<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20251104092601">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2025-81629</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
    <fecha_disposicion/>
    <numero_oficial/>
    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20251103</fecha_publicacion>
    <diario_numero>90866</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>1</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2025/90866/L00001-00001.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="1773" orden="1">Cuentas bloqueadas</materia>
      <materia codigo="5647" orden="1">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
      <materia codigo="6273" orden="1">Sanciones</materia>
      <materia codigo="6875" orden="1">Terrorismo</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2001-82798" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 2580/2001, de 27 de diciembre</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="1">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="1">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="1">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 71, artículo 1, punto 6:</p>
    <p class="parrafo_2">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«6. Control por parte de una persona jurídica, grupo o entidad: cualquiera de los siguientes supuestos:</p>
    <p class="parrafo">a) el derecho a designar o a destituir a la mayoría de los miembros del organismo administrativo, gestor o supervisor de esta persona jurídica, grupo o entidad;</p>
    <p class="parrafo">b) haber designado, únicamente como resultado del ejercicio del derecho al voto, a una mayoría de los miembros del órgano de administración, gestión o supervisión de una persona jurídica, grupo o entidad que ejercieron esas funciones durante el año financiero en curso y el anterior;</p>
    <p class="parrafo">c) el control en exclusiva, en virtud de un acuerdo con otros accionistas o miembros de la persona jurídica, grupo o entidad, de la mayoría de los votos de los accionistas o los miembros en la mencionada persona jurídica, grupo o entidad;</p>
    <p class="parrafo">d) el derecho a ejercer una influencia dominante en una persona jurídica, grupo o entidad en virtud de un acuerdo con ellos, o de una disposición contenida en sus estatutos o en su escritura de constitución, en aquellos lugares en los que la ley por la que se rige la persona jurídica, grupo o entidad en cuestión permite ese tipo de disposiciones o acuerdos;</p>
    <p class="parrafo">e) el acceso al derecho a ejercer la influencia dominante mencionada en la letra d), aunque no se tenga la titularidad de ese derecho;</p>
    <p class="parrafo">f) el derecho a utilizar todo o parte del activo de una persona jurídica, grupo o entidad;</p>
    <p class="parrafo">g) la gestión del negocio de una persona jurídica, grupo o entidad sobre una base unificada, en tanto que se publican cuentas consolidadas;</p>
    <p class="parrafo">h) la participación, conjuntamente y por separado, en el pasivo financiero de una persona jurídica, grupo o entidad, o el aval del mismo.»,</p>
    <p class="parrafo_2">debe decir:</p>
    <p class="parrafo"> «6. Control de una persona jurídica, grupo o entidad: cualquiera de los siguientes supuestos:</p>
    <p class="parrafo">a) el derecho a designar o a destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración, gestión o supervisión de dicha persona jurídica, grupo o entidad;</p>
    <p class="parrafo">b) la designación, únicamente como resultado del ejercicio de los derechos de voto propios, de la mayoría de los miembros del órgano de administración, gestión o supervisión de una persona jurídica, grupo o entidad que hayan ejercido esas funciones durante el año financiero en curso y el anterior;</p>
    <p class="parrafo">c) el control en exclusiva, en virtud de un acuerdo con otros accionistas o miembros de la persona jurídica, grupo o entidad, de los derechos de voto en dicha persona jurídica, grupo o entidad de la mayoría de los accionistas o miembros;</p>
    <p class="parrafo">d) el derecho a ejercer una influencia dominante en una persona jurídica, grupo o entidad en virtud de un acuerdo concluido con esa persona jurídica, grupo o entidad o de una cláusula de sus estatutos o escritura de constitución, en aquellos casos en los que la legislación por la que se rige esa persona jurídica, grupo o entidad permite que se le aplique dicho acuerdo o cláusula;</p>
    <p class="parrafo">e) la facultad de ejercer el derecho a ejercer una influencia dominante a que se refiere la letra d), aunque no se tenga la titularidad de ese derecho;</p>
    <p class="parrafo">f) el derecho a utilizar todo o parte del activo de una persona jurídica, grupo o entidad;</p>
    <p class="parrafo">g) la gestión del negocio de una persona jurídica, grupo o entidad sobre una base unificada, en tanto que se publican cuentas consolidadas;</p>
    <p class="parrafo">h) la asunción de responsabilidad solidaria por las obligaciones financieras de una persona jurídica, grupo o entidad, o el aval de dichas obligaciones.».</p>
  </texto>
</documento>
