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Documento BOE-A-2006-16908

Resolución de 8 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica la de 14 de marzo de 2006, por la que se establece la tabla de potencias normalizadas para todos los suministros en baja tensión.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2006, páginas 33821 a 33821 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2006-16908

TEXTO ORIGINAL

Vista la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 14 de marzo de 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 74 de 28 de marzo de 2006, por la que se establece la tabla de potencias normalizadas para todos los suministros en baja tensión. Considerando que deben ampliarse los valores de potencias incluidas en la tabla del Anexo de dicha Resolución de 14 de marzo de 2006. Visto el apartado trece del artículo segundo del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico, que añade un nuevo apartado 4 al artículo 93 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Esta Dirección General de Política Energética y Minas, ha resuelto que la tabla contenida en el Anexo de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 14 de marzo de 2006, quede como a continuación se transcribe:

ANEXO

Tabla de potencias activas normalizadas

Intensidad (A)

Potencias normalizadas (kW)

Monofásicos

Trifásicos

U=127 V

U=133 V

U=220 V

U=230 V

3x127/220 V

3x133/230 V

3x220/380 V

3x230/400 V

1,5

0,191

0,200

0,330

0,345

0,572

0,598

0,987

1,039

3

0,381

0,399

0,660

0,690

1,143

1,195

1,975

2,078

3,5

0,445

0,466

0,770

0,805

1,334

1,394

2,304

2,425

5

0,635

0,665

1,100

1,150

1,905

1,992

3,291

3,464

7,5

0,953

0,998

1,650

1,725

2,858

2,988

4,936

5,196

10

1,270

1,330

2,200

2,300

3,811

3,984

6,582

6,928

15

1,905

1,995

3,300

3,450

5,716

5,976

9,873

10,392

20

2,540

2,660

4,400

4,600

7,621

7,967

13,164

13,856

25

3,175

3,325

5,500

5,750

9,526

9,959

16,454

17,321

30

3,810

3,990

6,600

6,900

11,432

11,951

19,745

20,785

35

4,445

4,655

7,700

8,050

13,337

13,943

23,036

24,249

40

5,080

5,320

8,800

9,200

15,242

15,935

26,327

27,713

45

5,715

5,985

9,900

10,350

17,147

17,927

29,618

31,177

50

6,350

6,650

11,000

11,500

19,053

19,919

32,909

34,641

63

8,001

8,379

13,860

14,490

24,006

25,097

41,465

43,648

Madrid, 8 de septiembre de 2006.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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