valoración de los instrumentos financieros adquiridos para sus carteras gestionadas, y la inadecuada perfilación de sus clientes para invertir en sus carteras gestionadas en este tipo de productos, una sanción de multa por importe de 15.000 euros (quince mil euros).

2. Imponer a don Jordi Martí Taulé, Presidente, Consejero Delegado y Director General de ‘‘Q-Renta, A.V, S.A.’’, por la comisión de una infracción grave del artículo 100.t), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en la redacción vigente en la fecha de comisión de los hechos infractores, en relación con el Título VII del mismo texto legal, al haber realizado numerosas aplicaciones entre clientes a precios no justificados, haber remitido a los mismos una información inadecuada en relación con la realización de las anteriores aplicaciones y la valoración de los instrumentos financieros adquiridos para sus carteras gestionadas, y la inadecuada perfilación de sus clientes para invertir en sus carteras gestionadas en este tipo de productos, una sanción de multa por importe de 7.500 euros (siete mil quinientos euros).»

Madrid, 16 de junio de 2011.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Julio Segura Sánchez.

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