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<documento fecha_actualizacion="20260408112602">
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    <identificador>DOUE-L-2026-80513</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20260224</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>792/2026</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (UE) 2026/792 del Consejo, de 24 de febrero de 2026, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, de un amplio paquete de acuerdos entre la Unión Europea, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, para consolidar, profundizar y ampliar sus relaciones bilaterales, y a la aplicación provisional del Acuerdo sobre las condiciones de la participación de la Confederación Suiza en la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20260408</fecha_publicacion>
    <diario_numero>792</diario_numero>
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    <fecha_vigencia>20260224</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1700" orden="1">Cooperación científica</materia>
      <materia codigo="1704" orden="1">Cooperación internacional</materia>
      <materia codigo="4522" orden="1">Investigación espacial</materia>
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          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Acuerdo de 2 de marzo de 2026</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="129" orden="1">Tecnología e investigación</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <div>
      <p class="parrafo"> </p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 217, en relación con su artículo 218, apartado 5, y su artículo 218, apartado 8, párrafo segundo,</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión Europea,</p>
      </div>
      <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(1)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Mediante la Decisión (UE, Euratom) 2024/995 <a>(<span>1</span>)</a>, el Consejo autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con la Confederación Suiza (también denominada en lo sucesivo, «Suiza») con miras a un amplio paquete de acuerdos sobre medidas relativas a las relaciones bilaterales con Suiza, que incluye disposiciones institucionales y en materia de ayudas estatales y, en caso necesario, adaptaciones específicas de acuerdos existentes entre la Unión y Suiza, en los ámbitos del mercado interior (en lo sucesivo, «acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza»), a saber, el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera <a>(<span>2</span>)</a> (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera»), el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo <a>(<span>3</span>)</a> (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre el transporte aéreo»), el Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra <a>(<span>4</span>)</a> (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre la libre circulación de personas»), el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad <a>(<span>5</span>)</a> (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo»), y el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas <a>(<span>6</span>)</a> (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre el comercio de productos agrícolas»), todos ellos firmados el 21 de junio de 1999.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(2)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La Decisión (UE, Euratom) 2024/995 también autorizó a la Comisión a entablar negociaciones con Suiza con miras a un acuerdo sobre la participación de Suiza en programas de la Unión, a un mecanismo jurídicamente vinculante para garantizar la contribución permanente de Suiza a la reducción de las disparidades económicas y sociales entre regiones, y a nuevos acuerdos sobre electricidad, salud y seguridad alimentaria. Asimismo, dicha Decisión autorizó la apertura de negociaciones con miras a acuerdos sobre la participación de Suiza en la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y en la Agencia Ferroviaria de la Unión Europea, y sobre la modificación del Acuerdo sobre el transporte aéreo a fin de permitir el cabotaje.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(3)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El amplio paquete, negociado por la Comisión en nombre de la Unión, incluye protocolos con disposiciones institucionales, disposiciones sobre ayudas estatales, y disposiciones modificativas de los acuerdos existentes en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza, el Protocolo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas por el que se crea un espacio común de seguridad alimentaria (en lo sucesivo, «Protocolo sobre seguridad alimentaria»), el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en materia de electricidad (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre electricidad»), el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en materia de salud (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre salud»), el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la contribución financiera periódica de Suiza a la reducción de las disparidades económicas y sociales en la Unión Europea (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre cohesión»), el Acuerdo entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, sobre la participación de la Confederación Suiza en programas de la Unión (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre programas de la Unión»), el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre las condiciones de la participación de la Confederación Suiza en la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial (en lo sucesivo, «Acuerdo sobre EUSPA»), así como el Protocolo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre cooperación parlamentaria (en lo sucesivo, «Protocolo sobre cooperación parlamentaria»).</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(4)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Las disposiciones institucionales incluidas en los protocolos institucionales del Acuerdo sobre la libre circulación de personas, del Acuerdo sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera, del Acuerdo sobre el transporte aéreo y del Acuerdo sobre el reconocimiento mutuo (en lo sucesivo, «protocolos institucionales»), así como el Acuerdo sobre electricidad, el Acuerdo sobre salud y el Protocolo sobre seguridad alimentaria, establecen obligaciones para que los comités mixtos establecidos en virtud de dichos acuerdos y protocolos integren todos los actos del Derecho de la Unión que entren en sus ámbitos de aplicación, así como disposiciones para garantizar la interpretación y aplicación uniformes de todos los acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza. Cuando la aplicación de dichos acuerdos y del protocolo esté relacionada con conceptos del Derecho de la Unión, dichos conceptos se han de interpretar y aplicar de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las disposiciones institucionales también establecen mecanismos eficaces para la resolución de diferencias basados en el arbitraje, incluida la remisión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea de todas las cuestiones de Derecho de la Unión. En caso de incumplimiento de un laudo del tribunal arbitral, el amplio paquete establece que se adopten medidas compensatorias proporcionadas en virtud del acuerdo de que se trate o en virtud de cualquiera de los acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
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          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(5)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Los protocolos modificativos incluidos en el amplio paquete introducen los cambios sustantivos necesarios en los acuerdos existentes entre la Unión y Suiza para garantizar la coherencia con el nuevo marco institucional. Además, el protocolo modificativo del Acuerdo sobre el transporte aéreo establece el intercambio mutuo de derechos de cabotaje.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(6)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El amplio paquete también incluye protocolos sobre ayudas estatales del Acuerdo sobre el transporte aéreo y del Acuerdo sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera a fin de garantizar unas condiciones de competencia equitativas para la participación de Suiza en el mercado interior en los ámbitos cubiertos por dichos acuerdos. En virtud de dichos protocolos, Suiza ha de aplicar normas sustantivas y de procedimiento, incluidos mecanismos de vigilancia y ejecución, equivalentes a las que se aplican en la Unión.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(7)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El amplio paquete también incluye un protocolo modificativo del Acuerdo sobre el comercio de productos agrícolas con el fin de actualizar el mecanismo de solución de diferencias de dicho acuerdo en consonancia con la práctica establecida en los acuerdos comerciales de los que la Unión es parte.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(8)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">En el amplio paquete se incluye un protocolo aparte del Acuerdo sobre el comercio de productos agrícolas a fin de crear un espacio común de seguridad alimentaria que abarca todas las dimensiones de la cadena alimentaria. Dicho protocolo incluye las disposiciones institucionales comunes a todos los acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(9)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Acuerdo sobre electricidad incluido en el amplio paquete establece las normas y condiciones en las que Suiza puede participar en el mercado interior de la electricidad. Dicho Acuerdo incluye las disposiciones institucionales comunes a todos los acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza, así como normas sobre ayudas estatales que son casi idénticas a las que se aplican en los ámbitos del transporte aéreo y el terrestre.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(10)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Acuerdo sobre salud incluido en el amplio paquete tiene por objeto reforzar la cooperación entre la Unión y Suiza en relación con las amenazas transfronterizas graves para la salud y aplica, por analogía, las disposiciones institucionales comunes a los acuerdos en ámbitos del mercado interior en los que participa Suiza. Dicho Acuerdo está vinculado a la participación de Suiza en el programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud (en lo sucesivo, «programa UEproSalud»).</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(11)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Acuerdo sobre cohesión incluido en el amplio paquete establece la base jurídica y los parámetros de la contribución financiera periódica de Suiza, en el marco del amplio paquete, a la reducción de las disparidades económicas y sociales en la Unión. Dicho Acuerdo incluye un mecanismo de solución de diferencias. En caso de incumplimiento de un laudo arbitral, el Acuerdo dispone que se adopten medidas compensatorias proporcionadas en cualquiera de los acuerdos a los que se refiere el amplio paquete.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(12)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Acuerdo sobre EUSPA incluido en el amplio paquete establece las condiciones en las que Suiza puede participar en los trabajos de EUSPA.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(13)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La contribución financiera de Suiza a los costes de los sistemas de información y agencias en los que participa se garantiza mediante disposiciones idénticas en los protocolos institucionales y nuevos acuerdos incluidos en el amplio paquete.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(14)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El Protocolo sobre cooperación parlamentaria crea un Comité Parlamentario Mixto como foro de diálogo y debate entre los miembros del Parlamento Europeo y los miembros de la Asamblea Federal suiza, con miras a promover la comprensión mutua y la reflexión de forma más amplia sobre la relación entre la UE y Suiza, incluido su posible desarrollo ulterior.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(15)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Los acuerdos y protocolos incluidos en el amplio paquete constituyen un conjunto coherente y establecen la arquitectura de una asociación reforzada y global en una gran variedad de ámbitos cubiertos por los Tratados, sobre la base de un equilibrio adecuado de derechos y obligaciones. Por lo tanto, la presente Decisión debe fundamentarse en la base jurídica sustantiva establecida en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea para el establecimiento de una asociación que entrañe derechos y obligaciones recíprocos, acciones comunes y procedimientos particulares.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(16)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Con el fin de ampliar el alcance de la cooperación, el Acuerdo sobre EUSPA establece que las Partes lo aplicarán de forma provisional, de conformidad con su legislación y sus procedimientos internos respectivos, a partir del 1 de enero de 2026, si la fecha de la firma de dicho Acuerdo es anterior al 1 de julio de 2026, o a partir del 1 de enero del año siguiente al de su firma, si la fecha de la firma de dicho Acuerdo es posterior al 30 de junio de 2026. Por lo tanto, dicho Acuerdo debe aplicarse provisionalmente, a la espera de su entrada en vigor.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div> </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">
                  <span style="text-indent: 19.2px;">(17)</span>
                </p>
                <p class="parrafo"> </p>
                <p class="parrafo">(18)</p>
                <p class="parrafo"> </p>
                <p class="parrafo">
                  <span style="text-indent: 19.2px;">(19)</span>
                </p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">
                  <span style="text-indent: 19.2px;">La firma del Acuerdo sobre programas de la Unión es objeto de procedimientos aparte.</span>
                </p>
                <p class="parrafo"> </p>
                <p class="parrafo">Procede aprobar la firma de la Declaración conjunta de la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre el establecimiento de un diálogo de alto nivel sobre el amplio paquete bilateral y el posible desarrollo ulterior de las relaciones bilaterales entre la Unión Europea y Suiza en nombre de la Unión Europea.</p>
                <p class="parrafo"> </p>
                <p class="parrafo">
                  <span style="text-indent: 19.2px;">Procede firmar, en nombre de la Unión, los acuerdos y protocolos incluidos en el amplio paquete y aprobar las declaraciones conjuntas que los acompañan.</span>
                </p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div> </div>
      <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 1</p>
        <p class="parrafo">Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, de los siguientes acuerdos y protocolos, a reserva de su celebración <a>(<span>7</span>)</a>:</p>
        <p class="parrafo">a) Protocolo modificativo del Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra;</p>
        <p class="parrafo">b) Protocolo institucional del Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra;</p>
        <p class="parrafo">c) Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo;</p>
        <p class="parrafo">d) Protocolo institucional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo;</p>
        <p class="parrafo">e) Protocolo sobre ayudas estatales del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo;</p>
        <p class="parrafo">f) Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera;</p>
        <p class="parrafo">g) Protocolo institucional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera;</p>
        <p class="parrafo">h) Protocolo sobre ayudas estatales del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte de mercancías y de viajeros por ferrocarril y por carretera;</p>
        <p class="parrafo">i) Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad;</p>
        <p class="parrafo">j) Protocolo institucional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad;</p>
        <p class="parrafo">k) Protocolo modificativo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas;</p>
        <p class="parrafo">l) Protocolo del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas por el que se crea un espacio común de seguridad alimentaria;</p>
        <p class="parrafo">m) Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en materia de electricidad;</p>
        <p class="parrafo">n) Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en materia de salud;</p>
        <p class="parrafo">o) Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre la contribución financiera periódica de Suiza a la reducción de las disparidades económicas y sociales en la Unión Europea;</p>
        <p class="parrafo">p) Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre las condiciones de la participación de la Confederación Suiza en la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial;</p>
        <p class="parrafo">q) Protocolo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre cooperación parlamentaria.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 2</p>
        <div>
          <p class="parrafo">1.   Queda aprobada la firma de la Declaración conjunta de la Unión Europea y la Confederación Suiza sobre el establecimiento de un diálogo de alto nivel sobre el amplio paquete bilateral y el posible desarrollo ulterior de las relaciones bilaterales entre la Unión Europea y Suiza <a>(<span>8</span>)</a>.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">2.   Quedan aprobadas las siguientes declaraciones conjuntas que acompañan a los acuerdos y protocolos a que se refiere el artículo 1 de la presente Decisión:</p>
          <p class="parrafo"> a) las declaraciones conjuntas que acompañan al protocolo modificativo a que se refiere el artículo 1, letra a), de la presente Decisión (9), a saber:</p>
          <p class="parrafo">  i) Declaración conjunta sobre la ciudadanía de la Unión,</p>
          <p class="parrafo">  ii) Declaración conjunta sobre la prevención y la actuación contra el abuso de los derechos conferidos por la Directiva 2004/38/CE,</p>
          <p class="parrafo">  iii) Declaración conjunta sobre la denegación de asistencia social y el cese de la residencia antes de la adquisición de la residencia permanente,</p>
          <p class="parrafo">  iv) Declaración conjunta sobre la notificación del acceso al empleo,</p>
          <p class="parrafo">  v) Declaración conjunta relativa a la Convención sobre el Reconocimiento de las Cualificaciones,</p>
          <p class="parrafo">  vi) Declaración conjunta sobre las ofertas de empleo,</p>
          <p class="parrafo">  vii) Declaración conjunta sobre objetivos comunes relativos a la libre prestación de servicios de hasta noventa días laborables y la garantía de los derechos de los trabajadores desplazados,</p>
          <p class="parrafo">  viii) Declaración conjunta sobre sistemas de control eficaces, incluido el sistema dual de ejecución de Suiza,</p>
          <p class="parrafo">  ix) Declaración conjunta sobre el principio de «idéntica remuneración por el mismo trabajo en el mismo lugar» y sobre un nivel proporcionado y adecuado de protección de los trabajadores desplazados,</p>
          <p class="parrafo">  x) Declaración conjunta sobre la participación de Suiza en las actividades de la Autoridad Laboral Europea,</p>
          <p class="parrafo">  xi) Declaración conjunta sobre el sistema de inscripción de los trabajadores fronterizos a efectos declarativos,</p>
          <p class="parrafo">  xii) Declaración conjunta relativa a la inclusión de dos actos jurídicos de la UE en el anexo I del Acuerdo;</p>
          <p class="parrafo"> b) la declaración conjunta que acompaña al protocolo sobre ayudas estatales a que refiere el artículo 1, letra e), de la presente Decisión;</p>
          <p class="parrafo"> c) la declaración conjunta que acompaña al protocolo modificativo a que se refiere el artículo 1, letra f), de la presente Decisión;</p>
          <p class="parrafo"> d) la declaración conjunta que acompaña al protocolo sobre ayudas estatales a que se refiere el artículo 1, letra h), de la presente Decisión;</p>
          <p class="parrafo"> e) la declaración conjunta que acompaña al acuerdo a que se refiere el artículo 1, letra m), de la presente Decisión.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">3.   El Consejo toma nota de las siguientes declaraciones de Suiza:</p>
          <p class="parrafo"> a) Declaración de Suiza sobre las medidas que deben adoptarse con respecto a los trabajadores por cuenta propia en el contexto del procedimiento de notificación de estancias de corta duración relacionadas con el trabajo, que acompaña al protocolo modificativo a que se refiere el artículo 1, letra a), de la presente Decisión;</p>
          <p class="parrafo"> b) Declaración de la Confederación Suiza relativa a la inclusión por analogía de los elementos institucionales en el Acuerdo en materia de salud que acompaña al acuerdo a que se refiere el artículo 1, letra n), de la presente Decisión.</p>
        </div>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 3</p>
        <p class="parrafo">A reserva de reciprocidad, el acuerdo a que se refiere el artículo 1, letra p), de la presente Decisión se aplicará de forma provisional de conformidad con el artículo 15, apartado 3, de dicho acuerdo <a>(<span>10</span>)</a>.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 4</p>
        <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.</p>
      </div>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2026.</p>
        <div>
          <p class="firma_ministro">
            <span>Por el Consejo</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">
            <span>La Presidenta</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">M. RAOUNA</p>
        </div>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="cita_con_pleca"><a>(<span>1</span>)</a>  Decisión (UE, Euratom) 2024/995 del Consejo, de 12 de marzo de 2024, por la que se autoriza la apertura de negociaciones con la Confederación Suiza sobre las disposiciones institucionales de los acuerdos entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relacionados con el mercado interior, sobre un acuerdo relativo a la participación de la Confederación Suiza en programas de la Unión y sobre un acuerdo de base para la contribución permanente de la Confederación Suiza a la cohesión de la Unión (<a>DO L, 2024/995, 26.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/995/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>2</span>)</a>   <a>DO L 114 de 30.4.2002, p. 91</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2002/309(3)/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>3</span>)</a>   <a>DO L 114 de 30.4.2002, p. 73</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2002/309(2)/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>4</span>)</a>   <a>DO L 114 de 30.4.2002, p. 6</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2002/309(1)/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>5</span>)</a>   <a>DO L 114 de 30.4.2002, p. 369</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2002/309(5)/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>6</span>)</a>   <a>DO L 114 de 30.4.2002, p. 132</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2002/309(4)/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>7</span>)</a>  Los textos de los acuerdos y protocolos se publicarán junto con la Decisión relativa a su celebración. No obstante, el Acuerdo sobre EUSPA será publicado conjuntamente con la presente Decisión relativa a la firma.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>8</span>)</a>  La declaración se publicará junto con la Decisión de celebración.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>9</span>)</a>  Las declaraciones se publicarán junto con los acuerdos y protocolos a los que acompañen.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>10</span>)</a>  La fecha a partir de la cual el Acuerdo se aplicará de forma provisional se publicará en el Diario Oficial.</p>
  </texto>
</documento>
