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Documento BOE-A-2009-18166

Orden FOM/3045/2009, de 10 de noviembre, por la que se convoca el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento correspondiente al año 2008 y se modifica la Orden FOM/2647/2006, de 27 de julio, por la que se regula el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento y se convoca el correspondiente al año 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 14 de noviembre de 2009, páginas 97013 a 97015 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2009-18166

TEXTO ORIGINAL

El Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento se instituye con carácter anual por Orden de 3 de agosto de 2001, como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor profesional en el ámbito de las infraestructuras del transporte, desarrollada fundamentalmente en España.

La citada Orden de 3 de agosto de 2001 fue primero modificada por la Orden FOM/2754/2004, de 27 de julio, para ampliar el ámbito subjetivo de este Premio Nacional, abriéndolo a otras profesiones distintas de la de Ingeniero. Posteriormente aquella orden fue sustituida por la Orden FOM/2647/2006, de 27 de julio, en la cual se modificó la composición del jurado, con objeto de procurar una participación paritaria entre hombres y mujeres.

De nuevo se considera necesario modificar las bases que rigen este premio, con el fin de acomodar su ámbito subjetivo, hasta ahora limitado a sólo una parte de los múltiples campos en los que se materializa la actividad profesional de la ingeniería civil –la de las infraestructuras del transporte–, al conjunto más amplio de las realizaciones que son propias de esta disciplina.

En este sentido, una parte relevante de las realizaciones de la ingeniería civil, como es el caso de las asociadas a la gestión de los recursos hídricos y las infraestructuras del agua o de aquéllas orientadas a compatibilizar el desarrollo de la actividad humana con la preservación del medio ambiente y el uso sostenible del territorio, caen dentro de la esfera de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, lo que aconseja incorporar su criterio en la adjudicación del Premio, integrando en el Jurado a representantes de este Departamento ministerial.

Finalmente, en la presente orden se incluye la convocatoria del Premio Nacional de Ingeniería Civil correspondiente al año 2008.

En su virtud, y previa consulta al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden FOM/2647/2006, de 27 de julio por la que se regula el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento y se convoca el correspondiente al año 2005.

La Orden FOM/2647/2006, de 27 de julio, por la que se regula el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento y se convoca el correspondiente al año 2005, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 1. Objeto.

Con el carácter de Premio Nacional, se convocará anualmente el Premio Nacional de Ingeniería Civil del Ministerio de Fomento. Dicho Premio se otorgará como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor, aplicada a las infraestructuras y demás realizaciones propias de la ingeniería civil, realizada fundamentalmente en España, por un profesional relacionado con la ingeniería. El Premio no podrá recaer en persona que haya desempeñado puesto o cargo, durante los cinco años anteriores a su convocatoria, en el Ministerio de Fomento o en el de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ni en los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entes públicos o sociedades estatales adscritos a ellos.»

Dos. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:

«1. El Premio se fallará por un Jurado presidido por el Ministro de Fomento o por el titular del órgano del Departamento designado por el propio ministro. Estará integrado por los siguientes miembros:

a) tres altos cargos a designar entre los titulares de los órganos superiores y directivos y de los organismos públicos adscritos al Ministerio de Fomento, entre los que necesariamente se encontrará el Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.

b) dos altos cargos a designar entre los titulares de los órganos superiores y directivos y de los organismos públicos dependientes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

c) en su caso, la persona premiada en la anterior convocatoria.

d) cuatro miembros, como máximo, seleccionados entre personas con acreditada vinculación a la ingeniería civil.

En la composición del Jurado se procurará una participación paritaria entre mujeres y hombres.»

Tres. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 4. Presentación de candidatos.

Los candidatos al premio podrán ser presentados por los miembros del Jurado y por las organizaciones, instituciones y corporaciones que tengan acreditada vinculación con la ingeniería civil, mediante propuestas razonadas dirigidas a la Secretaría del Jurado.»

Disposición final primera. Convocatoria y bases del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008.

Se convoca el Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008, que se regirá por lo establecido en la Orden FOM/2647/2006, de 27 de julio, y por las bases que figuran en el anexo.

De acuerdo con lo dispuesto en esta orden, formarán parte del Jurado del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008:

Presidente: El Ministro de Fomento o el titular del órgano del Departamento que designe el propio Ministro.

Vocales:

El Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras.

La Secretaria General de Infraestructuras.

La Directora General del Agua.

La Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

El Director General del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.

Doña Josefina Gómez Mendoza, en representación de la Real Academia de Ingeniería.

Don Edelmiro Rúa Álvarez, en representación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Don Gonzalo Meneses Martin, en representación del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

Doña Rosario Martínez Vázquez de Parga, en representación de la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.

Don Alcibíades Serrano González, en su calidad de Premio Nacional de Ingeniería Civil 2007.

Será Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el titular de la Subdirección General de Programación Técnica y Científica del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, ostentando dicha Unidad la Secretaría del mismo.

En caso de ausencia o enfermedad, el voto de los miembros del Jurado podrá ser delegado en alguno de ellos.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de noviembre de 2009.–El Ministro de Fomento, José Blanco López.

ANEXO
Bases del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento

Primera.–El Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento se otorgará como recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de un profesional cuya aportación a la ingeniería civil, realizada fundamentalmente en España y valorada con criterios objetivos, haya puesto de relieve los aspectos sociales, económicos, estéticos y tecnológicos de dicha actividad.

Segunda.–El Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento estará dotado con un diploma acreditativo y una cuantía económica de 33.000 euros, que no podrá dividirse y que se satisfará con cargo al crédito 17.01.451 N.485 de los Presupuestos Generales del Estado para 2009.

Tercera.

1. La propuesta de candidatos, que deberá ser razonada y dirigida a la Secretaría del Jurado, corresponde, exclusivamente, a los miembros del mismo y a las Organizaciones, Instituciones y Corporaciones que tengan acreditada vinculación con la Ingeniería Civil.

2. No podrán ser candidatos los profesionales que hayan desempeñado puesto o cargo, durante los cinco años anteriores a la presente convocatoria, en el Ministerio de Fomento o en el de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, ni en los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, entes públicos o sociedades estatales adscritos a ellos.

Cuarta.–El plazo para la propuesta de candidatos será de un mes desde la publicación de la orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta.–El Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento se fallará por un Jurado cuyas normas de composición, asistencias, procedimiento y régimen de votaciones se acomodarán a lo establecido en la orden de convocatoria y en el apartado tercero de esta orden.

Sexta.–El Jurado procederá, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha límite de la propuesta de candidatos, a adoptar su decisión respecto a la concesión del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento, decisión que será razonada para la correspondiente aprobación.

Séptima.–La concesión del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» mediante resolución del Presidente del Jurado, y su entrega se efectuará en un acto público, con la solemnidad y difusión adecuadas.

Octava.–La aceptación del Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento llevará consigo la de sus normas reguladoras.

Novena.–Las comunicaciones relacionadas con el Premio Nacional de Ingeniería Civil 2008 del Ministerio de Fomento deberán dirigirse a la Secretaría del Jurado del mismo, sita en el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (Cedex), calle de Alfonso XII, números 3 y 5, 28014, Madrid.

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