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Documento BOE-A-2010-16104

Resolución de 30 de septiembre de 2010, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por la Resolución de 31 de marzo de 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 22 de octubre de 2010, páginas 89180 a 89212 (33 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2010-16104

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a consecuencia del concurso de traslados convocado por la Resolución de 31 de marzo de 2010, de plazas vacantes y de nueva creación entre funcionarios de los cuerpos y escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de Justicia («BOE» núm. 96, de 21-4-2010, y «DOGC» núm. 5613, de 22-4-2010);

Dado lo que establece el título VIII de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre;

Dado lo que establecen laso bases 7, 8 y 9 de la Resolución de 15 de marzo de 2008, de convocatoria del presente concurso de traslado, resuelvo:

1. Hacer públicos mediante anexo los destinos que, con carácter definitivo, han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados convocado por la Resolución de 31 de marzo de 2010, los cuales se corresponden con los relacionados en el anexo 1 de la Resolución de convocatoria y sus correspondientes resultas.

2. Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que se detallan a la página web del Ministerio de Justicia, www.mju.es, así como la página web del Departamento de Justicia, www.gencat.cat/justicia.

3. Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en este concurso que no hayan obtenido destino, por lo cual no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

4. Declarar desiertas las plazas que no han sido adjudicadas en este concurso, a menos que se pretendan amortizar mediante la modificación de la plantilla orgánica o la reordenación de efectivos de un centro de trabajo, por lo que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso.

5. Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por cuidado de hijos y no reingresen a ninguno de los cuerpos o escalas a que se refiere el presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: cuerpo de tramitación procesal, el 25 de octubre de 2010; cuerpo de gestión procesal y administrativa y auxilio judicial, el 2 de noviembre de 2010. La toma de toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso se producirá en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario; o en los ocho días naturales siguientes si implica cambio de localidad dentro de la comunidad autónoma y veinte días naturales si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción de la comunidad autónoma de Canarias, la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y las ciudades de Ceuta y Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo adjudicado en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo de toma de posesión será retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el concurso.

Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial, procedentes de las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por prestación de servicios en le sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo posesorio será de veinte días naturales y deberá computarse des del día de la publicación de esta Resolución en el «DOGC» y en el «BOE». En el caso que la publicación de esta Resolución no se haga de manera simultánea en el «BOE» y en el «DOGC», el plazo contará a partir del día de la publicación en el «BOE». En el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso dichos cuerpos o escalas y, por lo tanto, no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran en activo en otro cuerpo de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, bastará con que dentro del plazo posesorio de veinte días naturales, tomen posesión en el nuevo cuerpo o escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino en la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso, computándose dicho plazo posesorio, para los que reingresan el cuerpo de tramitación procesal y administrativa, desde el día 25 de octubre de 2010; y para los que reingresan en el cuerpo de gestión procesal y administrativa o auxilio judicial, desde el día 2 de noviembre de 2010. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la gerencia territorial de Justicia de su actual destino o, en su caso, a los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con en competencias asumidas, un permiso retribuido de dos días si hay cambio de localidad, excepto aquellos que hayan de desplazarse a las Canarias, las Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días.

La comunidad autónoma competente o la gerencia territorial que corresponda les concederá la excedencia de oficio en el cuerpo de procedencia si se produce en un cuerpo o escala al servicio de la Administración de Justicia, y en este destino se les tendrá por cesados en la fecha anterior a la de la posesión en los cuerpos o escalas de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa o auxilio judicial, con el fin de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la posesión del titular.

6. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado; o bien pueden impugnarla directamente mediante recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo competente de Barcelona, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, de conformidad con lo que establecen los artículos  14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la interposición de los recursos contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los interesados se notificarán mediante la publicación en el «DOGC» y mediante la exposición en los tablones de anuncios de los órganos siguientes: Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158, ático, 08009 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Norte (Rambla Fondo, s/n., 08922, Santa Coloma de Gramenet); Gerencia Territorial de Barcelona Sur (Torres Cerdà, calle General Almirante, 2-28 9.ª planta (torres centro) 08014 Barcelona); Ciudad de la Justicia de Barcelona y L’Hospitalet de Llobregat (Torres Cerdà c. General Almirante, 2-28, 10.ª planta (torres centro) 08014 Barcelona); Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Gerona (calle Güell, 89, 17005 Gerona), en Lérida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lérida), en Tarragona (calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y en Les Terres de l’Ebre (calle Àngel, 6, 4.ª, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (pg. Lluís Companys, 14-16, 08018 de Barcelona; Audiencias Provinciales de Barcelona (pg. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), Gerona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Gerona), Lérida (calle Canyeret, 1, 25001 Lérida) y Tarragona (Avda. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); Decanatos de Barcelona (pg. Pujades, 1, 08071 Barcelona), Gerona (Avda. Ramon Folch, 4-6, 17001 Gerona), Lérida (calle Canyeret, 3-5, 25007 Lérida) y Tarragona (Avda. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); sedes del Instituto de Medicina Legal de Cataluña en Barcelona (calle Balmes 7, 08007 Barcelona), Gerona (calle Avda. Ramon Folch, 4-6, 17001 Gerona), Lérida (calle Canyeret, 1, 25007 Lérida), Tarragona (Avda. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona) y les Terres de l’Ebre (pl. dels Estudis, s/n., 43500 Tortosa); y en la fiscalía de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona), Gerona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Gerona), Lérida (calle Canyeret, 3-5, 25007 Lérida) y Tarragona (Avda. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), y página web del Departamento de Justicia (www.gencat.cat/justicia).

Barcelona, 30 de septiembre de 2010.–La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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