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<documento fecha_actualizacion="20241021230507">
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    <fecha_disposicion>20240521</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1432/2024</numero_oficial>
    <titulo>Decisión de Ejecución (UE) 2024/1432 de la Comisión, de 21 de mayo de 2024, por la que se crea el Consorcio Europeo de Infraestructuras Digitales para la Asociación Europea de Cadenas de Bloques y la Infraestructura Europea de Cadena de Bloques para los Servicios (EUROPEUM-EDIC).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20240523</fecha_publicacion>
    <diario_numero>1432</diario_numero>
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          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Decisión 2022/2481, de 14 de diciembre</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <div>
      <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Vista la Decisión (UE) 2022/2481 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establece el programa estratégico de la Década Digital para 2030 <a>(<span>1</span>)</a>, y en particular su artículo 14, apartado 3, letra a),</p>
      </div>
      <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(1)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La Decisión (UE) 2022/2481 autoriza a la Comisión a establecer Consorcios de Infraestructuras Digitales Europeas (en lo sucesivo denominados «EDIC», por sus siglas en inglés).</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(2)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El 14 de junio de 2023, Bélgica, Italia, Portugal, Croacia y Eslovenia presentaron a la Comisión una solicitud, de conformidad con el artículo 14, apartado 1, de la Decisión (UE) 2022/2481, para crear el Consorcio Europeo de Infraestructuras Digitales para la Asociación Europea de Cadenas de Bloques y la Infraestructura Europea de Cadena de Bloques para los Servicios (EUROPEUM-EDIC). Luxemburgo, Rumanía, Grecia y Chipre se incorporaron al grupo de Estados miembros que presentaron dicha solicitud el 7 de septiembre de 2023, el 30 de octubre de 2023, el 31 de enero de 2024 y el 5 de abril de 2024, respectivamente.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
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            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(3)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">En calidad de Estado miembro de acogida, Bélgica ha presentado una declaración, de conformidad con el artículo 14, apartado 1, letra d), de la Decisión (UE) 2022/2481, por la que reconoce al EUROPEUM-EDIC como organismo internacional en el sentido del artículo 143, apartado 1, letra g), y el artículo 151, apartado 1, letra b), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo <a>(<span>2</span>)</a> y en el sentido del artículo 11, apartado 1, letra b), de la Directiva (UE) 2020/262 del Consejo <a>(<span>3</span>)</a>, a partir de la fecha de su creación.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(4)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La Comisión ha evaluado la solicitud con arreglo al artículo 14, apartado 2, de la Decisión (UE) 2022/2481. Ha llegado a la conclusión de que la solicitud contiene todos los elementos exigidos de conformidad con el artículo 14, apartado 1, de la Decisión (UE) 2022/2481. Teniendo en cuenta los objetivos generales del Programa Estratégico de la Década Digital, en particular la contribución del EDIC propuesto al desarrollo de un ecosistema global y sostenible de infraestructuras digitales interoperables, y consideraciones prácticas relacionadas con la ejecución del proyecto plurinacional, en particular la capacidad técnica, financiera y administrativa del EDIC propuesto, la Comisión ha llegado a la conclusión de que el EDIC cumple todos los requisitos específicos establecidos en los artículos 13 a 21 de la Decisión (UE) 2022/2481.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(5)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">De conformidad con los Estatutos, se espera que el EDIC establezca y gestione la Infraestructura Europea de Cadena de Bloques para los Servicios para prestar servicios transfronterizos a escala de la Unión, en particular servicios públicos. Además, debe apoyar la cooperación transfronteriza entre autoridades públicas en materia de tecnologías descentralizadas y facilitar la interoperabilidad de las soluciones basadas en dichas tecnologías descentralizadas.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(6)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">De conformidad con el artículo 14, apartado 3, de la Decisión (UE) 2022/2481, se ha consultado al comité creado con arreglo al artículo 23, apartado 1, de dicha Decisión, sobre la creación del EUROPEUM-EDIC y este comité ha emitido un dictamen positivo el 6 de mayo de 2024.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(7)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">A fin de permitir la rápida aplicación de las medidas previstas en la presente Decisión, a saber, el inicio del funcionamiento de EUROPEUM-EDIC, que es urgente para la transición ordenada de las actuales disposiciones de aplicación, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación en el <span>Diario Oficial de la Unión Europea</span>.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 1</p>
        <div>
          <p class="parrafo">Creación del EUROPEUM-EDIC</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">1.   Se crea el Consorcio Europeo de Infraestructuras Digitales para la Asociación Europea de Cadenas de Bloques y la Infraestructura Europea de Cadena de Bloques para los Servicios (EUROPEUM-EDIC, por sus siglas en inglés).</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">2.   El EUROPEUM-EDIC tendrá personalidad jurídica y poseerá, en cada uno de los Estados miembros, la capacidad jurídica más amplia concedida a las personas jurídicas con arreglo al respectivo Derecho nacional. En particular, podrá adquirir, poseer y enajenar bienes muebles e inmuebles y propiedad intelectual, celebrar contratos y emprender acciones judiciales.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">3.   Los elementos esenciales de los estatutos del EUROPEUM-EDIC, acordados entre sus miembros, quedan establecidos en el anexo de la presente Decisión.</p>
        </div>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 2</p>
        <div>
          <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
        </div>
        <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el <span>Diario Oficial de la Unión Europea</span>.</p>
      </div>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 2024.</p>
        <div>
          <p class="firma_ministro">
            <span>Por la Comisión</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">
            <span>La Presidenta</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">Ursula VON DER LEYEN</p>
          <p class="firma_ministro"> </p>
        </div>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="cita"><a>(<span>1</span>)</a>   <a>DO L 323 de 19.12.2022, p. 4</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dec/2022/2481/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>2</span>)</a>  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (<a>DO L 347 de 11.12.2006, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2006/112/oj?locale=es</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>3</span>)</a>  Directiva (UE) 2020/262 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, por la que se establece el régimen general de los impuestos especiales (<a>DO L 58 de 27.2.2020, p. 4</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/dir/2020/262/oj?locale=es</a>).</p>
    <div>
      <p class="anexo_num">ANEXO</p>
      <p class="anexo_tit">ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS ESTATUTOS DEL EUROPEUM-EDIC</p>
      <p class="parrafo">1)   <span>Correspondientes al artículo 17, apartado 1, letra c), de la Decisión (UE) 2022/2481:</span></p>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 2</p>
        <p class="parrafo">Denominación, sede estatutaria, localización y lengua de trabajo</p>
        <p class="parrafo">[…]</p>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">1)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">La denominación del EDIC a que se refiere el apartado 1 será «EUROPEUM», en lo sucesivo «EUROPEUM-EDIC».</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
        <table class="sinbordes" width="100%">
          <colgroup>
            <col width="4%"/>
            <col width="96%"/>
          </colgroup>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">2)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El EUROPEUM-EDIC tendrá su sede estatutaria en Bruselas (Bélgica).</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <p class="parrafo">2)   <span>Correspondientes al artículo 17, apartado 1, letra d), de la Decisión (UE) 2022/2481:</span></p>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 34</p>
        <p class="parrafo">Duración</p>
        <p class="parrafo">El EUROPEUM-EDIC seguirá existiendo hasta su liquidación de conformidad con el artículo 35.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 35</p>
        <p class="parrafo">Liquidación</p>
        <div>
          <p class="parrafo">1)   La Asamblea de miembros decidirá la liquidación del EUROPEUM-EDIC con arreglo al artículo 11, apartado 11, letra c), de los presentes estatutos.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">2)   Sin demoras injustificadas y, en cualquier caso, en un plazo de diez días a partir de la adopción de la decisión de liquidar el EUROPEUM-EDIC, este notificará la decisión a la Comisión Europea.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">3)   Los activos restantes tras el pago de las deudas del EUROPEUM-EDIC se repartirán entre los miembros en proporción a su contribución anual acumulada al EUROPEUM-EDIC, tal como se especifica en el artículo 10 de los presentes estatutos.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">4)   Sin demoras injustificadas y, en cualquier caso, en un plazo de diez días a partir de la finalización del proceso de liquidación, el EUROPEUM-EDIC lo notificará a la Comisión.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">5)   El EUROPEUM-EDIC dejará de existir el día en que la Comisión Europea publique el anuncio correspondiente en el <span>Diario Oficial de la Unión Europea</span>.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">6)   La liquidación de EUROPEUM-EDIC no excluirá la posibilidad de transferir las actividades de EUROPEUM-EDIC a una nueva entidad jurídica. Esta transferencia deberá llevarse a cabo de conformidad con las condiciones decididas por la Asamblea de miembros y de acuerdo con la Comisión Europea.</p>
        </div>
      </div>
      <p class="parrafo">3)   <span>Correspondientes al artículo 17, apartado 1, letra e), de la Decisión (UE) 2022/2481:</span></p>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 25</p>
        <p class="parrafo">Responsabilidad y seguros</p>
        <div>
          <p class="parrafo">1)   El EUROPEUM-EDIC será responsable de sus deudas.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">2)   La responsabilidad financiera de los miembros con respecto a las deudas del EDIC se limitará a sus respectivas contribuciones al EDIC, tal como se especifica en el anexo III.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">3)   La Unión no será responsable de las deudas del EUROPEUM-EDIC.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">4)   El EUROPEUM-EDIC suscribirá las pólizas de seguro adecuadas para cubrir los riesgos inherentes a sus actividades.</p>
        </div>
      </div>
      <p class="parrafo">4)   <span>Correspondientes al artículo 17, apartado 1, letra i), de la Decisión (UE) 2022/2481:</span></p>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 23</p>
        <p class="parrafo">Exenciones fiscales y de impuestos especiales</p>
        <div>
          <p class="parrafo">1)   Las exenciones del IVA basadas en el artículo 143, apartado 1, letra g), y en el artículo 151, apartado 1, letra b), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo y de conformidad con el artículo 51 del Reglamento de Ejecución (UE) n.<span>o</span> 282/2011 del Consejo se limitarán a las adquisiciones realizadas por el EUROPEUM-EDIC para uso oficial y exclusivo del EUROPEUM-EDIC y siempre que dicha adquisición se efectúe exclusivamente para las actividades no lucrativas del EUROPEUM-EDIC, en consonancia con sus actividades. El EUROPEUM-EDIC cumplirá <span>mutatis mutandis</span> las condiciones para el reconocimiento como organismo internacional a efectos de la aplicación del artículo 143, apartado 1, letra g), y del artículo 151, apartado 1, letra b), de la Directiva 2006/112/CE establecidas en el artículo 50 del Reglamento de Ejecución (UE) n.<span>o</span> 282/2011.</p>
        </div>
        <div>
          <p class="parrafo">2)   Las exenciones del IVA se limitarán a adquisiciones por importes superiores a 300 EUR, impuestos excluidos.</p>
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        <div>
          <p class="parrafo">3)   Las exenciones de impuestos especiales basadas en el artículo 11 de la Directiva (UE) 2020/262 del Consejo se limitarán a las adquisiciones realizadas por el EUROPEUM-EDIC para uso oficial y exclusivo del EUROPEUM-EDIC, y siempre que dichas adquisiciones se efectúen exclusivamente paralas actividades no lucrativas del EUROPEUM-EDIC, en consonancia con sus actividades, y el importe de la adquisición supere los 300 EUR, impuestos excluidos.</p>
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  </texto>
</documento>
