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Documento BOE-A-1998-8839

Resolución de 10 de diciembre de 1997, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al informe de fiscalización del Consorcio para la Organización de Madrid, Capital Europea de la Cultura 1992 (años 1989-1993).

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 1998, páginas 12394 a 12394 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1998-8839

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 1997, a la vista del informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Consorcio para la Organización de Madrid, Capital Europea de la Cultura 1992 (1989-1993), acuerda:

Primero.-La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Tribunal de Cuentas para que, en el ámbito de sus competencias, traslade a las Administraciones Públicas competentes las conclusiones y recomendaciones del informe de fiscalización realizado, con el fin de que éstas ejerciten las acciones oportunas para que se exijan las responsabilidades administrativas derivadas de las irregularidades, puestas de manifiesto en el informe de fiscalización.

Segundo.-Dadas las manifestaciones de la Presidenta del Tribunal de Cuentas, en la presentación del informe de fiscalización de COM'92 sobre la apertura de piezas separadas en relación a varios supuestos de posible responsabilidad contable, se requiere al Tribunal de Cuentas para que informe a esta Comisión Mixta de la resolución del procedimiento con el fin de poder exigir las responsabilidades que se puedan desprender de la apertura de las mencionadas piezas separadas.

Tercero.-La Comisión Mixta insta al Tribunal de Cuentas para que, con la máxima urgencia, remita el informe sobre el Consorcio para la Organización de Madrid, Capital Europea de la Cultura, a todos aquellos organismos que estimen convenientes con la finalidad de que los mismos puedan estudiar y concretar las posibles responsabilidades que al respecto ha detectado el Tribunal.

Cuarto.-La Comisión Mixta insta a las diferentes Administraciones corsorciadas (Ministerio de Cultura, Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid), a distribuir, de forma adecuada y proporcional, el saldo resultante de la liquidación, dando cuenta del mismo al Tribunal de Cuentas.

Quinto.-La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Gobierno para que reglamente la normativa aplicable a los Entes que se formen en régimen de Consorcio, con la participación de Ministerios, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, a fin de que sus actividades se realicen dentro del marco legal que permita la máxima eficiencia en el cumplimiento de los objetivos previstos dada la existencia temporal del Ente consorciado.

Sexto.-La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas insta al Tribunal de Cuentas para que remita a la Inspección de Hacienda aquellas actuaciones que hayan permitido eludir el Impuesto sobre la Renta de los gestores del consorcio del COM-92 que no se encuentran incluidos en los expedientes incoados para sustanciar presuntas responsabilidades contables.

Séptimo.-La Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas insta a las Administraciones consorciadas en el COM-92, Ministerio de Cultura, Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid, para que realicen las actuaciones procedentes a fin de que el saldo resultante de la liquidación se distribuya entre el Consorcio de Rehabilitación de Teatros, el Ateneo, el Círculo de Bellas Artes y las instituciones culturales correspondientes. La cuenta de liquidación y el reparto del remanente que se efectúe deberán remitirse al Tribunal de Cuentas.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 1997.-El Presidente de la Comisión, Josep Sánchez i Llibre.-El Secretario Primero, José Acosta Cubero.

(En suplemento aparte se publica el informe correspondiente)

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