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Documento BOE-A-2007-5231

Resolución de 24 de enero de 2007, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se actualiza y renueva la autorización concedida a ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Anónima Unipersonal, para actuar como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2007, páginas 10584 a 10587 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2007-5231

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado por don Ramón Roch Noguera, con D.N.I. n.º 46.319.445-K, Director General y representante legal de la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Anónima Unipersonal, provista del CIF A-08658601, con domicilio en calle Pablo Ruiz Picasso, n.º 10, de Zaragoza, autorizada a actuar como Organismo de Control por Resolución de 7 de marzo de 1997, de la Dirección General de Industria y Comercio, solicitando la actualización y renovación de dicha autorización. Vista la Acreditación número 01/EI004 otorgada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, a la entidad ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.U., así como su anexo técnico con fecha de 16 de junio de 2006 y número 22 de revisión. Vista la Acreditación número 01/EI098 otorgada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, a la entidad ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S. A.U., así como su anexo técnico con fecha de 7 de abril de 2006 y número 7 de revisión. Resultando que se ha presentado ante esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 67/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, la documentación que establece el art.º 43.3 del Real Decreto 2200/1995, de 6 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial (BOE de 6-2-96) y que se cumplen las condiciones y requisitos establecidos en el art.º 43.2 del citado Real Decreto. Considerando que en la tramitación del expediente se ha cumplido todos los requisitos reglamentarios. Vista la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón. Vistos los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero, y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de industria, energía y minas; el citado Real Decreto 2200/1995, de 6 de diciembre, y demás legislación concordante. Visto el Decreto 280/2003, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria. Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, resuelve:

Primero.-Actualizar y renovar la autorización concedida, a la empresa Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Anónima, por Resolución de 7 de marzo de 1997, modificada por Resoluciones de 2 de abril, de 24 de junio, de 24 de julio, 12 de noviembre de 1998, de 8 de febrero, de 25 de septiembre y 20 de diciembre de 2000, de 8 de mayo de 2001, de 9 de noviembre de 2002, de 8 de septiembre de 2003, de 16 de febrero de 2004, de 14 de marzo y de 8 de Septiembre de 2005 de esta Dirección General, sustituyendo la relación de ámbitos reglamentarios, para los que dicha empresa fue autorizada a actuar como Organismo de Control para las actividades de inspección, por la siguiente:

1. Área Industrial

Entidad de Inspección tipo A

Aparatos elevadores:

Ascensores: Orden de 31 de marzo de 1981 (B.O.E. 20/04/1981), por las que se fijan las condiciones técnicas mínimas exigibles a los ascensores y se dan normas para efectuar las revisiones generales periódicas de los mismos.

R. D. 2291/1985, de 8 de noviembre (B.O.E. 11/12/1985), por el que se aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención. Orden de 23 de septiembre de 1987 (B.O.E. 6/10/1987), por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria MIEAEM-1 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, sobre ascensores movidos eléctrica, hidráulica u oleoeléctricamente. Modificada por Orden de 19 de septiembre de 1991. R. D. 57/2005, de 21 de enero (B.O.E. 04/04/2005), por el que se establecen prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente. R. D. 1314/1997, de 1 de agosto (B.O.E. 30/09/1997), por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE sobre ascensores.

Grúas:

R. D. 836/2003 de 27 de junio (B.O.E. 17/06/2003), por el que se aprueba una nueva instrucción técnica complementaria MIE-AEM-2 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.

R. D. 837/2003, de 27 de junio (B.O.E. 17/06/2003), por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la instrucción técnica complementaria MIE-AEM-4 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.

Accidentes graves:

R. D. 1254/1999 de 16 de julio (B.O.E. 20/07/1999), por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Modificado por R. D. 948/2005, de 29 de julio (B.O.E. 30/07/2005), y R. D. 119/2005, de 4 de febrero (B.O.E 11/02/2005).

R. D. 1196/2003, de 19 de septiembre (B.O.E. 09/10/2003), por el que se aprueba la Directriz Básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

Aparatos a presión:

R. D. 1244/1979, de 4 de abril (B.O.E. 29/05/1979), por el que se aprueba el Reglamento de aparatos a presión. Instrucciones técnicas complementarias MIEAP-1 a MIE-AP-17 con las limitaciones establecidas por el R. D. 769/1999, de 7 de mayo.

D. 2443/1969, de 16 de agosto (B.O.E. 28/10/1969), por el que se aprueba el Reglamento de recipientes a presión. R. D. 1495/1991, de 11 de octubre (B.O.E. 15/11/1991), sobre aplicación de las directivas del Consejo de las Comunidades Europeas 87/404/CEE sobre recipientes a presión simples. Modificado por R. D. 2486/1994, de 23 de diciembre (B.O.E. 24/01/1995). R. D. 769/1999, de 7 de mayo (B.O.E. 31/05/1999), por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE, relativa a los equipos de presión.

Almacenamiento de productos químicos:

R. D. 668/1980, de 8 de febrero (B.O.E. 29/05/1979), sobre Almacenamiento de Productos Químicos. Instrucciones técnicas MIE-APQ-1 a ITC MIE-APQ-6.

R. D. 379/2001, de 6 de abril (B.O.E. 19/10/2001), por el que se aprueba el reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus instrucciones técnicas MIEAPQ-1 a MIE-APQ-8.

Aparatos a gas:

R. D. 494/1988, de 20 de mayo (B.O.E. 25/05/1988), por el que se aprueba el Reglamento de los aparatos que utilizan gas como combustible.

Gases combustibles:

Orden de 18 de noviembre de 1974 (B.O.E. 06/12/1974), por el que se aprueba el Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos. Modificado por Orden de 26 de octubre (B.O.E. 08/11/1983), y Orden de 6 de julio (B.O.E. 23/07/1984). Instrucciones técnicas complementarias MIG-5.1 a 5.5, MIG-6.1 y 6.2, MIG-R.7.1 y R.7.2 y MIG-R.8. Orden de 9 de marzo (B.O.E. 21/03/1994), que modifica la ITC MIG-5.1 y Orden de 29 de mayo (B.O.E. 11/06/1998), que modifica las ITC MIG-R.7.1 y MIG-R.7.2.

R. D. 1853/1993, de 22 de octubre (B.O.E. 24/11/1993), por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos, o comerciales y sus Instrucciones Técnicas MI-IRG01 a MI-IRG 14.

Gases licuados del petróleo:

Orden de 29 de enero de 1986 (B.O.E. 22/02/1986), por la que se aprueba el Reglamento sobre Instalaciones de Almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos.

Orden de 30 de octubre de 1970 (B.O.E. 09/11/1970), por la que se aprueba el Reglamento de Centros de Almacenamiento y Distribución de GLP envasados. Orden de 24 de noviembre de 1982 (B.O.E. 06/12/1982), por la que se dictan normas para el almacenamiento y suministro de gases licuados del petróleo (GLP) a granel, para su utilización como carburante para vehículos a motor.

Contraincendios:

Instalaciones de protección contra incendios: R. D. 1942/1993, de 5 de noviembre (B.O.E. 14/12/1993), por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

R. D. 2177/1996, de 4 de octubre (B.O.E. 29/10/1996), por el que se aprueba la Norma Básica de Edificación NBE-CPI-96 «Condiciones de protección contra incendios en los edificios».

Seguridad contraincendios en establecimientos industriales:

R. D. 2267/2004, de 3 de diciembre (B.O.E. 17/12/2004), por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales.

Instalaciones frigoríficas:

R. D. 3099/1977, de 8 de septiembre (B.O.E. 06/12/1977), por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas.

Instalaciones petrolíferas:

R. D. 2085/1994, de 20 de octubre (B.O.E. 27/01/1995), por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas. Instrucciones Técnicas Complementarias MIIP01 «Refinerías» y MI-IP 02 «Parques de almacenamiento de líquidos petrolíferos».

R. D. 2201/1995, de 28 de diciembre (B.O.E. 16/02/1996), por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP04 «Instalaciones fijas de distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público». R. D. 1427/1997, de 15 de septiembre (B.O.E. 23/10/1997), por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP03 «Instalaciones petrolíferas para uso propio». R. D. 1562/1998, de 17 de julio (B.O.E. 08/08/1998), por el que se modifica la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP02 «Parque de almacenamiento de líquidos petrolíferos». R. D. 1523/1999, de 1 de octubre (B.O.E. 22/10/1999), por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por R. D. 2085/1994 y las Instrucciones Técnicas Complementarias MIIP03, aprobada por el R. D. 1427/1997, y MIIP04, aprobada por R. D. 2201/1995.

Instalaciones interiores de suministro de agua:

Orden de 9 de diciembre de 1975 (B.O.E. 13/01/1976), por la que se aprueban las «Normas Básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua».

Instalaciones térmicas en los edificios:

R. D. 1751/1998, de 31 de julio (BOE 05.08.98), por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITE). Modificado por R. D. 1218/2002, de 22 de noviembre.

Reglamentación eléctrica:

Alta tensión: D. 3151/1968 de 28 de noviembre (B.O.E. 27/12/1968), por el que se aprueba el Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión.

R. D. 3275/1982, de 12 noviembre (B.O.E. 01/12/1982), sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. Instrucciones técnicas complementarias MIE-RAT 01 a MIE-RAT 20.

Baja tensión:

D. 2413/1973, de 20 de septiembre (B.O.E 9/10/1973), por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Instrucciones complementarias MI-BT-01 a MI-BT-44.

R. D. 842/2002, de 2 de agosto (B.O.E. 18/09/2002), por lo que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Instrucciones técnicas complementarias ITC BT-01 a BT-51.

Seguridad de máquinas:

R. D. 1435/1992, de 27.11 (BOE 11.12.92), sobre aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

Seguridad minera:

R. D. 863/1985, de 2 de abril (B.O.E. 12/06/1985), por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, modificado por el R. D. 150/1996, de 2 de febrero.

Transportes de mercancías peligrosas:

Acuerdo europeo sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR) de 30.09.1957 en Ginebra según texto refundido vigente.

R. D. 2115/1998, de 2 de octubre (B.O.E. 16/10/1998), sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera. Orden CTE/964/2004, de 31 de marzo, por la que se actualiza el anejo 3 y se modifican el anejo 4, el anejo 6 y diversos apéndices del anejo 5 del Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera. Reglamento internacional de 8 de agosto de 1986, sobre transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID) según texto refundido vigente. R. D. 412/2001, de 20 de abril (B.O.E. 08/05/2001), por el que se regulan diversos aspectos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril. Código Marítimo Internacional de Transporte de Mercancías Peligrosas (Código IMDG), según Orden Ministerio de Transportes de 10 de junio de 1983 (B.O.E. 20/09/1983) + enmiendas posteriores. R. D. 1749/1984, de 1 de agosto (B.O.E. 02/10/1984), por el que se aprueba el Reglamento Nacional sobre el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea y las instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. CSC Convenio Internacional sobre seguridad de los contenedores (CSC) de 2 de diciembre de 1972 en Ginebra (B.O.E. 13/09/1977) + enmiendas posteriores. Orden de 20 de septiembre de 1985 (B.O.E. 27/09/1985), sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas. Orden de 17 de marzo de 1986 (B.O.E. 31/03/1986), sobre normas para homologación de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas.

Mercancías perecederas:

Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP) B.O.E. (22/11/1976) + Enmiendas posteriores.

R. D. 237/2000, de 18 de febrero (B.O.E. 16/03/2000), por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones. Modificado por R. D. 380/2001, de 6 de abril.

Entidad de Inspección tipo C

Máquinas como equipo de trabajo en uso:

R. D. 1215/1997, de 18 de julio (B.O.E. 07/08/1997), por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

R. D. 2177/2004, de 12 de noviembre (BOE 13/11/2004), que modifica el R. D. 1215/1997 de 18 de julio en materia de trabajos temporales en altura.

2. Área medioambiental

Entidad de Inspección tipo A

Aguas residuales:

R. D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Publico Hidráulico que desarrolla los Títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (B.O.E. 30/04/85).

R. D. 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (B.O.E. n.º 135 6/06/03).

Autorizaciones de vertido otorgadas al amparo de la anterior legislación:

Emisiones: Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre de 1972, de Protección del Ambiente Atmosférico (B.O.E. 22/04/75).

R. D. 547/79, de 20 de febrero, sobre modificación del anexo IV del Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley de Protección del Ambiente Atmosférico (B.O.E. 23/03/79). Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de contaminación industrial de la atmósfera (B.O.E. 03/12/76). R. D. 646/91, de 22 de abril, por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión (B.O.E. 25/04/91). R. D. 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (B.O.E. 07/02/03). R. D. 653/2003, de 31 de mayo, sobre Incineración de residuos (BOE 142, de 14/06/2003). Decreto 319/1998, de 15 de diciembre, sobre límites de emisión para instalaciones industriales de combustión de potencia térmica inferior a 50 MWt e instalaciones de cogeneración (DOGC 2816, de 29/01/1999). Decreto 22/1998, de 4 de febrero, sobre límites de emisión a la atmósfera para instalaciones de tueste y torrefacción de café (DOGC 2575, de 10/02/1998). Decreto 323/1994, de 4 de noviembre, por el cual se regulan las instalaciones de incineración de residuos y los límites de sus emisiones a la atmósfera (DOGC 1986, de 16/12/1994). Decreto Foral 6/2002, de 14 de enero, por el que se establecen las condiciones aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de emitir contaminantes a la atmósfera (BO Navarra 31, de 11/03/2002). Orden de 30/04/02, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regulan el trámite de notificación y determinados aspectos de la actuación de los organismos de control autorizados en el ámbito de calidad ambiental, área de atmósfera de Castilla La Mancha (D.O.C.M. 20/05/02). Resolución de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de actuación de los organismos de control autorizados en el campo reglamentario de la calidad ambiental, área atmósfera en la Comunidad de Madrid (Resolución de 14/03/03, BOCM n.º 85, de 10/04/03; Resolución de 03/06/03, BOCM n.º 142, de 16/06/03; Resolución de 14/10/03, BOCM n.º 25, de 30/01/04). R. D. 430/2004, de 12 de marzo, por el que se establece nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, y se fijan ciertas condiciones para el control de las emisiones a la atmósfera de las refinerías de petróleo (BOE 69, de 20/03/2004).

Calidad del aire (inmisiones):

Orden de 10 de agosto de 1976, por la que se establecen las normas técnicas para el análisis y valoración de los contaminantes de naturaleza química presentes en la atmósfera. (B.O.E. 05/11/76).

R. D. 1321/1992, de 30 de octubre, sobre contaminación atmosférica por dióxido de azufre y partículas en suspensión (B.O.E. 03/02/93), De aplicación conforme a la Circular CA/01/2005, de la Dirección General de Industria Energía y Minas, sobre contaminación atmosférica industrial, de fecha 17 de enero de 2005, de la Comunidad de Madrid. R. D. 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxido de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono (BOE 260, de 30/10/2002).

Ruidos:

Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación acústica de Andalucía (BOJA 18/12/03).

Decreto 99/1985, de 17 de octubre, por el que se aprueban las normas sobre condiciones técnicas de proyectos de aislamiento acústico y de vibraciones (BOPA 248, de 28/10/1985). Decreto 20/1987, de 26 de marzo, para la protección del medio ambiente contra la contaminación por emisión de ruidos y vibraciones (BOCAIB 54, de 30/04/1987). Decreto 3/1995, de 12 de enero, por el que se establecen las condiciones que deberán cumplir las actividades clasificadas, por sus niveles sonoros o vibraciones (BO Castilla y León 11, de 1/01/1995). Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica (DOGC 3675, de 11/07/2002). Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruido y vibraciones (BO Extremadura 18, de 11/02/1997). Ley 7/1997, de 11 de agosto. Protección contra la contaminación acústica (BO Galicia 159, de 20/08/1997). Decreto 150/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de protección contra la contaminación acústica (BO Galicia 100, de 27/05/1999). Decreto 320/2002, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento que establece las ordenanzas tipo sobre protección contra la contaminación acústica (BO Galicia 230, de 28/11/2002). Decreto 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica de la Comunidad de Madrid (BO Comunidad de Madrid 134, de 08/06/1999). Decreto 48/1998, de 30 de julio. Normas sobre protección del medio ambiente frente al ruido (BO Región de Murcia 180, de 06/08/1998). Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio. Condiciones técnicas que deberán cumplir las actividades emisoras de ruidos o vibraciones (BO Navarra 76, de 19/06/1989). Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de protección contra la contaminación acústica (DOGV 4394, de 09/12/2002). Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios. (DOGV 13/12/2004).

Vibraciones:

Ley 16/2002 de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica (DOGC 3675, de 11/07/2002).

Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios. (DOGV 13/12/2004). Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación acústica de Andalucía (BOJA 18/12/03).

Entidad de Inspección tipo C

Suelos potencialmente contaminados: R. D. 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. (BOE 18/01/2005).

Ley 1/2005, de 4 de febrero, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo (BOPV 16/02/2005) (Excepto análisis de riesgos). Circular sobre valores de referencia y valores de intervención para la recuperación del suelo y sus Anexos A-D»; Ministerio de Vivienda, Planificación del Territorio y Medio Ambiente Holandés; Dirección General de Protección Medioambiental, Departamento de Protección del Suelo; (Netherlands Government Gazette, N.º 39 -04 de febrero de 2000-). Plan Director de la Protección del Suelo en el País Vasco (1994), y Guías Metodológicas para la Investigación de la Contaminación del suelo. Valores indicativos de evaluación (VIE-A, VIE-B, VIE-C). IHOBE, Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Gobierno Vasco. 1998». Guía de evaluación de la calidad del suelo: Criterios provisionales de calidad del suelo en Cataluña». Departament de Medi Ambient de la Junta de Residus de la Generalitat de Catalunya, 1997.

Aguas subterráneas asociadas a suelos potencialmente contaminados:

Circular sobre valores de referencia y valores de intervención para la recuperación del suelo y sus Anexos A-D»; Ministerio de Vivienda, Planificación del Territorio y Medio Ambiente Holandés; Dirección General de Protección Medioambiental, Departamento de Protección del Suelo; (Netherlands Goverment Gazette, N.º 39 -04 de febrero de 2000-).

Segundo.-La presente actualización y renovación de la actuación como Organismo de Control, en lo referente al tipo de inspección, con carácter general se referirá a todas las inspecciones citadas en los documentos normativos de referencia, y con carácter específico, en el ámbito reglamentario de aparatos elevadores, para el R. D. 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores, el ámbito se limita a las inspecciones periódicas conforme a los requisitos establecidos en el citado documento; en el ámbito reglamentario de las instalaciones petrolíferas se exceptúa la realización de pruebas de estanqueidad con sistemas de detección de fugas según R. D. 1523/1999; en el ámbito reglamentario de los aparatos a gas se excluyen las inspecciones referidas en el R. D. 1428/1992, de aplicación de la Directiva 90/396/CE sobre los aparatos de gas; en el ámbito reglamentario de accidentes graves se referirá únicamente a las inspecciones definidas para los organismos de control y en el ámbito reglamentario de las máquinas como equipo de trabajo en uso, únicamente a las inspecciones establecidas en el anexo I del R. D. 1215/1997, de 18 de julio. Dentro del área de la calidad ambiental, los tipos de inspección y los procedimientos para cada documento normativo son los recogidos en el anexo técnico de revisión 7 y fecha 7 de abril de 2006 del certificado de acreditación número 01/EI098 emitido por ENAC a favor de ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S. A. U.

Tercero.-La presente actualización y renovación de la autorización concedida por Resolución de 7 de marzo de 1997, a la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, Sociedad Anónima, para actuar como Organismo de Control, mantendrá su vigencia mientras permanezcan en vigor las Acreditaciones número 01/EI004 otorgada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, así como su anexo técnico con fecha de 16 de junio de 2006 y número 22 de revisión y la Acreditación número 01/EI098 otorgada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, así como su anexo técnico con fecha 7 de abril de 2006 y número 7 de revisión, pudiendo ser suspendida o revocada, además de en los casos contemplados en la legislación vigente, cuando lo sean las citadas acreditaciones. Cuarto.-La presente actualización y renovación de la autorización para actuar como Organismo de Control queda supeditada al siguiente condicionado:

a) Cumplir lo establecido con carácter general por el citado Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, así como por la también citada Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, en lo que es de aplicación.

b) En lo concerniente a su actuación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón cumplir con lo dispuesto en el Decreto 67/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el ejercicio de las funciones en materia de vigilancia del cumplimiento de la legislación vigente sobre seguridad de productos, equipos e instalaciones industriales asignado a los Organismos de Control en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y en el Decreto 25/1999, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el contenido de los informes de los organismos de control sobre contaminación atmosférica, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 24 de enero de 2007.-El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Carlos Javier Navarro Espada.

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