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<documento fecha_actualizacion="20241021220845">
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    <identificador>DOUE-L-2018-80981</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20180530</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>846/2018</numero_oficial>
    <titulo>Decisión (UE) 2018/846 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar asistencia a España, Francia, Grecia y Portugal.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20180608</fecha_publicacion>
    <diario_numero>144</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20180608</fecha_vigencia>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2018/846/spa</url_eli>
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    <materias>
      <materia codigo="669" orden="">Catástrofes</materia>
      <materia codigo="6028" orden="">España</materia>
      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
      <materia codigo="3759" orden="">Fondo de Solidaridad de la Unión Europea</materia>
      <materia codigo="6165" orden="">Francia</materia>
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      <materia codigo="5683" orden="">Presupuestos comunitarios</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde el 30 de mayo de 2018.</nota>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2002-82062" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 2012/2002, de 11 de noviembre</texto>
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      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
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  </analisis>
  <texto>
    <p>EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,</p>
    <p> </p>
    <p>Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p> </p>
    <p>Visto el Reglamento (CE) n.o 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (1), y en particular su artículo 4, apartado 3,</p>
    <p> </p>
    <p>Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (2), y en particular su apartado 11,</p>
    <p> </p>
    <p>Vista la propuesta de la Comisión Europea,</p>
    <p> </p>
    <p>Considerando lo siguiente:</p>
    <p> </p>
    <p>(1) El propósito del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (en lo sucesivo, «el Fondo») es que la Unión pueda responder de manera rápida, eficiente y flexible a las situaciones de emergencia con el fin de solidarizarse con la población de las regiones afectadas por catástrofes naturales.</p>
    <p> </p>
    <p>(2) El importe anual máximo del Fondo no debe exceder de 500 000 000 EUR (a precios de 2011), conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (3).</p>
    <p> </p>
    <p>(3) El 1 de septiembre de 2017, Grecia presentó una solicitud para movilizar el Fondo tras un seísmo que afectó a la isla de Lesbos en el mar Egeo Septentrional el 12 de junio de 2017.</p>
    <p> </p>
    <p>(4) El 22 de diciembre de 2017, España presentó una solicitud para la movilización del Fondo a raíz de los incendios en el noroeste de España, en la Comunidad Autónoma de Galicia, durante el período comprendido entre el 10 y el 17 de octubre de 2017.</p>
    <p> </p>
    <p>(5) El 27 de noviembre de 2017, Francia presentó una solicitud para movilizar el Fondo tras el huracán Irma, que alcanzó la isla de San Martín los días 5 y 6 de septiembre de 2017, y el huracán María, que afectó a Guadalupe los días 18 y 19 de septiembre de 2017.</p>
    <p> </p>
    <p>(6) El 17 de julio de 2017, Portugal presentó su solicitud inicial de una contribución con cargo al Fondo a raíz de los graves incendios que estallaron el 17 de junio de 2017. Sin embargo, tras los nuevos incendios que afectaron a Portugal en el período comprendido entre junio y octubre de 2017, Portugal presentó actualizaciones a su solicitud el 13 de octubre de 2017 y, de nuevo, el 14 de diciembre de 2017, incluyendo una estimación revisada del importe acumulado de los daños causados por los incendios ocurridos entre junio y octubre de 2017.</p>
    <p> </p>
    <p>(7) Las solicitudes de España, Francia, Grecia y Portugal cumplen las condiciones para recibir una contribución financiera del Fondo con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 2012/2002.</p>
    <p> </p>
    <p>(8) Por consiguiente, el Fondo debe movilizarse para aportar una contribución financiera a España, Francia, Grecia y Portugal.</p>
    <p> </p>
    <p>(9) Con el fin de reducir al mínimo el tiempo necesario para movilizar el Fondo, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción,</p>
    <p> </p>
    <p>HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p> </p>
    <p class="articulo">Artículo 1</p>
    <p> </p>
    <p>En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2018, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea será movilizado por un importe de 1 359 119 EUR en favor de Grecia, 3 228 675 EUR en favor de España, 48 906 025 EUR en favor de Francia y 50 673 132 EUR en favor de Portugal, en concepto de créditos de compromiso y de pago.</p>
    <p> </p>
    <p class="articulo">Artículo 2</p>
    <p> </p>
    <p> </p>
    <p>La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p> </p>
    <p>Será aplicable a partir del 30 de mayo de 2018. Hecho en Estrasburgo, el 30 de mayo de 2018.</p>
    <p> </p>
    <p class="firma_ministro">Por el Parlamento Europeo</p>
    <p class="firma_ministro"> </p>
    <p class="firma_ministro">El Presidente</p>
    <p class="firma_ministro"> </p>
    <p class="firma_ministro">A. TAJANI</p>
    <p> </p>
    <p class="firma_rey">Por el Consejo</p>
    <p class="firma_rey">La Presidenta</p>
    <p class="firma_rey">L. PAVLOVA</p>
    <p> </p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.</p>
    <p class="parrafo"> </p>
    <p class="parrafo">(2)DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.</p>
    <p class="parrafo"> </p>
    <p class="parrafo">(3)Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).</p>
    <p class="parrafo"> </p>
  </texto>
</documento>
