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<documento fecha_actualizacion="20241021222107">
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    <identificador>DOUE-L-2019-81977</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/1718 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2016, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 582/2011, con respecto a las emisiones de los vehículos pesados, en lo concerniente a las disposiciones sobre ensayos por medio de sistemas portátiles de medición de emisiones (PEMS) y el procedimiento de ensayo de la durabilidad de los dispositivos anticontaminantes de recambio.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20191218</fecha_publicacion>
    <diario_numero>328</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>121</pagina_inicial>
    <pagina_final>121</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2019/328/L00121-00121.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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      <materia codigo="619" orden="">Carburantes y combustibles</materia>
      <materia codigo="388" orden="">Componentes de vehículos</materia>
      <materia codigo="1630" orden="">Contaminación atmosférica</materia>
      <materia codigo="4020" orden="">Homologación</materia>
      <materia codigo="8005" orden="">Marca de conformidad CE</materia>
      <materia codigo="6020" orden="">Reglamentaciones técnicas</materia>
      <materia codigo="7116" orden="">Vehículos de motor</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2016-81680" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 2016/1718, de 20 de septiembre</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2011-81202" orden="2140">
          <palabra codigo="203">CORRIGE errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 582/2011, de 25 de mayo</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
      <alerta codigo="119" orden="">Medio ambiente</alerta>
      <alerta codigo="129" orden="">Tecnología e investigación</alerta>
      <alerta codigo="132" orden="">Transportes y tráfico</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">En la página 5, en el anexo I, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) n.o 582/2011, en el punto 4, por el que se insertan los puntos 3.2.1.1 a 3.2.1.6 de este último anexo, en las letras g), h) e i) de dicho punto 3.2.1.1:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«g) GNCfr en todos los demás casos en los que el motor esté alimentado con GNC/biometano y diseñado para funcionar con una composición de combustible de gas restringida;</p>
    <p class="parrafo">h) GNLfr en los casos en los que el motor esté alimentado con GNL y diseñado para funcionar con una composición de combustible de gas restringida;</p>
    <p class="parrafo">i) GLPfr en los casos en los que el motor esté alimentado con GLP y diseñado para funcionar con una composición de combustible de gas restringida;»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«g) GNCfr en todos los demás casos en los que el motor esté alimentado con GNC/biometano y diseñado para funcionar con una composición de la clase restringida de combustibles gaseosos;</p>
    <p class="parrafo">h) GNLfr en los casos en los que el motor esté alimentado con GNL y diseñado para funcionar con una composición de la clase restringida de combustibles gaseosos;</p>
    <p class="parrafo">i) GLPfr en los casos en los que el motor esté alimentado con GLP y diseñado para funcionar con una composición de la clase restringida de combustibles gaseosos;».</p>
    <p class="parrafo">En la página 5, en el anexo I, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) n.o 582/2011, en el punto 4, por el que se insertan los puntos 3.2.1.1 a 3.2.1.6 de este último anexo, en la primera frase del punto 3.2.1.2:</p>
    <p class="parrafo">donde dice:</p>
    <p class="parrafo">«En el caso de los motores de combustible dual, la marca de homologación incluirá una serie de dígitos después del símbolo nacional a fin de especificar para qué tipo de motor de combustible dual y con qué tipo de gases se ha concedido la homologación.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir:</p>
    <p class="parrafo">«En el caso de los motores de combustible dual, la marca de homologación incluirá una serie de dígitos después del símbolo nacional a fin de especificar para qué tipo de motor de combustible dual y con qué clase de gases se ha concedido la homologación.».</p>
  </texto>
</documento>
