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Documento BOE-A-2007-19980

Resolución de 5 de noviembre de 2007, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se integra a don Josep María Arauzo Carod en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2007, páginas 47580 a 47580 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2007-19980

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril de 2007, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su disposición adicional segunda, dispone lo siguiente: «1... Los Profesores Titulares de Escuela Universitaria que, a la entrada en vigor de esta Ley, posean el título de Doctor o lo obtengan posteriormente, y se acrediten específicamente en el marco de lo previsto por el artículo 57, accederán directamente al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, en sus propias plazas». Asimismo la disposición adicional décima, establece que «Quienes resultarán habilitados o habilitadas conforme a la regulación correspondiente contenida en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y su normativa de desarrollo se entenderá que poseen la acreditación regulada en la reforma de dicha ley orgánica realizada por esta Ley». De acuerdo con el acuerdo del consejo de Gobierno de la Universitat Rovira i Virgili de 30 de octubre de 2007 y comprobado el cumplimiento por el interesado de los requisitos establecidos y de acuerdo con lo dispuesto en las citadas disposiciones adicionales y en uso de las atribuciones conferidas a mi cargo de acuerdo con el Decreto 202/2003, de 26 de agosto de 2003 de aprobación del Estatuto de la Universitat Rovira i Virgili, Resuelvo que quede integrado en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, el funcionario del Cuerpo de Titulares de Escuela Universitaria, perteneciente a esta Universidad, Dr. Josep María Arauzo Carod, con DNI 38123372-K quedando adscrito al Departamento, Área de conocimiento y Centro que estuviera en su cuerpo de origen.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, delante de la Jurisdicción contenciosa Administrativa.

No obstante la persona interesada podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso-contencioso administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tarragona 5 de noviembre de 2007.-El Rector, Francesc Xavier Grau Vidal.

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