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Documento BOE-A-1987-9600

Real Decreto 549/1987, de 3 de abril, por el que se crea una Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Sección de Empresariales), en la Universidad de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1987, páginas 11695 a 11695 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1987-9600
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/04/03/549

TEXTO ORIGINAL

La Universidad de Cantabria ha solicitado la creación de una Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Sección de Empresariales), cuyo plan de estudios de segundo ciclo viene impartiendo de forma provisional, en base a la demanda social existente en aquella Universidad, y a los medios con que cuenta.

Considerando suficientemente justificadas lo razones alegadas parece conveniente autorizar la Facultad solicitada, teniendo en cuenta que, en tanto no tenga lugar la asunción de las competencias previstas en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, por parte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, corresponde al Gobierno de la Nación, en aplicación de la disposición final segunda de dicha Ley, la creación de Centros Universitarios en la citada Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, con el informe favorable del Consejo de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de abril de 1987,

DISPONGO:

Articulo 1.º Se crea una Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Sección de Empresariales), en la Universidad de Cantabria, que impartirá inicialmente las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo universitario, cuya superación conducirá a la obtención del título de Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales (Sección de Empresariales).

Art. 2.º Para la aprobación del Plan de estudios de las enseñanzas que se autorizan se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, sin perjuicio de lo que en su día resulte de lo establecido en los artículos 28 a 30 de la citada Ley.

Art. 3.º Se autoriza al Ministerio de Educación y Ciencia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 3 de abril de 1987.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JOSE MARIA MARAVALL HERRERO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/04/1987
  • Fecha de publicación: 21/04/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 11/05/1987
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 2 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-23432).
Materias
  • Ciencias Empresariales
  • Facultades Universitarias
  • Universidad de Cantabria

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