El apartado 3.d) del artículo 3 del Real Decreto 697/2007, de 1 de junio, por el que se crea el Centro Documental de la Memoria Histórica, dispone que el Patronato del Centro estará compuesto, además de por los vocales natos previstos en el apartado 3.c) del mismo artículo, por un máximo de diez vocales designados por el Ministerio de Cultura entre personalidades relevantes en el ámbito de los archivos y de la investigación histórica, desempeñando sus funciones por un período de tres años, a contar desde la fecha de sus respectivos nombramientos. En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 25.f) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, he resuelto:
Primero.-Designar como vocales del Patronato del Centro Documental de la Memoria Histórica a: D.ª Ángeles Valle de Juan.
D. José Luis Abellán-García González. D. Santos Juliá Díaz. D.ª Soledad Gallego-Díaz Fajardo. D.ª Victoria Prego de Oliver. D. Nicolás Sánchez-Albornoz y Aboín. D.ª Dolores Saiz García. D. Ángel Viñas Martín.
Segundo.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.3.d) del Real Decreto 697/2007, de 1 de junio, los vocales designados desempeñarán sus funciones por un período de tres años.
Madrid, 25 de octubre de 2007.-El Ministro de Cultura, César Antonio Molina Sánchez.
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