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<documento fecha_actualizacion="20241021224132">
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    <identificador>DOUE-L-2022-80189</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20211224</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>190/2022</numero_oficial>
    <titulo>Decisión nº 2/2021 del Comité Mixto UE-OLP de 24 de diciembre de 2021 relativa a la prórroga de las modificaciones temporales previstas en la letra A del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea, por una parte, y la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra, por el que se establece la progresiva liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca [2022/190].</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20220214</fecha_publicacion>
    <diario_numero>32</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/2022/032/L00001-00002.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>20211224</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2022/190/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="67" orden="1">Acuerdo de Asociación CE</materia>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="1003" orden="1">Comercio extracomunitario</materia>
      <materia codigo="5355" orden="1">Palestina</materia>
      <materia codigo="5728" orden="1">Productos agrícolas</materia>
      <materia codigo="5744" orden="1">Productos pesqueros</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="215">Aplicable desde el 1 de enero de 2022.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1997-81429" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el Acuerdo aprobado por Decisión 430/97, de 2 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="101" orden="1">Agricultura</alerta>
      <alerta codigo="105" orden="1">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="122" orden="1">Pesca</alerta>
      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="1">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL COMITÉ MIXTO UE-OLP,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, firmado en Bruselas el 24 de febrero de 1997, y en particular su artículo 63, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea, por una parte, y la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra, por el que se establece la progresiva liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, y por el que se modifica el Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra parte, firmado el 13 de abril de 2011, y en particular su letra C, punto 1, letra a),</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <table class="sinbordes" width="100%">
      <colgroup>
        <col width="4%"/>
        <col width="96%"/>
      </colgroup>
      <tbody>
        <tr>
          <td>
            <p class="parrafo">(1)</p>
          </td>
          <td>
            <p class="parrafo">El artículo 63, apartado 1, del Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra parte (en lo sucesivo, «Acuerdo interino de asociación»), otorga poder decisorio al Comité mixto de comercio y cooperación entre la Unión Europea y la Autoridad Palestina (en lo sucesivo, «Comité Mixto») en los casos previstos por dicho Acuerdo interino, así como en otros casos necesarios para alcanzar los objetivos fijados por dicho Acuerdo.</p>
          </td>
        </tr>
      </tbody>
    </table>
    <table class="sinbordes" width="100%">
      <colgroup>
        <col width="4%"/>
        <col width="96%"/>
      </colgroup>
      <tbody>
        <tr>
          <td>
            <p class="parrafo">(2)</p>
          </td>
          <td>
            <p class="parrafo">Con arreglo a la letra C, punto 1, letra a), del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea, por una parte, y la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra, por el que se establece la progresiva liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, y por el que se modifica el Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra, el Comité mixto puede tomar la decisión de prorrogar las modificaciones temporales previstas en la letra A del Acuerdo en forma de Canje de Notas.</p>
          </td>
        </tr>
      </tbody>
    </table>
    <table class="sinbordes" width="100%">
      <colgroup>
        <col width="4%"/>
        <col width="96%"/>
      </colgroup>
      <tbody>
        <tr>
          <td>
            <p class="parrafo">(3)</p>
            <p class="parrafo"> </p>
            <p class="parrafo">(4)</p>
          </td>
          <td>
            <p class="parrafo">El plazo para que el Comité mixto adopte dicha decisión se ha fijado para permitir que los operadores se adapten a la nueva situación y no afecta a las competencias del Comité mixto como tal. Ambas Partes ya manifestaron en 2020 su intención de mantener las modificaciones temporales por un período adicional de diez años.</p>
            <p class="parrafo"> </p>
            <p class="parrafo">El artículo 10 del reglamento interno del Comité mixto prevé la posibilidad de adoptar decisiones mediante procedimiento escrito entre las sesiones, si ambas Partes así lo acuerdan.</p>
          </td>
        </tr>
      </tbody>
    </table>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <div>
      <p class="articulo">Artículo 1</p>
      <p class="parrafo">Las modificaciones temporales previstas en la letra A del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea, por una parte, y la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra, por el que se establece la progresiva liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, y por el que se modifica el Acuerdo euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra parte, serán aplicables durante un período adicional de diez años.</p>
    </div>
    <div>
      <p class="articulo">Artículo 2</p>
      <div>
        <p class="parrafo">1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.</p>
        <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">2.   La presente Decisión se redactará en las lenguas oficiales de las Partes en el Acuerdo interino de asociación, siendo cada uno de dichos textos igualmente auténtico.</p>
      </div>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de diciembre de 2021.</p>
      <div>
        <p class="firma_ministro">
          <span>Por el Comité mixto</span>
        </p>
        <p class="firma_ministro">
          <span>El Presidente</span>
        </p>
        <p class="firma_ministro">HALLERGARD</p>
      </div>
    </div>
  </texto>
</documento>
