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<documento fecha_actualizacion="20260508105602">
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    <identificador>DOUE-L-2026-80665</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1210">Recomendación</rango>
    <fecha_disposicion>20260430</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1007/2026</numero_oficial>
    <titulo>Recomendación (UE) 2026/1007 de la Comisión, de 30 de abril de 2026, sobre el apoyo al desarrollo de las comunidades de energía y la maximización del potencial del autoconsumo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20260508</fecha_publicacion>
    <diario_numero>1007</diario_numero>
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      <materia codigo="1624" orden="1">Consumidores y usuarios</materia>
      <materia codigo="1625" orden="1">Consumo de energía</materia>
      <materia codigo="5646" orden="1">Política energética</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2018-82107" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 2018/2001, de 11 de diciembre</texto>
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      <alerta codigo="106" orden="1">Consumidores y usuarios</alerta>
      <alerta codigo="115" orden="1">Energía</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <div>
      <p class="parrafo"> </p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 292,</p>
      </div>
      <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(1)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La presente Recomendación abarca a los autoconsumidores de energías renovables, tal como se definen en el artículo 2, punto 14, de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>1</span>)</a>, y a los clientes activos, tal como se definen en el artículo 2, punto 8, de la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>2</span>)</a>, que participan en la autoproducción y el consumo de energías renovables («autoconsumo»), también mediante el consumo de energía compartida, tal como se define en el artículo 2, punto 10 <span>bis</span>, de la Directiva (UE) 2019/944. La presente Recomendación también abarca las comunidades de energías renovables, tal como se definen en el artículo 2, punto 16, de la Directiva (UE) 2018/2001, y las comunidades ciudadanas de energía, tal como se definen en el artículo 2, punto 11, de la Directiva (UE) 2019/944, dedicadas a la autoproducción de energía renovable y otros tipos de servicios relacionados con la energía.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(2)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El artículo 15 <span>bis</span> de la Directiva (UE) 2019/944 exige a los Estados miembros que establezcan un derecho al consumo de energía compartida que garantice, entre otras cosas, que «todos los hogares, pequeñas y medianas empresas, organismos públicos y, cuando un Estado miembro así lo haya decidido, otras categorías de clientes finales, tengan derecho a participar en usos compartidos de energía como clientes activos». La aplicación coherente de este derecho es crucial para desbloquear nuevos modelos de negocio, estimular la inversión local y mejorar la flexibilidad del sistema.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(3)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El plan REPowerEU <a>(<span>3</span>)</a> destaca el potencial de las comunidades de energía y el autoconsumo para ayudar a hacer frente a la volatilidad y los elevados precios de la energía, y pide a los Estados miembros que aceleren la transposición del paquete de medidas «Energía limpia para todos los europeos». La Estrategia de Energía Solar de la UE <a>(<span>4</span>)</a> reconoce específicamente el elevado potencial de las comunidades de energía y el autoconsumo para acelerar el despliegue de la energía solar. En ella se propone la aspiración política común de crear al menos una comunidad de energía basada en energías renovables en cada municipio con una población superior a 10 000 habitantes de aquí a 2025. La Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>5</span>)</a> relativa a la eficiencia energética pide a las autoridades locales de poblaciones de más de 45 000 habitantes que evalúen el papel de las comunidades de energía en los planes locales de calefacción y refrigeración.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(4)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El marco de la UE hace hincapié en la equidad y la inclusividad. Tanto el Reglamento (UE) 2023/955 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>6</span>)</a> como la Recomendación (UE) 2023/2407 de la Comisión <a>(<span>7</span>)</a> reconocen el potencial de las comunidades de energía y los sistemas de autoconsumo, como el consumo de energía compartida, para contribuir a proteger a los hogares vulnerables y a los hogares afectados por la pobreza energética. Por consiguiente, los Estados miembros deben fomentar la inclusión de las personas, incluidos los hogares vulnerables, aquellos afectados por la pobreza energética y los hogares con personas con discapacidad, en las comunidades de energía y los proyectos de energías renovables.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(5)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Unos marcos facilitadores bien diseñados para las comunidades de energía, el autoconsumo individual y el consumo de energía compartida pueden apoyar la realización del principio 20 del pilar europeo de derechos sociales, que ratifica el derecho de toda persona a acceder a servicios esenciales de buena calidad, incluida la energía.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(6)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Plan de Acción para una Energía Asequible <a>(<span>8</span>)</a>, presentado por la Comisión el 26 de febrero de 2025, establece el objetivo de hacer que la energía sea asequible, acelerar el despliegue de las energías renovables y reducir la dependencia de la Unión de los combustibles fósiles y las importaciones de energía. También contribuye a los objetivos del Pacto por una Industria Limpia <a>(<span>9</span>)</a> mediante el refuerzo de la inversión local, la competitividad y la equidad social a través de marcos simplificados, predecibles y transparentes. Para alcanzar estos objetivos, el paquete energético de los ciudadanos <a>(<span>10</span>)</a> tiene por objeto seguir aumentando la participación de los ciudadanos y las comunidades en la transición energética y capacitarlos para producir, almacenar, consumir, compartir o vender su propia energía renovable a fin de lograr un acceso estable a precios asequibles de la energía.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(7)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Debido a su dependencia de la participación y, a menudo, del trabajo voluntario del público, las comunidades de energía se enfrentan a limitaciones distintas en cuanto a capacidad técnica, tiempo y finanzas que afectan al ciclo de desarrollo de los proyectos, así como a la ruta hacia los mercados de la energía. Resulta especialmente difícil para las comunidades de energía movilizar financiación en las primeras fases del desarrollo de proyectos, gestionar procedimientos administrativos complejos, invertir en infraestructuras técnicas o llevar a cabo operaciones de mercado <a>(<span>11</span>)</a>.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(8)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Para ayudar a superar estas limitaciones y facilitar un desarrollo equitativo en toda la Unión, las comunidades de energía deben poder emerger, diversificarse y crecer, garantizando marcos claros y coherentes, una concienciación general y un trato justo, minimizando los obstáculos reglamentarios y administrativos en todos los mercados y sectores de la energía pertinentes y proporcionando orientación sobre los aspectos técnicos y financieros, así como facilitando el acceso a la financiación. El apoyo al desarrollo de capacidades puede dar un nuevo impulso a la profesionalización y la autonomía de las comunidades de energía, y las herramientas técnicas para su diseño son fundamentales para la adopción general de las comunidades de energía. El apoyo a las autoridades locales y, en particular, a las estructuras secundarias o federaciones de comunidades de energía puede ser un medio eficaz para acelerar su desarrollo y su capacidad para participar en proyectos que requieran más recursos a nivel social y sean más innovadores desde el punto de vista tecnológico.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(9)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El autoconsumo de energías renovables se enfrenta a sus propias barreras en materia de financiación, concesión de autorizaciones, acceso a la red y complejidad administrativa. Estos obstáculos afectan de manera desproporcionada a los hogares con bajos ingresos y a los pequeños consumidores. Para garantizar la inclusión, son esenciales los siguientes elementos: simplificación; integración de puntos de contacto únicos para la concesión de autorizaciones y ventanillas únicas; apoyo financiero específico; y financiación por terceros o enfoques de financiación colectiva, como el arrendamiento, los contratos de rendimiento energético o los sistemas de inversión comunitaria. Un enfoque coherente de las comunidades de energía y el consumo de energía compartida en toda la Unión ayudará a compartir las mejores prácticas y a implantar modelos empresariales innovadores transfronterizos. Los principios comunes para las definiciones, la remuneración, la integración de la red y la protección de los consumidores contribuyen a lograr este enfoque coherente.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(10)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Un trato proporcionado y no discriminatorio y una asistencia personalizada en los procedimientos y aplicaciones de conexión a la red facilitan el acceso a las redes de las instalaciones de producción de energía a partir de fuentes renovables.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(11)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El consumo de energía compartida, cuando se combina con la respuesta de la demanda, el desplazamiento de la carga o el almacenamiento de energía, puede generar ahorros de costes tanto para los consumidores como para los sistemas energéticos. Esto requiere acceso a los datos de medición y consumo e interoperabilidad de los datos.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(12)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">En consonancia con el programa de la Comisión sobre simplificación y mejora de la legislación, la presente Recomendación tiene por objeto proporcionar a los Estados miembros orientaciones prácticas para garantizar una aplicación coherente, proporcionada y favorable a los ciudadanos de la legislación de la Unión sobre las comunidades de energía y los sistemas de autoconsumo, incluido el consumo de energía compartida.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(13)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Los Estados miembros deben simplificar los procedimientos administrativos para el establecimiento, el funcionamiento y el desarrollo de comunidades de energía y los requisitos de autoconsumo y notificación. La aplicación debe basarse en las estructuras y herramientas digitales existentes, garantizando la coherencia, la rentabilidad y una carga administrativa mínima para los proveedores, los consumidores y las autoridades nacionales.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(14)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Con el fin de apoyar a los Estados miembros en la aplicación de la presente Recomendación, la Comisión tiene la intención de adoptar una serie de medidas para seguir desarrollando y adoptando las comunidades de energía en la Unión y apoyar la aplicación de la legislación de la Unión. Estas medidas se establecen en el plan de acción que figura en el anexo de la presente Recomendación.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:</p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">Se recomienda que los Estados miembros adopten las medidas siguientes:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">1.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Al poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2, punto 8, de la Directiva (UE) 2019/944, <span>garantizar la coherencia entre los conceptos de clientes activos y autoconsumidores de energías renovables</span> <a>(<span>12</span>)</a> por lo que respecta a los derechos y las responsabilidades pertinentes para el autoconsumo individual de energías renovables <a>(<span>13</span>)</a> y el consumo de energía compartida <a>(<span>14</span>)</a>, y distinguiendo estas definiciones de los agentes comerciales, garantizando al mismo tiempo la accesibilidad para todos los ciudadanos, incluidos los inquilinos, los residentes de bloques de apartamentos, así como los hogares vulnerables y las personas afectadas por la pobreza energética, como las mujeres y otros grupos en riesgo de discriminación que se ven afectados de manera desproporcionada.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">2.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Diferenciar claramente entre el concepto de comunidades de energías renovables</span> <a>(<span>15</span>)</a> <span>y el de comunidades ciudadanas de energía</span> <a>(<span>16</span>)</a> en cuanto a composición, requisitos de gobernanza y finalidad, y destacar las ventajas y beneficios concretos de formas específicas de comunidades de energía, a fin de garantizar la coherencia entre ellas y la claridad de su finalidad.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">3.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Al transponer y aplicar las disposiciones del artículo 15 <span>bis</span> de la Directiva (UE) 2024/1711 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>17</span>)</a>, establecer un <span>marco facilitador para los clientes activos que actúen conjuntamente</span> que sea coherente con los derechos de los autoconsumidores individuales de energías renovables contemplados en el artículo 21 de la Directiva (UE) 2018/2001 y de los clientes activos contemplados en el artículo 15 de la Directiva (UE) 2019/944.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">4.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Transponer plenamente la legislación de la UE relativa a las comunidades de energía y el autoconsumo <a>(<span>18</span>)</a> y aplicar marcos facilitadores que contribuyan a un mayor desarrollo de las comunidades de energía <span>en el sector de la calefacción y la refrigeración, el sector de la electricidad y el sector de la renovación de edificios</span>, permitiendo a las comunidades de energía contribuir a los objetivos generales de la Unión en materia de renovación y energías renovables.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Gobernanza y seguimiento</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">5.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Elaborar una <span>estrategia nacional para las comunidades de energía y el autoconsumo</span>, incluida una evaluación de la posible contribución a los objetivos energéticos de la UE de aquí a 2030 y 2040 sobre la base de una evaluación del potencial y los obstáculos en consonancia con el artículo 21, apartado 6 y el artículo 22, apartado 3, de la Directiva (UE) 2018/2001, e informar de los avances a través de los informes de situación integrados sobre los planes nacionales integrados de energía y clima.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">6.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Designar a una autoridad u organismo competente para <span>evaluar y supervisar el potencial y el impacto de los beneficios financieros, sociales y medioambientales de las comunidades de energía y el autoconsumo</span> y la eliminación de obstáculos en relación con las características geográficas y demográficas, y los objetivos o metas políticos más amplios para el desarrollo de las comunidades de energía y el autoconsumo a intervalos regulares y, posiblemente, en coordinación con la Comisión Europea, en particular sobre los datos recogidos de las partes interesadas pertinentes y la cartografía realizada en virtud del artículo 15 <span>ter</span> de la Directiva (UE) 2018/2001.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">7.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Establecer <span>registros nacionales exhaustivos y actualizados para las comunidades de energía</span> que puedan utilizarse para hacer un seguimiento del cumplimiento, los datos de los proyectos y las características organizativas, sin imponer tasas o requisitos administrativos desproporcionados relacionados con actividades energéticas específicas.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">8.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Implicar a los consumidores, incluidos los hogares en situación de pobreza energética, los inquilinos y los residentes de viviendas sociales, los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil, las empresas, las autoridades locales, las comunidades de energía o sus representantes en la aplicación de la presente Recomendación mediante <span>consultas periódicas y un diálogo estructurado</span>.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Concesión de autorizaciones e integración de sistemas</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">9.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Eliminar los procedimientos de concesión de autorizaciones para las instalaciones solares fotovoltaicas y de almacenamiento a pequeña escala</span>, introducir medidas relacionadas con las bombas de calor, los vehículos eléctricos y los puntos de recarga de vehículos eléctricos y simplificar las conexiones a la red conexas, imponiendo plazos específicos y razonables para informar a los clientes finales y a las comunidades de energía y eliminando los requisitos administrativos y los obstáculos reglamentarios <a>(<span>19</span>)</a> para las baterías enchufables y las instalaciones solares fotovoltaicas de balcón de hasta 800 W.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">10.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar <span>procedimientos de conexión a la red</span> oportunos, transparentes, proporcionados y sencillos, en consonancia con la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas (UE) 2018/2001, (UE) 2019/944 y (UE) 2024/1788 en lo que respecta a la aceleración de los procedimientos de concesión de autorizaciones <a>(<span>20</span>)</a>, permitiendo que el depósito de garantía financiera se recupere o reduzca si se cumplen los criterios de vencimiento, estableciendo plazos específicos para informar a las comunidades de energía y a los clientes finales sobre los procedimientos, los costes y las aprobaciones, proporcionando asistencia u orientación específicas para las solicitudes y flexibilizando los requisitos administrativos y técnicos cuando sea posible, al tiempo que se aplica un trato no discriminatorio y proporcionado en consonancia con el marco de la Unión aplicable.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">11.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que los gestores de redes tengan en cuenta el crecimiento y el impacto previstos del autoconsumo y las operaciones de las comunidades de energía en sus planes de desarrollo de la red para permitir inversiones anticipatorias.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">12.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Cuando la capacidad de la red sea insuficiente y cuando sea técnicamente posible, <span>garantizar que las comunidades de energía y los clientes finales que participen en sistemas de consumo de energía compartida puedan celebrar un acuerdo de conexión a la red flexible con los gestores de redes</span> cuando exploten instalaciones de almacenamiento o alcancen niveles elevados de autoconsumo local, de conformidad con el artículo 6 <span>bis</span> de la Directiva (UE) 2019/944.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">13.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Permitir que las comunidades ciudadanas de energía gestionen <span>redes de distribución cerradas</span>, de conformidad con el artículo 16, apartado 4, y el artículo 38, apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/944, y que las comunidades de energías renovables desarrollen y exploten <span>redes de calefacción y refrigeración</span> con energías renovables en su zona de funcionamiento.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Enfoque normalizado para el consumo de energía compartida</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">14.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Ofrecer la posibilidad de compartir el consumo de energía dentro de la misma zona de ofertas o en una zona geográfica más limitada y <span>animar a las autoridades reguladoras nacionales a evaluar el potencial de flexibilidad del consumo de energía compartida local</span>, en consonancia con la topología de la red, y a utilizar esta información a la hora de aplicar tarifas de acceso a la red que reflejen los costes.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">15.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Garantizar que los clientes finales que participan en el consumo de energía compartida y las comunidades de energía no estén sujetos a procedimientos, requisitos u obligaciones de suministrador desproporcionados y discriminatorios</span> de conformidad con los artículos 15 y 16 de la Directiva (UE) 2019/944, y los artículos 21 y 22 de la Directiva (UE) 2018/2001.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">16.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Ofrecer las condiciones necesarias para facilitar a las autoridades reguladoras nacionales las tareas de supervisión de la supresión de las tarifas de suministro independientes que sean fijas y superen los costes directos en que se incurra</span> debido al consumo de energía compartida.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">17.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Designar una autoridad nacional competente para facilitar información</span> sobre el consumo de energía compartida, incluidos un servicio de asistencia, una lista de organizadores operativos del consumo de energía compartida, modelos de contratos voluntarios e información técnica, jurídica, económica y práctica.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">18.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que las autoridades competentes establezcan <span>procesos de registro</span> sencillos, transparentes y digitales para los acuerdos de consumo de energía compartida, y que, cuando el número de clientes finales que participan en dicho consumo sea superior a un determinado valor, sea obligatorio designarlo como consumo de energía compartida interno para ayudar a racionalizar el proceso de comunicación y registro.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">19.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Adoptar un enfoque interoperable, seguro y normalizado para <span>la gestión y el intercambio de datos</span> a fin de poner en práctica el consumo de energía compartida.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">20.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que <span>los datos de medición pertinentes se pongan a disposición en tiempo cuasirreal</span> <a>(<span>21</span>)</a> <span>, al menos, en un plazo tan corto como el período de liquidación de los desvíos, tal como se define en el artículo 2, punto 15, del Reglamento sobre el mercado de la energía</span> <a>(<span>22</span>)</a> <span>, y que las herramientas informáticas se pongan a disposición</span> de todas las partes pertinentes, incluidos los clientes finales, los suministradores y, en su caso, los organizadores del consumo de energía compartida y las comunidades de energía, también para apoyar los servicios de consumo de energía compartida y de flexibilidad.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">21.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que las claves estáticas de consumo de energía compartida <a>(<span>23</span>)</a> puedan revisarse periódicamente y estén a disposición de los clientes finales y facilitar la <span>transición gradual de las claves estáticas de consumo de energía compartida a las dinámicas</span> para optimizar el valor tanto para el sistema energético como para los participantes en el consumo de energía compartida.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">22.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Permitir a las autoridades reguladoras nacionales aplicar <span>espacios controlados de pruebas</span> para experimentar con la asignación y la medición en múltiples contadores y ubicaciones, los métodos de asignación, el diseño de tarifas, la responsabilidad de balance, el intercambio de datos y la liquidación, así como la protección de los consumidores y la fiscalidad.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Remuneración para maximizar el valor del autoconsumo</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">23.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Acelerar el <span>despliegue de contadores inteligentes</span> en un plazo razonable y poner en marcha sistemas interoperables de intercambio de datos que permitan la medición precisa, la facturación y la optimización del autoconsumo.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">24.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que el excedente de electricidad que no se autoconsuma más allá del contador ni se comparta pueda <span>recompensarse equitativamente según las señales del mercado</span>, reflejando su valor tanto para los consumidores como para el sistema.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">25.</p>
            </td>
            <td>
              <span>A la hora de diseñar sistemas de apoyo operativo para la electricidad autogenerada inyectada en la red, considerar la posibilidad de introducir <span>primas de mercado que incentiven la optimización del autoconsumo</span>, en particular mediante el consumo de energía compartida.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Acceso a los mercados energéticos pertinentes</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">26.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Aplicar <span>regímenes flexibles de concesión</span> de licencias que permitan a las comunidades de energía, en cooperación con un sujeto de liquidación responsable del balance, tal como se define en el artículo 2, punto 14, del Reglamento (UE) 2019/943, suministrar energía o prestar servicios de flexibilidad a los clientes finales.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">27.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Promover la cooperación con suministradores y agregadores</span>, tal como se definen en el artículo 2, punto 19, de la Directiva (UE) 2019/944, para facilitar el comercio de energía o la flexibilidad en nombre de comunidades de energía o clientes finales que celebren contratos de compra de electricidad, acuerdos comerciales entre pares o contratos de servicios de flexibilidad, garantizando al mismo tiempo que se establezcan cláusulas de salvaguardia que protejan a las comunidades de energía, los clientes activos y los autoconsumidores de energías renovables de los abusos por parte de agentes del mercado más poderosos.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">28.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que los tamaños mínimos de las ofertas, la duración de los contratos, los modelos de acceso al mercado y los <span>requisitos</span> de preselección <span>para los mercados locales de servicios energéticos</span> permitan que los activos agregados más pequeños gestionados por comunidades de energía o grupos de consumo de energía compartida participen directamente o a través de un agregador y establezcan espacios controlados de pruebas para probar y adaptar dichos elementos de diseño del mercado en un entorno controlado.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Acceso a la financiación pública y privada</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">29.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Prestar apoyo a la inversión</span> en sistemas integrados, incluidas las instalaciones solares fotovoltaicas a pequeña escala, los sistemas de almacenamiento o los sistemas de calefacción y refrigeración con energías renovables, también como parte de los programas de renovación de edificios centrados en las comunidades vulnerables.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">30.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Reflexionar sobre la viabilidad de aplicar tipos reducidos del IVA o exenciones a determinados sistemas de calefacción limpia y de alta eficiencia, así como a los paneles solares, en consonancia con la Directiva 2006/112/CE <a>(<span>24</span>)</a> sobre el IVA, modificada por la Directiva (UE) 2022/542 del Consejo <a>(<span>25</span>)</a> en lo que respecta a los tipos del impuesto sobre el valor añadido.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">31.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Hacer pleno uso de los Fondos de Cohesión existentes y de otros fondos pertinentes de la Unión</span> disponibles en el período de programación 2021-2027 y de otros instrumentos de financiación para prestar apoyo financiero a las comunidades de energía y a los regímenes de autoconsumo tanto en las zonas urbanas como rurales y en las regiones carboneras en transición u otras regiones especialmente afectadas por la transición hacia una economía descarbonizada.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">32.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Determinar dónde existen déficits de financiación</span> para las diferentes fases del ciclo de vida y <span>poner en marcha programas e instrumentos de financiación específicos para las comunidades de energía</span>, especialmente la financiación inicial en la fase de (pre)desarrollo.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">33.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Garantizar</span> que los programas generales y los instrumentos de financiación para proyectos de energías renovables y eficiencia energética vayan acompañados de <span>marcos específicos que faciliten la accesibilidad de las comunidades de energía</span> <a>(<span>26</span>)</a>, en particular a través de federaciones de comunidades de energía.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Concienciación y apoyo al desarrollo de capacidades</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">34.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Promover</span> la inclusión de temas relativos a la energía de las comunidades y el consumo de energía compartida en <span>la educación y la formación, en particular en los planes de estudios profesionales</span>, sobre todo mediante la cooperación con universidades, institutos profesionales y técnicos y programas de aprendizaje profesional con el apoyo de Erasmus+, el Pacto por las Capacidades y sus asociaciones en materia de capacidades a gran escala en energías renovables y el Fondo Social Europeo Plus.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">35.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Apoyar iniciativas y acciones de participación juvenil y pública en las que participen representantes de comunidades rurales y remotas</span> para concienciar, promover un cambio de comportamiento y fomentar la participación ciudadana en las comunidades de energía, el autoconsumo y el consumo de energía compartida.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">36.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Comunicar</span> con claridad y con suficiente antelación los próximos <span>cambios en las estructuras tarifarias y los mecanismos de remuneración</span>, junto con los períodos transitorios y orientaciones para los consumidores sobre las repercusiones y las oportunidades.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">37.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Crear estructuras de ventanilla única o aprovechar las existentes</span>, o mecanismos similares, a fin de proporcionar una interfaz única en línea (y física, si es posible) para las comunidades de energía y los consumidores con asesoramiento técnico, jurídico, administrativo, económico y financiero, instrucciones, directrices y materiales completos y fáciles de usar, como modelos, con la opción de presentación de solicitudes y seguimiento de los avances de las autorizaciones, las licencias y los sistemas de apoyo.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">38.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Proporcionar directrices, oportunidades de intercambio de conocimientos, orientación técnica y formación en gestión de proyectos a las autoridades locales</span> para aumentar su participación y apoyo en proyectos de consumo de energía compartida y comunidades de energía en los que participen hogares en situación de pobreza energética, así como en el desarrollo de proyectos con gran exigencia de infraestructuras, como la calefacción y la refrigeración dirigidas por la comunidad.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">39.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Promover federaciones y estructuras secundarias de las comunidades de energía y apoyar el desarrollo de capacidades</span> para que puedan prestar servicios relacionados con la energía y <span>facilitar el acceso a la financiación y a los servicios de asistencia técnica</span> para las comunidades locales de energía.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Cooperación regional y transfronteriza</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">40.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Permitir la participación transfronteriza</span> en las comunidades ciudadanas de energía y en las comunidades de energías renovables y explorar oportunidades para las comunidades transfronterizas de energía, en particular en las regiones fronterizas, y eliminar los obstáculos jurídicos o administrativos que impiden la inversión conjunta, el uso compartido de la red o el consumo de energía compartida a través de las fronteras.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">41.</p>
            </td>
            <td>
              <span><span>Considerar la posibilidad de integrar a las comunidades de energía en las estrategias macrorregionales existentes y en los planes de acción pertinentes</span>, con el apoyo de los instrumentos de la política de cohesión y los fondos de la Unión.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Inclusión social</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">42.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Definir adecuadamente <span>los conceptos de «control efectivo», «autonomía» y «beneficios medioambientales, económicos y sociales»</span> mencionados en la definición de comunidades de energías renovables del artículo 2, punto 16, de la Directiva (UE) 2018/2001 y en la definición de comunidades ciudadanas de energía del artículo 2, punto 11, de la Directiva (UE) 2019/944, a fin de garantizar que el concepto sea utilizado por y para el público, reducir la administración al fundar una comunidad de energía y aumentar la confianza en el concepto.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">43.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Promover <span>modelos de financiación colectiva y por terceros para el consumo de energía compartida</span>, en particular a través de comunidades de energía, a fin de que el autoconsumo sea accesible para los inquilinos, los hogares de renta baja y los hogares vulnerables.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">44.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Promover modelos de participación de fácil acceso, incluidas opciones sin costes iniciales, apoyo financiero y administrativo específico y técnico para las personas en situación de pobreza energética, los inquilinos y los residentes de viviendas sociales, así como para las personas con discapacidad <a>(<span>27</span>)</a> y canales accesibles de inscripción y apoyo no digitales.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">45.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Incluir <span>criterios de selección proporcionados e inclusivos</span> que permitan a las comunidades de energía presentar ofertas, así como criterios sociales de admisibilidad y evaluación en las <span>subastas públicas de energías renovables, los sistemas de apoyo y la contratación pública o las concesiones</span> para el despliegue de fuentes de energía renovables.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">46.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Evaluar los efectos distributivos para garantizar que los costes y beneficios de los sistemas de comunidades de energía y de consumo de energía compartida se repartan equitativamente y no perjudiquen a los consumidores que decidan no participar.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">47.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que la información destinada al público también sea accesible para las personas con discapacidad, de conformidad con los requisitos de accesibilidad del anexo I de la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo <a>(<span>28</span>)</a>.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">
        <span>Digitalización e innovación</span>
      </p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">48.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Garantizar que las comunidades de energía y los clientes finales tengan <span>acceso a los datos pertinentes sobre el sistema energético y el consumo de energía</span> de conformidad con los requisitos aplicables de la Unión en materia de protección de datos e interoperabilidad, en particular los establecidos en virtud del artículo 24 de la Directiva (UE) 2019/944.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">49.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Promover el desarrollo y el uso de <span>plataformas digitales de código abierto, herramientas informáticas accesibles</span> <a>(<span>29</span>)</a> <span>y adecuadas e interfaces normalizadas</span> que permitan el consumo de energía compartida, la previsión de la demanda y los servicios de flexibilidad por parte de los clientes finales y las comunidades de energía, así como prestar apoyo para la planificación de una comunidad de energía, garantizando al mismo tiempo la ciberseguridad y la protección de datos.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="4%"/>
          <col width="92%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td> </td>
            <td>
              <p class="parrafo">50.</p>
            </td>
            <td>
              <span>Fomentar las asociaciones para la innovación y la cooperación público-privada que pongan a prueba <span>soluciones digitales, basadas en la IA y de redes inteligentes</span> dentro de las comunidades de energía y los grupos de consumo de energía compartida en el marco de espacios controlados de pruebas o programas piloto que permitan el aprendizaje basado en la experiencia.</span>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2026.</p>
        <div>
          <p class="firma_ministro">
            <span>Por la Comisión</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">Dan JØRGENSEN</p>
          <p class="firma_ministro">
            <span>Miembro de la Comisión</span>
          </p>
        </div>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="cita_con_pleca"><a>(<span>1</span>)</a>  Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (<a>DO L 328 de 21.12.2018, p. 82</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2018/2001/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>2</span>)</a>  Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE (<a>DO L 158 de 14.6.2019, p. 125</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2019/944/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>3</span>)</a>  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Plan REPowerEU», COM(2022) 230 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>4</span>)</a>  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Estrategia de Energía Solar de la UE, COM(2022) 221 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>5</span>)</a>  Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, relativa a la eficiencia energética y por la que se modifica el Reglamento (UE) 2023/955 (<a>DO L 231 de 20.9.2023, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2023/1791/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>6</span>)</a>  Reglamento (UE) 2023/955 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, por el que se establece un Fondo Social para el Clima y se modifica el Reglamento (UE) 2021/1060 (<a>DO L 130 de 16.5.2023, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/reg/2023/955/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>7</span>)</a>  Recomendación (UE) 2023/2407 de la Comisión, de 20 de octubre de 2023, sobre la pobreza energética (<a>DO L, 2023/2407, 23.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reco/2023/2407/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>8</span>)</a>  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Plan de Acción para una Energía Asequible. Explotar el verdadero valor de nuestra Unión de la Energía para garantizar una energía asequible, eficiente y limpia para todos los europeos», COM(2025) 79 final, Bruselas, de 26.2.2025.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>9</span>)</a>  Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Pacto por una Industria Limpia: una hoja de ruta conjunta para la competitividad y la descarbonización», COM(2025) 85 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>10</span>)</a>  COM(2026) 115 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>11</span>)</a>  Véanse las recomendaciones n.<span>o</span> 9 y n.<span>o</span> 10 del panel de ciudadanos sobre eficiencia energética, <a>Panel de eficiencia energética — Plataforma de participación ciudadana</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>12</span>)</a>  Según se define en la Directiva (UE) 2018/2001.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>13</span>)</a>  De conformidad con el artículo 21 de la Directiva (UE) 2018/2001.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>14</span>)</a>  De conformidad con el artículo 15 <span>bis</span> de la Directiva (UE) 2019/944.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>15</span>)</a>  Según la definición del artículo 2, punto 16, de la Directiva (UE) 2018/2001.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>16</span>)</a>  Según la definición del artículo 2, punto 11, de la Directiva (UE) 2019/944.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>17</span>)</a>  Directiva (UE) 2024/1711 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por la que se modifican las Directivas (UE) 2018/2001 y (UE) 2019/944 en relación con la mejora de la configuración del mercado de la electricidad de la Unión (<a>DO L, 2024/1711, 26.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1711/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>18</span>)</a>  Directiva (UE) 2019/944, en particular el artículo 2, puntos 8, 10 <span>bis</span> y 11, los artículos 15, 15 <span>bis</span> y 16, y Directiva (UE) 2018/2001, en particular el artículo 2, punto 16 y los artículos 21 y 22.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>19</span>)</a>  Véase también la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican las Directivas (UE) 2018/2001, (UE) 2019/944 y (UE) 2024/1788 en lo que respecta a la aceleración de los procedimientos de concesión de autorizaciones, COM(2025) 1007 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>20</span>)</a>  COM(2025) 1007 final.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>21</span>)</a>  Según la definición del artículo 2, punto 26, de la Directiva (UE) 2019/944.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>22</span>)</a>  Reglamento (UE) 2019/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativo al mercado interior de la electricidad (<a>DO L 158 de 14.6.2019, p. 54</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/reg/2019/943/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>23</span>)</a>  Al establecer una iniciativa de consumo de energía compartida, debe adoptarse una fórmula especial que determine cómo se contabilizará la producción compartida a efectos de las facturas energéticas de los participantes en el consumo de energía compartida. Esto se denomina coeficiente de reparto o clave de reparto.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>24</span>)</a>  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (<a>DO L 347 de 11.12.2006, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2006/112/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>25</span>)</a>  Directiva (UE) 2022/542 del Consejo, de 5 de abril de 2022, por la que se modifican las Directivas 2006/112/CE y (UE) 2020/285 en lo que respecta a los tipos del impuesto sobre el valor añadido (<a>DO L 107 de 6.4.2022, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2022/542/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>26</span>)</a>  Por ejemplo, mediante la inclusión de financiación a pequeña escala, la concienciación o el apoyo a la solicitud.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>27</span>)</a>  En consonancia con los requisitos de accesibilidad del anexo I de la Directiva (UE) 2019/882.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>28</span>)</a>  Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios (<a>DO L 151 de 7.6.2019, p. 70</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2019/882/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>29</span>)</a>  Las interfaces destinadas al público deben ser accesibles para las personas con discapacidad, de conformidad con los requisitos de accesibilidad del anexo I de la Directiva (UE) 2019/882.</p>
    <div>
      <p class="anexo">ANEXO</p>
      <p class="parrafo">Plan de Acción para las Comunidades de la Energía</p>
      <p class="parrafo">Con su Comunicación relativa al paquete energético de los ciudadanos [COM(2026) 115], la Comisión establece el objetivo de aumentar la capacidad de energía renovable instalada por las comunidades de energía hasta 90 GW. Para eliminar los obstáculos técnicos y financieros a los que se enfrentan las comunidades de energía y apoyar a los Estados miembros en la aplicación de la presente Recomendación, este plan de acción aborda cinco ámbitos:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">1.</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Marcos facilitadores eficaces</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">2.</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Acceso a la financiación</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">3.</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Concienciación y desarrollo de capacidades</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">4.</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Inclusión social y participación pública</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">5.</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Innovación digital e integración de sistemas</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">Para hacer un seguimiento de los avances en el marco del presente plan de acción, intercambiar las mejores prácticas y reforzar las asociaciones entre las autoridades públicas, las comunidades y la industria, la Comisión tiene la intención de:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">desarrollar un conjunto de <span>indicadores a escala de la UE</span> para hacer un seguimiento de la evolución y el impacto de las comunidades de energía como parte de la <span>Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos, y</span></p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">organizar un <span>diálogo sobre energía ciudadana</span> junto con los Estados miembros, el Parlamento Europeo y las redes de partes interesadas en 2028.</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">1.   <span>Marcos facilitadores eficaces</span></p>
      <p class="parrafo">Para hacer frente a la incertidumbre normativa provocada por la transposición incompleta o tardía de las Directivas de la UE que definen las comunidades ciudadanas de energía y las comunidades de energías renovables, la Comisión tiene previsto:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Evaluar la necesidad de una mayor simplificación y armonización de las <span>definiciones de la UE</span>.</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Seguir colaborando con los Estados miembros de la UE, los reguladores nacionales de la energía, los gestores de redes de distribución y las organizaciones representativas de las comunidades de energía en la aplicación de la legislación de la UE y la Recomendación sobre las comunidades de energía y el autoconsumo en el contexto del Foro de los Ciudadanos y la Energía y la Mesa Redonda Normativa sobre Política Energética para los Consumidores.</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo"><span>Supervisar los obstáculos nacionales</span>, las buenas prácticas y los marcos facilitadores en el contexto de la Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos y otras iniciativas.</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Investigar las denuncias de <span>prácticas comerciales desleales</span> en relación con las comunidades de energía o el consumo de energía compartida.</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">2.   <span>Acceso a la financiación</span></p>
      <p class="parrafo">Para mejorar el acceso a una financiación asequible y fiable para las comunidades de energía, concienciar a los intermediarios financieros y a las autoridades de gestión sobre las garantías y fondos de la UE disponibles para apoyar a las comunidades de energía, así como seguir prestando apoyo en forma de subvenciones en la fase inicial a través del Mecanismo para las Comunidades de Energía, la Comisión tiene la intención de:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Concienciar a los intermediarios financieros y a las comunidades de energía sobre el uso de las <span>garantías de InvestEU para desbloquear préstamos asequibles</span>, en cooperación con el Fondo Europeo de Inversiones, a través de la plataforma <span>Green Gateway</span> (herramienta del servicio de asistencia, comunicación electrónica, seminario web) para maximizar su adopción (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Publicar un <span>conjunto de instrumentos de financiación de la energía de las comunidades</span>, a través de la Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos, para orientar al público y a las comunidades a través de posibles modelos y opciones de financiación y desbloquear servicios de flexibilidad y consumo de energía compartida impulsados por la comunidad e integrados en el mercado (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Crear un grupo de trabajo sobre comunidades de energía en el marco de la <span>Red de Autoridades de Energía y Gestión</span>, tras una evaluación inicial de las necesidades de los miembros y un consenso sobre su creación, para reforzar la utilización de los Fondos de Cohesión (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Refinanciar el <span>Mecanismo para las Comunidades de Energía después de 2027 para proporcionar financiación inicial</span> a más de ciento cuarenta comunidades de energía con el fin de desarrollar planes de negocio en la fase previa al desarrollo (2027).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">3.   <span>Concienciación y desarrollo de capacidades</span></p>
      <p class="parrafo">El acceso a los conocimientos energéticos, las competencias económicas y empresariales, los conocimientos técnicos y jurídicos, así como el desarrollo de capacidades son esenciales para que las comunidades de energía crezcan, se expandan y se profesionalicen. Por lo tanto, la Comisión tiene previsto:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo"><span>Informar a los ciudadanos, a las autoridades locales y a otras personas, como los agricultores y los propietarios de pequeñas empresas</span>, de sus derechos y oportunidades para establecer o apoyar comunidades de energía, a través del Pacto de las Alcaldías y de una campaña de comunicación específica sobre los derechos de los consumidores (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo"><span>Proporcionar asistencia técnica</span> a las comunidades de energía a través de la Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos para desarrollar proyectos de almacenamiento, eficiencia energética y energías renovables (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Movilizar la financiación de LIFE CET para ayudar a las comunidades de energía a crecer, profesionalizar y ampliar los proyectos y servicios de energías renovables, en particular a través de actividades de aprendizaje entre iguales y estructuras secundarias (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">4.   <span>Inclusión social y participación pública</span></p>
      <p class="parrafo">Las comunidades de energía pueden contribuir a movilizar al público, incluidos los hogares vulnerables, a proteger a estos últimos y a reducir el número de hogares afectados por la pobreza energética, que también afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a otros grupos en riesgo de discriminación. Para liberar este potencial, la Comisión tiene la intención de:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Prestar asistencia técnica a las autoridades locales para ayudar a <span>implicar a los hogares vulnerables y a los hogares afectados por la pobreza energética</span> en las comunidades de energía a través de la Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Crear una «comunidad de prácticas» como parte de la <span>Plataforma de Compradores Públicos</span> para promover criterios de inclusión social en la contratación pública y las concesiones (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Publicar una <span>guía de aplicación sobre la participación ciudadana</span>, a través de la Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos y la Plataforma de Asesoramiento sobre la Pobreza Energética, para ayudar a los responsables políticos a identificar y apoyar a las comunidades de energía socialmente inclusivas y dirigidas por los ciudadanos (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Apoyar las oportunidades de aprendizaje entre iguales a través de la formación <span>in situ</span> entre las regiones del carbón, la turba y el esquisto sobre las <span>comunidades de energía</span> a través de la iniciativa de las regiones mineras en transición y otras plataformas pertinentes (2027).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Publicar un <span>modelo de contrato normalizado para la cooperación</span> entre los promotores de proyectos de energías renovables y las comunidades de energía (2027).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">5.   <span>Innovación digital e integración de sistemas</span></p>
      <p class="parrafo">Al aprovechar el potencial de las tecnologías digitales, los espacios de datos, el almacenamiento, la integración de sistemas y las soluciones de redes inteligentes, las comunidades de energía pueden convertirse en un componente integral del sistema energético moderno y reducir las facturas energéticas. Por lo tanto, la Comisión tiene previsto:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Movilizar la financiación de LIFE CET para ayudar a las ciudades y a los socios locales, como las comunidades de energía, a <span>desplegar soluciones inteligentes</span> (como baterías vecinales, infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, sistemas de gestión de la energía, etc.) que contribuyan a optimizar el consumo de energía compartida local y a desbloquear la flexibilidad (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Promover la integración de las comunidades de energía en la <span>planificación energética local</span> entre los signatarios del Pacto de las Alcaldías y a través de diálogos ciudadanos locales sobre energía organizados en el marco de la Plataforma de Asesoramiento sobre Energía para los Ciudadanos (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Proporcionar financiación de Horizonte Europa para apoyar las <span>minirredes</span> participativas <span>y las redes locales de calefacción con energías renovables</span> como parte de la misión sobre ciudades (2026-2027). Proporcionar 12 millones EUR de financiación de Horizonte Europa para apoyar el desarrollo de <span>algoritmos de previsión basados en la IA</span> con el fin de optimizar el valor del consumo de energía compartida para el sistema y las comunidades (2026).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">—</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">Estudiar cómo podrían integrarse los <span>mercados locales de la energía a escala de red de distribución</span> en el mercado mayorista de manera normalizada para garantizar que los sistemas pequeños y distribuidos de energía puedan funcionar de manera eficiente y permitir una flexibilidad escalable (2027).</p>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
    </div>
  </texto>
</documento>
