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Documento BOE-A-1998-8896

Resolución de 16 de marzo de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo número 1.937/1995, promovido por «Danone, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 1998, páginas 12420 a 12420 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-8896

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.937/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Danone, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril y 29 de septiembre de 1995, se ha dictado, con fecha 6 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad 1919Danone, Sociedad Anónima'', contra la Resolución de 29 de septiembre de 1995 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, en virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la anterior Resolución de 5 de abril de 1995, que denegó el registro de la marca denominativa núme- ro 1.900.986 1919Mabi'' para productos de la clase 30, consistentes en 1919Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas con cereales, pan, bizcochos, tortas, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para hacer subir la masa, sal, mostaza, pimienta, vinagre, salsas, especias, hielo'', del tenor explicitado con anterioridad, y estimando la demanda articulada anulamos los referidos actos por resultar disconformes a Derecho y declaramos la procedencia del registro solicitado. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas."

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.

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