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Documento BOE-A-2010-15994

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6391-2010, en relación con la disposición adicional tercera c) de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 20 de octubre de 2010, páginas 88231 a 88231 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2010-15994

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 5 de octubre de actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6391-2010 planteada por la Sección Primera de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el recurso de suplicación núm. 191/2010, en relación con la disposición adicional tercera.c) de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, por posible vulneración del art. 14 de la C.E., y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el recurso de suplicación núm. 191/2010, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de octubre de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 05/10/2010
  • Fecha de publicación: 20/10/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la extinción, por desaparición sobrevenida de su objeto, por Auto de 12 de marzo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-3205).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad de la disposición adicional 3 de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-20910).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Familia
  • Pensiones
  • Seguridad Social

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