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Documento BOE-A-1999-4178

Resolución de 3 de febrero de 1999, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones o ayudas en materias relacionadas con la seguridad nuclear y la protección radiológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1999, páginas 7123 a 7125 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo de Seguridad Nuclear
Referencia:
BOE-A-1999-4178
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/02/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

En el presupuesto del Consejo de Seguridad Nuclear y bajo la rúbrica «A Familias e Instituciones sin fines de lucro» se recoge un crédito destinado a la aportación del Consejo de Seguridad Nuclear a la realización de programas cuyo objetivo, a juicio de este Organismo, contribuya a la difusión y el mejor conocimiento de las dos principales competencias atribuidas al mismo por Ley 15/1980 cuales son la seguridad nuclear y la protección radiológica.

A tal fin, el Consejo de Seguridad Nuclear, en su reunión del día 25 de enero de 1999, ha aprobado las siguientes bases reguladoras de la concesión de subvenciones o ayudas en materias relacionadas con la seguridad nuclear y la protección radiológica, así como la convocatoria para el otorgamiento de las mismas.

Primero. Objeto de la Resolución.

La presente Resolución establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas, así como la convocatoria para la presentación de solicitudes en orden a la realización de cursos, congresos, seminarios, asambleas, jornadas de estudios, publicaciones y otras materias relacionadas con el ámbito competencial del Organismo.

La presente convocatoria de subvenciones estará sometida al régimen de concurrencia no competitiva.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Resolución, las entidades públicas o instituciones sin fines de lucro que lleven a cabo programas o actuaciones relacionados con las actividades mencionadas en el punto primero.

Tercero. Obligaciones de los beneficiarios:

a) Realizar la actividad para la que se concede la subvención.

b) Acreditar ante el Consejo de Seguridad Nuclear la realización de la actividad subvencionada, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión o disfrute de las subvenciones.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Consejo de Seguridad Nuclear y a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración del Estado y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.

d) Comunicar al Consejo de Seguridad Nuclear la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos nacionales o internacionales.

e) Facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas.

f) Hacer constar la ayuda del Consejo de Seguridad Nuclear en el material que se utilice para la difusión de los programas subvencionados.

Cuarto. Documentación que habrá de acompañarse a la solicitud.

Los interesados presentarán la siguiente documentación, debidamente cumplimentada, en el Registro General del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Justo Dorado, número 11, 28040 Madrid, o en cualquier otro de los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

a) Original y copia de la instancia, según modelo del anexo 1.

b) Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal compulsada.

c) Certificaciones originales expedidas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería de la Seguridad Social en las que se acredite que esa Entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en cumplimiento de lo establecido en las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 30) y 25 de noviembre de 1987 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de diciembre).

En el caso de que la Entidad no se halle sujeta o esté exenta de la obligación de presentar declaración a efectos tributarios o no esté obligada a darse de alta en la Seguridad Social, deberá presentar, además de las certificaciones administrativas correspondientes, referidas a la falta de constancia de la entidad en los referidos registros de contribuyentes a la Hacienda Pública y de afiliados y en alta en la Seguridad Social, declaración responsable del/de la representante de la entidad, en la que conste que la misma no está obligada a darse de alta a efectos tributarios y/o de Seguridad Social.

d) Acreditación válida del firmante de la solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

e) Original y copia del cuestionario y Memoria de cada uno de los programas o actuaciones, según el modelo que figura en el anexo 2.

f) Fotocopia de los estatutos, si se trata de una institución sin fines de lucro.

Las solicitudes deberán ser dirigidas al Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse con un plazo mínimo de antelación de dos meses a la realización de la actividad para la que se solicita la subvención.

Sexto. Criterios de valoración.

La concesión y determinación de la cuantía de la subvención estará en relación con los siguientes criterios de valoración:

a) El grado de adecuación de los programas propuestos a los fines y actividades del Consejo de Seguridad Nuclear.

b) Cualificación del equipo humano que desarrollará la actividad.

c) Acreditación, por parte de la entidad solicitante, de capacidad suficiente en medios materiales, humanos y organizativos, para cumplir con los objetivos del programa o actividad para los que se solicita la subvención.

d) Si las acciones son propuestas por entidades que en años anteriores han sido beneficiarias de ayudas, que éstas se hayan desarrollado con un satisfactorio grado de cumplimiento.

Séptimo. Aprobación y cuantía máxima de las ayudas.

La concesión de estas subvenciones será aprobada por el Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, como órgano competente para su resolución, y estarán condicionadas a las disponibilidades presupuestarias.

El Presidente informará al Consejo de la concesión de dichas subvenciones.

La cuantía máxima aprobada para cada programa o actuación no superará los 2.000.000 de pesetas.

Octavo. Plazo de resolución del procedimiento.

El plazo máximo de resolución del procedimiento será de cuatro meses, a partir de la fecha de recepción de la solicitud, entendiéndose que es desestimatoria de la concesión de subvención si, transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento, no hubiere recaído resolución expresa.

Noveno. Concesión de la subvención.

En la resolución de concesión se hará constar el nombre del beneficiario, programa o actuación subvencionada, cuantía de la subvención concedida, período en el que debe realizarse la actividad, así como la obligación, por parte del perceptor de la ayuda, de expresar, en sus referencias al programa o actuación y a los logros conseguidos, que ha sido subvencionado por el Consejo de Seguridad Nuclear.

La notificación de la resolución de la concesión o denegación se hará individualizada y por escrito, en el lugar que el interesado haya señalado a tal efecto, en la solicitud.

Décimo. Justificación de la realización del programa o actividad.

Los gastos previstos en el programa o actuación subvencionados deberán ser justificados en el plazo de tres meses una vez finalizada la actividad subvencionada.

La justificación se realizará mediante una Memoria explicativa que incluirá, de forma detallada, la totalidad de los gastos incurridos en la actividad subvencionada, así como de la financiación obtenida para dicha actividad, a la que se acompañará originales y fotocopias de facturas, recibos u otros documentos justificativos de los gastos efectuados con cargo a la subvención.

La documentación acreditativa de los gastos se presentará para cada uno de los programas subvencionados.

Los documentos originales, previa compulsa, serán devueltos al objeto de que sean conservados por el perceptor durante el plazo legal procedente.

Undécimo. Modificación de la resolución de concesión.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la concesión.

Duodécimo. Normativa general.

Tanto en el supuesto contemplado en el apartado anterior como en lo que se refiere al control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como para aquellos aspectos no regulados específicamente en esta Resolución se estará a lo establecido en la sección cuarta del capítulo I del título II del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y en el Real Decreto 2225/1993, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, 3 de febrero de 1999.‒El Presidente, Juan Manuel Kindelán Gómez de Bonilla.

Ilmo. Sr. Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear.

ANEXO 1
Modelo de solicitud

Don/Doña ..............................................................................................................., con documento nacional de identidad número ......................................, en representación de ................................................................................, con domicilio, a efectos de notificación ................................................, NIF .................................... Número de fax para notificaciones .......................................................

EXPONE: Que, a la vista de la convocatoria de ayudas del Consejo de Seguridad Nuclear que se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número ................., de .................................. de 1999, considerando reunir los requisitos exigidos en esta convocatoria con la expresa aceptación de todos los términos de la misma,

SOLICITA: La concesión de una subvención por importe de ..................... pesetas para financiar el programa o actuación denominado ....................................................................

(Lugar, fecha y firma del solicitante)

 

 

 

Ilmo. Sr. Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear. Calle Justo Dorado, número 11. 28040 Madrid.

ANEXO 2
Cuestionario a cumplimentar para la subvención de programas y actuaciones relacionadas con la seguridad nuclear y la protección radiológica

Instrucciones generales

El presente cuestionario está formado por los tres apartados siguientes:

1. Datos principales de la entidad solicitante.

2. Datos del programa o actuación.

3. Memoria del programa o actuación.

Se cumplimentará de la forma más clara posible, procurando estimar los datos que no puedan responderse exactamente.

Programa de ayudas al Consejo de Seguridad Nuclear programas o actividades relacionados con la seguridad nuclear y la protección radiológica

1. Datos principales de la entidad solicitante

1.1 Razón social ............................................................................... NIF .........................

1.2 Domicilio social ............................................................................................................

    (Calle o plaza)

Localidad ..............................................................................................................................

Código postal .................. Provincia .....................................................................................

Teléfono ................. Correo electrónico ................................................. Telefax ................

1.3 Persona de contacto:

Nombre y apellidos ...............................................................................................................

Cargo ....................................................................................................................................

Teléfono ................ Correo electrónico .................................................. Telefax ................

1.4 Actividad ......................................................................................................................

1.5 Fecha de constitución ..................................................................................................

1.6 Naturaleza del solicitante ............................................................................................

2. Datos del programa o actuación

(Se completará una solicitud por cada tipo de actuación con los cuestionarios correspondientes si hubiere más de una.)

2.1 Entidad solicitante .......................................................................................................

2.2 Título del programa o actuación ..................................................................................

2.3 Lugar de realización ....................................................................................................

    (Calle o plaza)

Localidad .............................................................................................................................

Código postal ................... Provincia ...................................................................................

2.4 Tipo de actuación:

.............................................................................................................................................

.............................................................................................................................................

3. Contenido de la Memoria del programa o actuación, e información de la entidad solicitante

(Se realizarán memorias independientes para cada programa o actuación.)

3.1 Memoria descriptiva y técnica:

A) Descripción del programa o actuación (máximo 15 páginas).

B) Objetivos científicos, tecnológicos, ambientales, industriales y económicos, cuantificados en la medida posible.

C) Justificación de la actuación objeto del programa. Previsión de utilización de sus resultados.

D) Innovaciones y ventajas del programa o actuación.

E) Otros programas o actuaciones relacionadas con el objeto de la solicitud ya realizados o en curso (programas nacionales e internacionales).

F) Informe de los resultados obtenidos en programas o actuaciones similares durante años anteriores.

3.2 Memoria económica:

A) Presupuesto detallado de ingresos y gastos y agrupado por capítulos.

B) Detalle de la financiación complementaria, relacionada con el programa objeto de esta solicitud, con especificación de las subvenciones que se hayan solicitado y/o concedido, la cuantía de las mismas y el organismo o entidad al que se soliciten.

3.3 Información de la entidad solicitante:

A) Historia de la entidad. Organización de la misma y datos del equipo gerencial.

B) Capacidad científica y tecnológica. Experiencias anteriores.

C) Repercusión del programa o actuación en la actividad de la entidad.

D) Acuerdos con organismos públicos o privados para el desarrollo del programa.

E) Breves «Curricula Vitarum» del equipo técnico relacionado con el programa.

3.4 Otros datos de interés.

Nota: Las distintas partes de la Memoria deberán ir firmadas por el representante legal de la entidad.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/1999
  • Fecha de publicación: 18/02/1999
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Energía nuclear
  • Subvenciones

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