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<documento fecha_actualizacion="20241021224250">
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    <identificador>DOUE-L-2022-80444</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20220318</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>452/2022</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (PESC) 2022/452 del Consejo de 18 de marzo de 2022 por la que se modifica la Decisión 2014/486/PESC relativa a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania).</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20220321</fecha_publicacion>
    <diario_numero>92</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20220318</fecha_vigencia>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2022/452/spa</url_eli>
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    <materias>
      <materia codigo="8083" orden="1">Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas</materia>
      <materia codigo="417" orden="1">Ayuda humanitaria</materia>
      <materia codigo="6158" orden="1">Eslovaquia</materia>
      <materia codigo="3974" orden="1">Guerra</materia>
      <materia codigo="5647" orden="1">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
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      <materia codigo="5927" orden="1">Refugiados</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2014-81669" orden="2040">
          <palabra codigo="407">AÑADE</palabra>
          <texto>el art. 2bis a la Decisión 2014/486, de 22 de julio</texto>
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      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="1">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="1">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo"> </p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) El 22 de julio de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/486/PESC (1), relativa a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania).</p>
    <p class="parrafo">(2) El 23 de febrero de 2022, la Federación de Rusia inició una agresión militar no provocada e injustificada contra Ucrania, que el Consejo Europeo condenó con la máxima firmeza en sus Conclusiones de 24 de febrero de 2022.</p>
    <p class="parrafo">(3) La agresión militar de la Federación de Rusia ha dado lugar, en particular, a un flujo de refugiados que huyen de Ucrania hacia el territorio de Estados miembros vecinos.</p>
    <p class="parrafo">(4) La EUAM Ucrania ya no puede ejecutar plenamente su mandato en el territorio de Ucrania.</p>
    <p class="parrafo">(5) Mientras se den las actuales circunstancias en Ucrania, la EUAM Ucrania debe prestar apoyo a las autoridades ucranianas para facilitar el flujo de refugiados que se dirigen desde Ucrania hacia los Estados miembros vecinos y la entrada de ayuda humanitaria en Ucrania.</p>
    <p class="parrafo">(6) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2014/486/PESC en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">(7) La EUAM Ucrania se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría obstaculizar el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión que se recogen en el artículo 21 del Tratado.</p>
    <p class="parrafo_2">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <div>
      <p class="articulo">Artículo 1</p>
      <p class="parrafo">En la Decisión 2014/486/PESC se inserta el artículo siguiente:</p>
      <div>
        <div>
          <p class="parrafo">«Artículo 2 bis</p>
          <p class="parrafo">Tareas temporales</p>
          <div>
            <p class="parrafo">1.   Desde el 18 de marzo de 2022 hasta el día en que el Comité Político y de Seguridad decida otra cosa, la EUAM Ucrania contará con la tarea adicional de carácter temporal consistente en asesorar a las autoridades ucranianas, en particular, a los servicios ucranianos de guardias de fronteras y de aduanas, y a las fuerzas policiales locales del país, con el fin de facilitar el flujo de refugiados que se dirigen desde Ucrania hacia Polonia, Rumanía y Eslovaquia, así como el flujo de ayuda humanitaria hacia Ucrania.</p>
          </div>
          <div>
            <p class="parrafo">2.   A fin de asesorar a las autoridades ucranianas, la EUAM Ucrania también deberá:</p>
            <p class="parrafo">— elaborar un mapa de situación del tráfico fronterizo entre Ucrania y la Unión y facilitar el intercambio de información a este respecto entre Ucrania, los Estados miembros y las instituciones y organismos de la Unión, en particular, la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex),</p>
            <p class="parrafo">— identificar posibles mejoras y proporcionar a las autoridades ucranianas asesoramiento estratégico, en relación con la facilitación del cruce de refugiados y de ayuda humanitaria por la frontera ucraniana con la Unión,</p>
            <p class="parrafo">— asistir, apoyar, hacer un seguimiento, orientar y asesorar a las autoridades ucranianas en la gestión del tráfico fronterizo en los pasos fronterizos.</p>
          </div>
          <div>
            <p class="parrafo">3.   Para poder llevar a cabo las tareas adicionales de carácter temporal de apoyo a Ucrania que dispone el presente artículo, los efectivos de la EUAM Ucrania podrán tener su base temporal de actividad en Polonia, Rumanía o Eslovaquia y ejercerán sus actividades en el terreno en el lado ucraniano de los pasos fronterizos. A tal efecto, podrán celebrarse acuerdos entre la EUAM Ucrania y esos Estados miembros.».</p>
          </div>
        </div>
      </div>
    </div>
    <div>
      <p class="articulo">Artículo 2</p>
      <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
      <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.</p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 18 de marzo de 2022.</p>
      <div>
        <p class="firma_ministro">
          <span>Por el Consejo</span>
        </p>
        <p class="firma_ministro">
          <span>El Presidente</span>
        </p>
        <p class="firma_ministro">J.-Y. LE DRIAN</p>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="cita_con_pleca"><a>(<span>1</span>)</a>  Decisión 2014/486/PESC del Consejo, de 22 de julio de 2014, relativa a la Misión asesora de la Unión Europea para la reforma del sector de la seguridad civil en Ucrania (EUAM Ucrania) (<a>DO L 217 de 23.7.2014, p. 42</a>).</p>
  </texto>
</documento>
