Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-2201

Resolución de 25 de enero de 2010, del Departamento de Justicia, por la que se dispone el cese de don Eneko Barberia Marcalain como Subdirector de la División de Barcelona Comarcas del Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 11 de febrero de 2010, páginas 12509 a 12509 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-2201

TEXTO ORIGINAL

Considerando la Resolución JUS/1777/2008, de 28 de mayo (DOGC núm. 5149, de 10.6.2008, y BOE núm. 140, de 10.6.2008), por la que el señor Eneko Barberia Marcalain fue nombrado Subdirector del Instituto de Medicina Legal de Cataluña de Barcelona Comarcas;

Visto el artículo 62 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, y el Decreto 411/2006, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Medicina Legal de Cataluña;

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. El doctor Eneko Barberia Marcalain cesa, a petición propia, como Subdirector del Instituto de Medicina Legal de Cataluña de Barcelona Comarcas, con efectos desde el día 24 de enero de 2010, y se le agradecen los servicios prestados.

2. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la consejera de Justicia, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo competente de Barcelona o ante aquel en la circunscripción del que tenga su domicilio la persona recurrente, a su elección, de conformidad con lo que disponen los artículos 14.1.2a y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 25 de enero de 2010.–La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid