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Documento BOE-A-2010-224

Real Decreto 1830/2009, de 27 de noviembre, por el que se indulta a don José Brugue Canal.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2010, páginas 1222 a 1222 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-224

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don José Brugue Canal, condenado por la Audiencia Provincial, sección primera, de Zaragoza, en sentencia de 3 de julio de 2007, como autor de un delito de estafa, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de seis meses con una cuota diaria de cinco euros, por hechos cometidos en el año 2000 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de noviembre de 2009,

Vengo en conmutar a don José Brugue Canal la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 180 horas de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de noviembre de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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