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Documento BOE-A-1996-17676

Orden de 5 de julio de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 3/1.320/93, promovido por doña Micaela Salmador Segovia y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 1996, páginas 23741 a 23741 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-17676

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 13 de febrero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1.320/93, en el que son parte, de una, como demandantes doña Micaela Salmador Segovia y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 22 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra las Resoluciones del propio Departamento, de fecha 26 de abril de 1993, sobre integración en la escala de Técnicos de Administración de la extinta AISS.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Desestimar el recurso número 1.320/93, interpuesto por doña Micaela Salmador Segovia, doña María Teresa Álvarez Arranz, don Francisco Hernández Calderón, doña Ana María Brussi Méndez, doña Elisa Vesperinas Abraira, don José Monroy García y doña María del Carmen Sanz Bernardo, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 22 de junio de 1993, que resuelve el recurso de reposición interpuesto contra las Resoluciones descritas en el fundamento de Derecho 1, Resolución que se confirma, en cuanto deniega a los recurrentes la integración en el Cuerpo Técnico de Administración Sindical por ser ajustada al ordenamiento jurídico.

Segundo.-No hacer una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 5 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime RodríguezArana Muñoz.

Ilmos. Sres. Secretario y Director general de la Función Pública.

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