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Documento BOE-A-1999-24908

Orden de 24 de noviembre de 1999 por la que se autoriza la compatibilidad parcial entre las becas de movilidad y las becas concedidas por la Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1999, páginas 46392 a 46392 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-24908

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 18 de junio de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del

29), el Ministerio de Educación y Cultura ha convocado, por primera vez,

para el curso 1999/2000 las becas denominadas de movilidad para los

alumnos universitarios que cursan estudios fuera de su Comunidad

Autónoma, con dos únicas modalidades: Becas general y beca especial de

movilidad. Dadas sus características, el artículo 19 de la mencionada Orden

declara ambas modalidades de beca de movilidad totalmente incompatibles

con las becas para residencia que concede a sus mutualistas y beneficiarios

la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE).

Por su parte, la Orden de 17 de junio de 1999 ("Boletín Oficial del

Estado" del 29), por la que se convocan las becas y ayudas de carácter

general para los alumnos universitarios que cursan estudios en su propia

Comunidad Autónoma, declara dicha incompatibilidad exclusivamente con

las ayudas para residencia y transporte, autorizando la compatibilidad

con las demás modalidades de ayuda.

Con el objetivo de que los alumnos beneficiarios de las becas concedidas

por la MUFACE no tengan un tratamiento en función de que cursen sus

estudios en su propia Comunidad o en Comunidad distinta, resulta

conveniente autorizar la compatibilidad parcial de las mencionadas becas de

MUFACE con las becas de movilidad,

En su virtud, dispongo:

Primero.-Al artículo 19.1 de la Orden de 18 de junio de 1999 por

la que se convocan becas de movilidad para los alumnos universitarios

que cursan estudios fuera de su Comunidad Autónoma se le añadirá el

siguiente párrafo:

"No obstante, las becas para residencia convocadas por la Mutualidad

General de Funcionarios Civiles del Estado se entenderán parcialmente

compatibles con las becas de movilidad convocadas por la Orden del

Ministerio de Educación y Cultura de 18 de junio de 1999, en los términos

de los párrafos siguientes.

Los alumnos que obtengan para el mismo curso la beca de MUFACE

y la beca general de movilidad percibirán, como dotación de esta última,

50.000 pesetas, además de la exención de los precios públicos por servicios

académicos.

Los alumnos que obtengan simultáneamente la beca de MUFACE y

la beca especial de movilidad percibirán, como dotación de esta última,

325.000 pesetas, además de la exención de los precios públicos por servicios

académicos."

Segundo.-Se abre nuevo plazo para la solicitud de becas de movilidad

que se extenderá hasta el día 20 de enero de 2000, inclusive.

Tercero.-Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos

meses, a contar desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado". Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición

en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto.-Queda autorizada la Secretaría General de Educación y

Formación Profesional para aplicar y desarrollar lo dispuesto en la presente

Orden.

Madrid, 24 de noviembre de 1999.

RAJOY BREY

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación, Universidades,

Investigación y Desarrollo e Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y

Formación Profesional y Directora general de Formación Profesional

y Promoción Educativa.

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