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Documento BOE-A-2006-9521

Resolución de 24 de mayo de 2006, de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueban diversos procedimientos de operación para su adaptación a la nueva normativa eléctrica.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2006, páginas 20399 a 20399 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-9521
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2006/05/24/(2)

TEXTO ORIGINAL

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Visto el Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica. Visto el Real Decreto-Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública. Visto el Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico. Vista la ITC/4112/2005, de 30 de diciembre, por la que se establece el régimen aplicable para la realización de intercambios intracomunitarios e internacionales de energía eléctrica. Visto el Real Decreto-Ley 3/2006, de 24 de febrero, por el que se modifica el mecanismo de casación de las ofertas de venta y adquisición de energía presentadas simultáneamente al mercado diario e intradiario de producción por sujetos del sector eléctrico pertenecientes al mismo grupo empresarial. Vista la propuesta realizada por el Operador del Sistema de los procedimientos de operación del sistema, P.O. 14.1-14.7, 2.2, 3.1, 3.2, 3.3, 7.2 y 7.3 de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica. Esta Secretaría General, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, ha adoptado la presente resolución:

Primero.-Se aprueban los procedimientos para la operación del sistema eléctrico P.O. 14.1-14.7, 2.2, 3.1, 3.2, 3.3, 7.2 y 7.3 que figuran como anexo de la presente Resolución.

Segundo.-La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación para la realización de las programaciones que se ejecuten a partir de las cero horas del 1 de junio de 2006.

Madrid, 24 de mayo de 2006.-El Secretario General, Antonio Joaquín. Fernández Segura.

Sr. Director General de Política Energética y Minas, Sra. Presidenta de la Comisión Nacional de Energía, Sr. Presidente de Red Eléctrica de España. S. A., Sra. Presidenta de la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad S. A.

(En suplemento aparte se publica el anexo correspondiente)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/05/2006
  • Fecha de publicación: 30/05/2006
  • Efectos desde el 31 de mayo de 2006.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEJA SIN EFECTO:
  • SE DEROGA lo indicado , por Resolución de 26 de junio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-12693).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 31 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1997-27817).
Materias
  • Comercio
  • Comisión Nacional de Energía
  • Contabilidad
  • Distribución de energía
  • Energía
  • Producción de energía
  • Reglamentaciones técnicas
  • Suministro de energía

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